Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 28/2/2023 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

18.DO:

ANUNCIO
El Consejo de Gobierno, en sesión Ordinaria celebrada el día 17 de febrero de 2023, ha adoptado el siguiente ACUER-

Conocida la Propuesta que formula el Sr. Consejero de Fomento y Turismo, D. Alejandro Ramírez Hurtado, relativa a convocatoria pública para la concesión directa de las subvenciones en la Ciudad Autónoma de Ceuta destinadas a la Rehabilitación de Edificios Residenciales que estén o hayan estado sujetos a algún régimen de Protección Pública, del siguiente tenor:
I.
De conformidad con el artículo 25.2 a de la Ley 7/85, de 2 de abril de Bases de Régimen Local, son de competencia municipal las siguientes materias: disciplina urbanística; promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera; conservación y rehabilitación de la edificación, así como también lo es la actividad de fomento inherente a cualquier Administración Pública. El objetivo del Gobierno local, y concretamente la Consejería de Fomento y Turismo en virtud de sus competencias delegadas en materia de urbanismo y vivienda, así como obras, es acometer actuaciones que redunden en beneficio del parque público de viviendas existente en la ciudad, así como ayudar a sus propietarios con la finalidad última de mejorar la conservación, la accesibilidad y la eficiencia energética de sus viviendas.
II.
En uso de las competencias y facultades antes descritas y en virtud del régimen establecido en el art. 22 c y 28
de la Ley General de Subvenciones LGS, art. 67 de su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21
de julio y arts. 4 b y 5 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad de Ceuta, esta Consejería propuso al Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta, la concesión directa de ayudas económicas destinadas a una finalidad específica y excepcional. A estos efectos, el titular de esta Consejería aportó una memoria justificativa del carácter singular de las ayudas que se pretenden conceder bajo el citado régimen, recogiendo en la misma las razones de interés público, social y económico que lo motivan.
III.
Considerando la propuesta efectuada, con fecha 27 de enero de 2023, el Consejo de Gobierno acordó aprobar las normas habilitantes que amparan la concesión directa de las subvenciones propuestas, teniendo éstas el carácter de bases reguladoras conforme indica el art. 67.2 del Reglamento de la LGS, siendo su finalidad fomentar la rehabilitación de edificio s residenciales en la Ciudad Autónoma de Ceuta, siempre que estén o hayan estado sujetos a algún régimen de protección pública y precisen de la realización de actuaciones de conservación, accesibilidad y/o eficiencia energética sobre los mismos, contribuyendo así a la mejora del estado y la calidad del parque de viviendas de la ciudad y garantizando la seguridad de sus vecinos.
IV.
Conforme establece la disposición octava de las bases reguladoras antes referidas publicadas en B.O.C. CE
extraord. nº 2, de 31 de enero de 2023, la convocatoria de estas ayudas se hará pública mediante el Boletín antes citado, con remisión a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
V.
Consta borrador de convocatoria a estos efectos, habiéndose aportado informe de los servicios jurídicos de EMVICESA y de la Intervención General de la Ciudad.
VI.
Conforme establece el art. 58 del Reglamento de la LGS, la convocatoria recoge el importe total destinado a la concesión de estas subvenciones. En este sentido, existe financiación prevista para la ejecución de la convocatoria en la previsión de ingresos y gastos procedentes de remanentes pertenecientes a EMVICESA, empresa municipal participada 100 % con fondos procedentes del Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Ceuta. El importe disponible para este fin asciende a la cantidad de 3.197.347,81 €. Se aporta informe económico al expediente acreditativo de dicho extremo.
VII.
Al haberse optado por la realización de una con convocatoria pública, resulta de aplicación la regulación y contenido mínimo regulado en el art. 23 de la LGS, cumpliendo el texto de la convocatoria que se adjunta con el artículo citado.
Así mismo, respecto a la publicidad de las subvenciones se aplican los siguientes preceptos: art. 18 y 20 de la LGS; el art. 9 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad de Ceuta aprobado por el Pleno de la Asamblea el 23 de noviembre de 2004
B.O.C.CE. Ord. 4.392, de 18 de enero de 2005.
VIII.
En virtud de las competencias delegadas por Decreto de la Presidencia de 8 de octubre de 2020, resulta competente en materia de urbanismo y vivienda, el Consejero de Fomento y Turismo de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Así mismo, el art. 5 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad de Ceuta determina en su art. 5 la competencia para el otorgamiento de las subvenciones, estableciendo que reside en el Presidente de la Ciudad y los Consejeros del Gobierno, así como en los organismos autónomos y sociedades mercantiles, en aquellos órganos que determinen sus estatutos o establezcan las bases de las convocatorias, todo ello una vez acreditada la existencia de consignación presupuestaria suficiente. Para aquellas subvenciones cuya cuantía exceda de 30.000,00 euros será competente para su otorgamiento el Consejo de Gobierno.
En su virtud, a propuesta de la Consejería de Fomento y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, se propone:
PRIMERO. - Aprobar la convocatoria pública que se adjunta, para la concesión directa de las subvenciones en la Ciudad Autónoma de Ceuta destinadas a la Rehabilitación de Edificios Residenciales que estén o hayan estado sujetos a algún régimen de Protección Pública, al amparo de las normas especiales y bases reguladoras, aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta con fecha 27 de enero de 2023.

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 28/2/2023 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha28/02/2023

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones489

Primera edición31/03/2004

Ultima edición14/05/2024

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