Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/09/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta
BOCCE ORDINARIO Nº5924
Martes 24 de Septiembre de 2019
Séptimo.- Resolución de la convocatoria.-
Octavo. Resolución de la convocatoria.
1. Finalizadas las pruebas y una vez corregidos todos los ejercicios, el Tribunal Calificador dictará Resolución haciendo pública la relación provisional de aspirantes aptos y no aptos en se expondrán en el Tablón de Información del Servicio de Transportes, así como en el Tablón de Anuncios de la Ciudad Autónoma de Ceuta y en el Tablón de Anuncios digital de la página electrónica www.ceuta.es concediendo un plazo de 10 días para presentar las alegaciones que estimen pertinentes.
2. Finalizado el plazo de alegaciones, y una vez resueltas las reclamaciones, el Tribunal elevará la relación de aspirantes aprobados al Consejero de Fomento para el reconocimiento, mediante Decreto, de la competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte de mercancías o transporte de viajeros por carretera y la expedición de los correspondientes certificados, anotando dicha expedición en la Sección correspondiente del Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte.
3.- La citada Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta BOCCE.
4. Contra la resolución de las pruebas, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en su caso directamente Recurso ContenciosoAdministrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro recurso que el interesado pueda considerar pertinente.
Octavo. Medios de impugnación.Contra el presente decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en su caso directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro recurso que el interesado pueda considerar pertinente.
DOY FE:
KISSY CHANDIRAMANI RAMESH
MARÍA DOLORES PASTILLA GÓMEZ
CONSEJERA U.A. CONSEJERÍA DE FOMENTO Y
SECRETARIA SECRETARÍA GENERAL
MEDIO AMBIENTE
FECHA:11/09/2019
FECHA: 10/09/2019
ANEXO I
Tribunal Calificador.- El tr ibunal que calificar á las pr uebas está compuesto por los siguientes miembr os:
Tribunal Titular:
Presidente: Dña. Kissy Chandiramani Ramesh Vocales: Dña. Estrella Molina Díaz.
D. Sergio Moreno Mateos.
Dña. M Ángeles García Sala.
Secretario: D. Antonio A. Viera Molina.
Tribunal Suplente:
Presidente: D. Bharat Bhagwandas Arjandas .
Vocales:
D. Manuel Benítez García.
D. Agustín Chaves López Dña. Carmen María Morales Reyes.
Secretario: D. Ramón González Álvarez.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N
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