Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 25/6/2020 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

a El director del Centro o máximo responsable deberá adoptar las medidas necesarias para cumplir las medidas de higiene y prevención, siendo responsables de estas medidas las distintas entidades que bajo cualquier fórmula jurídica, presten servicios dentro del centro.
b Se reanuda la apertura de los Centros de Día.
c Será posible la apertura del servicio de cafetería en los centros, siempre que exista, con las medidas sanitarias establecidas para el sector de la hostelería.
d Será posible la apertura mediante cita previa de los servicios de podología, peluquería, fisioterapia, así como otros similares siempre y cuando se puedan garantizar las condiciones de distanciamiento físico, y cuando ello no sea posible, deberá proporcionarse a los trabajadores equipos de protección adecuados al nivel de riesgos. En todo caso, en aquellos servicios en los que no sea posible guardar una distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros, será obligatorio el uso de mascarilla tanto por la persona usuaria como por el/la trabajador/a que realiza el servicio.
e Será posible la realización de actividades programadas, con una limitación del aforo del 50%, o que se pueda respetar las condiciones de seguridad indicadas por la autoridad sanitaria competente referidas a la acomodación y el distanciamiento físico y/o medidas de protección individuales. Siempre que sea posible estas actividades se realizarán al aire libre o en espacios amplios y bien ventilados.
ANEXO XI.- MEDIDAS DE PREVENCION Y CONTENCION EN GUARDERÍAS
1 Deberán tener elaborado un protocolo de medidas preventivas frente a COVID-19, respecto a las instalaciones, mobiliario, personal y usuarios/as.
2 Los padres deberán presentar una declaración responsable de que el/la niño/niña no presenta, al inicio de la actividad, síntomas relacionados con la infección COVID-19.
3 Cuando no sea posible guardar la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros, el personal deberá utilizar medidas de protección individual mascarilla, guantes, pantalla facial, batas según el nivel de riesgo.
4 Se deberá garantizar la higiene del centro: Ventilación, Limpieza y desinfección de superficies y gestión de residuos adecuada. En la limpieza, se prestará especial atención a las zonas de uso común y superficies de contacto más frecuentes.
5 Se deben realizar de forma periódica tareas de ventilación durante el tiempo necesario, para permitir la renovación del aire y como mínimo diariamente.
6 Se llevará un registro de todas las personas ajenas al centro, incluidos proveedores, que acceden diariamente al mismo, tratando de que sean las menos posibles.
7 El aforo se reducirá a un 60%, de manera que la ratio por edades será:
-Niños de 0 a 1 año: 5 niños -Niños/as de 1 a 2 años: 8 niños -De 2 a 3 años: 11 niños.
8 El centro tendrá prevista una dependencia como sala de aislamiento, preferiblemente con ventilación natural.
Medidas de prevención para el acceso al centro.
1 Organizar franjas horarias escalonadas para la entrega y salida de los usuarios del centro.
2 Evitar la entrada de los padres o tutores al centro. Un cuidador/a puede recoger al usuario en la puerta de entrada del centro.
3 Se recomienda la desinfección de ruedas y agarraderas de las sillitas de seguridad de los/as niños/as, con los productos recomendados.
4 No se permitirá el acceso al centro si el niño/a presenta algún síntoma compatible con COVID-19, como fiebre, tos, dificultad para respirar, manchas en la piel, vómitos o diarrea.
5 Antes de entrar al centro, se recomienda toma de temperatura corporal a los/as niños/as y personal, con termómetro de Infrarrojos u otro dispositivo homologado cámara térmica, que permita medir temperatura sin tener contacto con la persona.
6 También se recomienda toma de temperatura corporal a toda persona, incluidos proveedores, que accedan al centro.
Normas Generales.1 Los niños menores de 1 año deberán estar en cunas o parques individuales o sus propias sillitas de paseo, recomendándose una distancia mínima de 1,5 metros entre ellos.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 25/6/2020 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha25/06/2020

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones490

Primera edición31/03/2004

Ultima edición15/05/2024

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