Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 31/3/2004 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

Mircoles 31 de marzo de 2004

B. O. C. CE.

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El art. 15 del Reglamento de Organizacin, Funcionamiento y Rgimen Jurdico del Consejo de Gobierno establece que el nombramiento de los Consejeros se producir por Decreto de la Presidencia, determinando expresamente la Consejera cuya titularidad le sea asignada, dando cuenta a la Asamblea. En el mismo sentido se expresa el art. 11 -e del Reglamento de la Presidencia.

AUTORIDADES Y PERSONAL
5.- El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad de Ceuta, en uso de las facultades Conferidas por la Ley Orgnica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonoma de Ceuta, ha resuelto dictar con esta fecha el siguiente DECRETO

PARTE DISPOSITIVA

ANTECEDENTES DE HECHO

1.- Se dispone el cese el Excmo. SR. D. EMILIO
CARREIRA RUIZ como Consejero de Presidencia de la Ciudad de Ceuta.
2 .- Se nombra al Excmo. Sr. D. EMILIO
CARREIRA RUIZ, Consejero de Economa y Hacienda de la Ciudad de Ceuta.
3.- De conformidad con la estructura org nica, aprobada por Decreto de 18 de junio de 2003 y sus modificaciones de 15 de diciembre de 2003 y 3 de marzo de 2004, al citado Consejero le corresponden las siguientes atribuciones sobre las materias propias de la Consejeria de que es titular:

Por Decreto de 18 de junio de 2003, se dispone el nombramiento del Excmo. Sr. D. NICOLS FERNANDEZ
CUCURULL como Consejero de Economa y Hacienda.
Con fecha 26 de marzo de 2004 el citado Consejero presenta su dimisin al cargo que ostenta.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
De conformidad con lo dispuesto en el art. 14.2 de la Ley Orgnica 1/95, de 13 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de Autonoma de Ceuta, el Presidente de la Ciudad dirige y coordina la actividad del Gobierno y nombra y separa a los Consejeros. En el mismo sentido se expresa el art. 11 -e del Reglamento de la Presidencia.

Ejercer la representacin, direccin, gestin e inspeccin de la Consejera de la que es titular en las materias que le estn atribuidas.
Ejercer la inspeccin y dems funciones que le correspondan respecto a la Administracin Institucional adscrita a la Consejeria.
Velar por el exacto cumplimiento de las Leyes y, en su caso, reglamentos y resoluciones de la Asamblea y del Consejo de Gobierno en lo que concierne a su Consejera.
Elaborar y proponer al Consejo de Gobierno el programa de actuacin de su Consejeria en desarrollo del programa de aqul.
Formular el anteproyecto de presupuesto de su Consejeria.
Dictar instrucciones y Circulares de inters para su Consejeria.
Ejercer la jefatura del personal de su Consejera sin perjuicio de las facultades y superior jefatura que corresponda al Presidente de la Ciudad, y de las delegaciones efectuadas por ste en dicha materia.
Resolver los conflictos de atribuciones entre los titulares de los rganos y dependencias sobre las que tenga competencia la Consejeria.
Resolver, cuando legalmente proceda, los recursos y reclamaciones que se promuevan contra resoluciones de la Consejera y sus organismos.
Ordenar los gastos propios de los Servicios de la Consejeria cuando tenga esta facultad atribuida, dentro de los crditos autorizados y segn las competencias y limites marcados por el Presupuesto, e interesar de la Consejeria de Economa y Hacienda la ordenacin de los pagos correspondientes.
Cuantas otras facultades le atribuya la legislacin vigente o puedan sede delegadas en cumplimiento de la normativa legal aplicable.

El art. 16 del Reglamento de Organizacin, Funcionamiento y Rgimen Jurdico del Consejo de Gobierno establece que el cese de los Consejeros se producir, entre otras causas, por dimisin aceptada por el Presidente.
PARTE DISPOSITIVA
1.- Se acepta la dimisin del Excmo. SR. D. NICOLS FERNNDEZ CUCURULL como Consejero de Economia y Hacienda de la Ciudad de Ceuta, disponiendo su cese y agradecindole los servicios prestados en el ejercicio de su cargo.
2.- Dse cuenta de la presente resolucin a la Asamblea de la Ciudad Autnoma de Ceuta.
3.- Publquese en el Boletn Oficial de la Ciudad de Ceuta.
Ceuta, a 29 de marzo de 2004.- EL PRESIDENTE.Fdo.: Juan Jess Vivas Lara.- Doy fe.- LA SECRETARIA
GENERAL.- Fdo.: M. Dolores Pastilla Gmez.

6.- El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad de Ceuta, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgnica 1/95, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonoma de Ceuta, ha resuelto dictar con esta fecha el siguiente DECRETO
ANTECEDENTES DE HECHO
Por Decreto de 18 de junio de 2003, se dispone el nombramiento del Excmo. Sr. D. EMILIO CARREIRA RUIZ
como Consejero de Presidencia.

4.- Dse cuenta de la presente resolucin a la Asamblea de la Ciudad Autnoma de Ceuta.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
De conformidad con lo dispuesto en el art. 14.2 de la Ley Orgnica 1/95, de 13 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de Autonoma de Ceuta, el Presidente de la Ciudad dirige y coordina la actividad del Gobierno y nombra y separa a los Consejeros. En el mismo sentido se expresa el art. 11 -e del Reglamento de la Presidencia.

5.- Publquese en el Boletn Oficial de la Ciudad de Ceuta.
Ceuta, a 29 de marzo de 2004.- EL PRESIDENTE.Fdo.: Juan Jess Vivas Lara.- Doy fe.- LA SECRETARIA
GENERAL.- Fdo.: M. Dolores Pastilla Gmez.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 31/3/2004 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha31/03/2004

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones486

Primera edición31/03/2004

Ultima edición29/04/2024

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