Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 25/6/2020 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

2 Los niños deben lavarse las manos a la entrada y a la salida con agua y jabón, siempre supervisado por un cuidador.
3 Las cunas o colchonetas deberán estar separadas por 1,5 metros de distancia.
4 Se recomienda que las cunas o colchonetas sean utilizadas de modo exclusivo por cada usuario.
5 Todo el material de uso compartido sillas, mesas, etc deberá ser desinfectado antes y después de su uso por otro/a usuario/a.
Medidas de protección de los trabajadores 1 Las medidas de protección del personal serán establecidas por el correspondiente Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, en función del riesgo de cada trabajador/a.
2 Se asegurará que todos los trabajadores tengan permanentemente a su disposición en el lugar de trabajo jabón o geles hidroalcohólicos para la limpieza de manos.
3 Cuando no se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal de aproximadamente de 1,5 metros, se asegurará que los trabajadores dispongan de material de protección adecuado según el nivel de riesgo, así como de la formación para la correcta utilización de dicho material.
4 El centro dispondrá de carteles explicativos de uso y desecho de este material, al igual que de la higiene de manos.
Medidas de protección de los usuarios.
1 Los/as niños/as deberán lavarse las manos frecuentemente, supervisados por un cuidador, sobre todo al entrar y salir del centro, si han tenido contacto con sus secreciones, antes y después de utilizar el aseo, antes y después de la comida, y cuando estén visiblemente sucias.
2 Se recomienda, en la medida de lo posible, la creación de grupos de usuarios convivientes fijos incluidos sus cuidadores, para que sean siempre las mismas personas las que se relacionen entre ellas, y poder de esta forma minimizar el riesgo, cuando no pueda mantenerse la distancia de seguridad.
3 Evitar compartir juguetes.
4 Se realizará desinfección diaria sobre todo de los cambia pañales, pomos de puerta, interruptores y encimeras.
5 Se desecharán los juguetes que no puedan ser desinfectados.
6 Si un niño presentara síntomas compatibles con COVID-19 durante su estancia en la guardería, se le apartará a la sala de aislamiento con todas sus pertenencias, que deberá estar bien ventilada, y deberá contar con papelera de pedal con bolsa donde tirar el material desechable, siendo acompañado por un cuidador. Se dará aviso inmediato a la familia, que lo recogerá a la mayor brevedad y ésta deberá comunicarlo a los servicios sanitarios para la activación del protocolo vigente.
ANEXO XII . MEDIDAS DE PREVENCIÓN FRENTE AL COVID-19 EN LUDOTECAS.1 Deberán tener elaborado un protocolo de medidas preventivas frente a COVID-19, respecto a las instalaciones, mobiliario, personal y usuarios/as.
2 Los padres deberán presentar una declaración responsable de que el/la niño/niña no presenta, al inicio de la actividad, síntomas relacionados con la infección COVID-19.
3

El espacio debe ser suficiente para mantener un distanciamiento de 1,5 metros entre los usuarios.

4 4 Cuando no sea posible guardar la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros, el personal y los usuarios mayores de 6 años deberán utilizar mascarilla.
5 El total de menores no podrá superar 25 por ludoteca.
6 Se potenciará la actividad en grupos estables: mismos niños con el/la mismo/a monitor/a, con actividades rotativas, para no coincidir en espacios, y con mismos juguetes adaptados a su edad y susceptibles de desinfección.
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Como ratio general, habrá un/a monitor/a cada 10 niños/as.

ANEXO XIII.- MEDIDAS PREVENCIÓN Y DE CONTENCIÓN EN ACTIVIDADES FORMATIVA EN CONSERVATORIOS, ESCUELAS DE MÚSICA Y DANZA, ORQUESTAS, BANDAS Y AGRUPACIONES MUSICALES.
1. Se indicará en el exterior el aforo máximo permitido de cada aula y lugar de docencia.
2. La enseñanza podrá impartirse de un modo presencial siempre que no se supere un aforo del setenta y cinco por ciento respecto del máximo permitido, tanto para asignaturas teóricas, instrumentales como cualquier otro tipo de enseñanza.
3. Si no se puede mantener la distancia de seguridad y el uso de mascarillas, se utilizarán pantallas o mamparas de separación entre el profesorado y el alumnado.
4. Los instrumentos musicales que se compartan por varios alumnos deberán ser desinfectados tras su uso.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 25/6/2020 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha25/06/2020

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones489

Primera edición31/03/2004

Ultima edición14/05/2024

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