Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 3/9/2019 (Suplemento 1)

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Martes, 3 de septiembre de 2019

Página 52

aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como por las bases reguladoras para la concesión de ayudas de escuela de verano, aprobadas definitivamente el día 2 de julio de 2018
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga número 126, de 2 de julio de 2017.
Cuarto. Créditos presupuestarios y cuantías 1. Las subvenciones de la presente convocatoria se imputarán a la aplicación presupuestaria del Ayuntamiento de Mijas para el ejercicio 2018, prorrogado para el ejercicio 2019, 30000/231123/48000, siendo 41.900,00 euros la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas dentro del crédito disponible.
2. La subvención consiste en el otorgamiento de una ayuda económica única.
3. La cuantía de la ayuda será del total de los importes a abonar como cuotas mensuales, con un límite máximo de 80 euros por mensualidad y de 150 euros por mensualidad en los casos en que la persona beneficiaria tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 % o bien un grado de dependencia.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para solicitar las ayudas será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.
Sexto. Documentación a aportar 1. La documentación a aportar junto a la solicitud será la siguiente:
a Fotocopia del DNI/NIE o pasaporte en vigor de la persona solicitante así como de los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años.
b Fotocopia del libro de familia o cualquier otro documento que acredite la composición de la unidad económica de convivencia.
c En los casos de divorcio o separación legal, fotocopia completa de la sentencia judicial que determine la misma y, en caso de la existencia de hijos menores en común,convenio regulador debidamente sellado y diligenciado y en situaciones de impago de la manutención, fotocopia de la solicitud de la denuncia o reclamación judicial.
d En caso de separación de parejas no casadas con hijos menores en común se deberá presentar fotocopia completa del convenio regulador y, en situaciones de impago de la manutención, fotocopia de la solicitud de la denuncia o reclamación judicial.
e Fotocopia del certificado del grado de discapacidad, si procede.
f Fotocopia de la resolución de grado de dependencia, si procede.
g Justificantes de ingresos económicos de la unidad económica de convivencia, a saber:
En el caso de trabajadores por cuenta ajena: Tres últimas nóminas, y vida laboral actualizada o en su caso consentimiento expreso.
En el caso de trabajadores por cuenta propia: Copia de las tres últimas declaraciones trimestrales modelo 130.
En el caso de pensionistas: Certificado actual de pensión o consentimiento expreso.
En el caso de personas en desempleo: Tarjeta de demanda de empleo en vigor y certificado de prestaciones del SEPE o consentimientos expresos.
h La documentación justificativa prevista en el punto décimo de la presente convocatoria, a excepción de aquellos casos previstos en el apartado 2.b del punto noveno de la convocatoria, en cuyo caso la justificación se realizará con posterioridad a la concesión de la ayuda.
2. Cada unidad familiar utilizará una única solicitud para todos los hijos/as para los que
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Número 168

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 3/9/2019 (Suplemento 1)

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaísEspaña

Fecha03/09/2019

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones4112

Primera edición20/02/2001

Ultima edición12/05/2024

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