Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/09/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

BOCCE ORDINARIO Nº5924

Martes 24 de Septiembre de 2019

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

556.- Decreto de la Excma. Sra. Consejera de Fomento y Medio Ambiente, D Kissy Chandiramani Ramesh por la que se convoca la realización de pruebas para la Obtención y Renovación del Certificado de Consejero de Seguridad para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera, a celebrar en la Ciudad de Ceuta.
El Real Decreto 1566/1999, de 8 de Octubre, sobre los Consejeros de Seguridad para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera, por ferrocarril o por vía navegable, modificado por el Real Decreto 97/2014, de 14 de Febrero BOE nº 50 de 27 de Febrero deter mina que las empr esas que tr anspor ten mer cancías peligr osas por estos medios, o que sean responsables de las operaciones de carga o descarga ligadas a dichos transportes, la obligación de contar con, al menos, un Consejero de Seguridad.
La Orden del Ministerio de Fomento 605/2004, de 27 de Febrero BOE nº. 59 de 9 de Marzo regula las modalidades de examen, las convocatorias y estructura de los ejercicios y los correspondientes certificados y su renovación. En su artículo 3 establece que los exámenes se convocarán por el órgano competente de las Comunidades Autónomas donde vayan a celebrarse, con periodicidad mínima anual, y que cuando alguna Comunidad Autónoma manifieste la conveniencia de no efectuar por sí misma la correspondiente convocatoria, la Dirección General de Ferrocarriles y Transporte por Carretera del Ministerio de Fomento podrá convocar y realizar directamente las pruebas. Igualmente, el artículo 5 atribuye al correspondiente órgano de la Comunidad Autónoma la facultad de expedición de los certificados de aptitud y su renovación Teniendo en cuenta las características geográficas de la Ciudad Autónoma de Ceuta, y los modos de transporte susceptibles de ser utilizados en su territorio, así como las demandas de capacitación existentes por parte de los interesados, la convocatoria de exámenes se circunscribe al modo de transporte por carretera.
Es competente para convocar las presentes pruebas la Consejera de Fomento y Medio Ambiente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, al haber asumido la ciudad de Ceuta las competencias correspondientes por Real Decreto 1591/2006 de 15
de Diciembre B.O.E. de 28/12/06.
En su virtud, esta Consejería ha resuelto convocar las pruebas globales y por especialidades de constatación y renovación de la capacitación profesional para el ejercicio de la actividad del Consejero de Seguridad para el Transporte por Carretera en la ciudad de Ceuta, con arreglo a las siguientes Bases:
Primera. Ámbito de las pruebas.- Se convocan pr uebas globales y por especialidades de constatación y renovación de la Capacitación Profesional para el ejercicio de la actividad de Consejero de Seguridad para el transporte por Carretera, a celebrar en la ciudad de Ceuta.
Segunda. Ejercicios.- Los ejercicios de que constar án los exámenes, su estr uctur a y for ma de calificación ser án los establecidos en la Orden del Ministerio de Fomento, FOM/605/2004, de 27 de Febrero de 2004, sobre Capacitación profesional de los Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable.
Los ejercicios que deberán superar los aspirantes versarán sobre las obligaciones que le corresponde al consejero determinadas por Real Decreto 1566/1999, de 8 de Octubre, modificado por el Real Decreto 97/2014 de 14 de Febrero, sobre las materias recogidas en el anexo de dicho Real Decreto.

En la modalidad de transporte por carretera, podrán solicitarse presentación a las pruebas de manera global todas las especialidades o para alguna de las especialidades que a continuación se indican:
- Clase 1 Materias y objetos explosivos.
- Clase 2 Gases.

- Clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9 Materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases del Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas ADR por carretera.
- Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202
Gasóleo, 1203 Gasolina y 1223 Queroseno.

- Clase 7 Materias radiactivas.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/09/2019

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha24/09/2019

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones6160

Primera edición19/11/1926

Ultima edición26/04/2024

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