Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 16/6/2020 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CUADRO 1. PLANTILLA MEDIA MÍNIMA 4 EJERCICIOS ANTERIORES

PRENSA

8

RADIO

2

Iniciación, instrucción y resolución del procedimiento Solicitudes de acreditación. Las solicitudes de acreditación habrán de presentarse en el Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta, dirigido a la Consejería de Economía, Hacienda y Función Pública.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta BOCCE.
Contenido de la solicitud. La solicitud deberá incluir, al menos, el siguiente contenido:
aNombre y razón social del solicitante.
bIdentificación y firma del representante legal autorizado que formula la solicitud.
cDomicilio en el que se realiza la actividad objeto del contrato.
dTipo de medio de comunicación: prensa escrita, digital, televisión o radio, y justificación documental que le acredite al efecto.
eDeclaración responsable del solicitante sobre la veracidad de la información y los datos aportados en la solicitud, y en su caso, autorización al órgano de control y seguimiento para solicitar de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria los datos relativos de sus obligaciones fiscales, de la Tesorería General de la Seguridad Social sobre estar al corriente de pagos en materia de Seguridad Social y del pago del Impuesto para la Producción, Servicios e Importación IPSI. En el caso de que el solicitante deniegue expresamente la autorización para solicitar de los organismos indicados los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, deberá aportar el certificado correspondiente.
Documentación anexa a la solicitud: La solicitud se acompañará de la siguiente documentación:
Documentación que acredite, conforme a la legislación vigente, las facultades del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la solicitante.
Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
Copia de la documentación de constitución de la entidad solicitante debidamente legalizada.

Documento que acredite la plantilla de los solicitantes. Deberá acompañarse el informe de vida laboral de empresa VILEM
de la entidad solicitante correspondiente al período comprendido entre el 1 de junio de 2016 y la fecha de publicación de esta convocatoria, Informe emitido por la TGSS respecto a la plantilla media, relativo a los 48 meses anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria.
Alta en el Impuesto de Actividades Económicas IAE e Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación IPSI, que acrediten la actividad como medio de comunicación.
Certificado que acredite el alta como medio escrito y digital auditado por Información y Control de Publicaciones OJD; por ser esta Administración Local miembro de la citada certificadora para un efectivo control de la difusión que permita una correcta ejecución del Plan de Publicidad y Comunicación Institucional aprobado anualmente.
Declaración responsable de los medios radiofónicos indicando la duración y el número de desconexiones para publicidad local y de programación local en el ejercicio 2019.
Tarifa oficial publicada para contratar con el medio de comunicación, indicando lugar de exposición de la misma, a los efectos de su comprobación oportuna.
Si la solicitud y documentación que la acompaña no reuniera los requisitos establecidos, el órgano de control y seguimiento, a través de la Consejería de correspondiente, podrá requerir a las personas interesadas la subsanación de la misma en el plazo de 10 días, aportando la documentación requerida. La falta de contestación en el plazo establecido al requerimiento realizado dará lugar al archivo o denegación de la solicitud, según los casos. En todo caso, no se admitirán a trámite, sin posibilidad de subsanación y procediéndose a su archivo, las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido.
Resolución de la solicitud. A la vista de la solicitud y documentación aportada, el órgano de control y seguimiento dependiente de la Consejería correspondiente comunicará al medio de comunicación que cumple la capacidad y solvencia técnica y financiera suficiente para que la Administración pudiera contratar sus servicios de difusión y publicidad durante el ejercicio 2020 y siguientes.
Kissy Chandiramani Ramesh Consejera de hacienda, Economía y Función Pública Fecha 12/06/2020
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 16/6/2020 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha16/06/2020

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones485

Primera edición31/03/2004

Ultima edición24/04/2024

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