Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 22/6/2001 (Suplemento 1)

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Página 40

BOLETIN OFICIALDE LAPROVINCIADE MALAGA 22 de junio de 2001

no de escalera, por donde tiene su entrada y unidad número doscientos cuarenta y cinco o vivienda puerta quinta de esta misma planta y escalera; por la derecha, entrando, proyección vertical de zona ajardinada entrando, unidad número doscientos cuarenta y tres o vivienda puerta tercera de esta misma planta y escalera; por el fondo, proyección vertical de zona ajardinada, por arriba, unidad número doscientos cincuenta y vivienda segundo cuarta de esta misma escalera, y por bajo, unidad número doscientos cuarenta o local comercial de planta baja, también de esta misma escalera. Forma parte, en régimen de propiedad horizontal, del edificio número cuatro o bloque A-dos, del conjunto residencial ubicado en esta ciudad de Málaga entre las calles de Pacheco Barca y Arroyo de los Angeles, ocupando el solar del emplazamiento de dicho edificio una superficie de cinco mil ochocientos treinta y ocho metros y diecisiete decímetros cuadrados. Inscrita al folio 187, tomo 1.873, inscripción 6., de la finca número 52.454 del Registro de la Propiedad número 6 de Málaga.
Pactándose en la escritura referida primeramente, las condiciones en que la finca anteriormente descrita respondería por ejecución de la hipoteca, tasándose la misma a efectos de subasta en la suma de 8.286.000 pesetas.
Estipulándose en la escritura que de producirse el impago de la amortización del principal e intereses, en su respectivo vencimiento ello permitiría a la entidad actora declarar unilateralmente resuelto el préstamo y proceder a la ejecución del mismo por vía judicial o extrajudicial.
Alegándose en el escrito inicial por el procurador que por los demandados se ha incumplido al anterior condición. Por lo que su representada, estando legitimada ha dado por vencido el préstamo, y solicita que se siga el procedimiento por sus trámites hasta hacerte pago de todas las cantidades reclamadas 5.644.958 pesetas, en concepto de principal, más los intereses devengados desde el 6 de septiembre de 1996, hasta el total pago de la deuda al 15,480% además de las costas procesales.
Segundo: Por providencia, apareciendo cumplido los requisitos legales previstos en la escritura de constitución de hipoteca, se tuvo por instado el procedimiento, y se acordó requerir del Registrador de la Propiedad certificación acreditativa de los extremos reseñados en los números 1 y 2 de la regla 4. del artículo 131 de la ley Hipotecaria y efectuar el requerimiento de pago a los demandados, por plazo de diez días, lo que se ha efectuado. No constando en la referida certificación, expedida por el señor Registrador de la Propiedad número 9 de Málaga, la existencia de cargas y/o gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta en el presente procedimiento.
Tercero: Solicitado por el actor el triple señalamiento de subasta de la finca hipotecada, se acordó en tal sentido, fijándose al mismo tiempo las tres fechas de subasta: la primera por el tipo fijado en la propia escritura de hipoteca, la segunda con una reducción en el tipo de un 25% y la tercera sin sujeción a tipo. Publicándose los correspondientes edictos en el Boletín Oficial del Estado y Boletín Oficial de la provincia de Málaga y tablón de anuncios del Juzgado.
Cuarto: Celebrada y desiertas las dos primeras subastas, en la tercera subasta se ofreció por la actora, la cantidad de 3.600.000 pesetas por la finca, postura que no cubrirá el tipo de la segunda subasta, por lo que se le ha dado traslado al demandado por nueve días por si quisiera mejorarla, sin que lo haya verificado. Aprobado el remate a favor de la actora, quien acepta las condiciones señaladas en el edicto de publicación de la subasta, en calidad de cederlo a tercero, ha dejado transcurrir el plazo sin efectuar dicha cesión.
Quinto: Que el valor de la finca subastada fue inferior al importe de la deuda principal reclamada en estos autos.
Sexto: Que en la anteriormente referida escritura de fecha 17 de febrero de 1994, consta que la finca anteriormente descrita se encuentra libre de arrendamientos según manifiesta la parte hipotecante.
Razonamiento jurídicos Primero: Cumplidos los requisitos determinados por el artículo 131
de la ley Hipotecaria, de conformidad con lo dispuesto en su regla 17.,
Número 120

es procedente aprobar la adjudicación de la finca y ordenar la cancelación de la hipoteca que garantizaba el crédito de la actora y en su caso, todas las inscripciones y anotaciones posteriores a la misma, incluidas las practicadas con posteriormente a la certificación conforme a la regla 4. del artículo 131. Y siendo bastante para la inscripción de la finca a favor del adjudicatario el testimonio del presente auto con el visto bueno de la Magistrada-Jueza.
Segundo: En la tramitación del procedimiento se han cumplido todos los requisitos legales, por lo que doña María Eugenia Hernández Ollero, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número siete de Málaga, propone a su señoría ilustrísima señora Magistrada-Jueza de este Juzgado doña María Teresa Sáez Martínez.
Que debía aprobar el remate y adjudicar las fincas descritas en el antecedente primero de esta resolución a favor de Citibank España, Sociedad Anónima, por el precio antes indicado, a cuyo favor se expedirá testimonio con el visto bueno de la Magistrada-Jueza, de la presente resolución que servirá de título bastante para la inscripción de la finca a su favor, previniéndole que deberá presentarlo en la oficina liquidadora del impuesto a fin de satisfacer el correspondiente a esta adjudicación.
Se decreta la cancelación de la hipoteca que garantizaba el crédito de la entidad actora, causada en la escritura de préstamo base de este procedimiento, así como de todas las inscripciones posteriores a la misma, incluidas las verificadas con posterioridad a la certificación a que se refiere la regla 4. del artículo 131 de la ley Hipotecaria.
Póngase a los adquirientes en posesión judicial de la finca si lo solicitasen, siempre que ello fuese posible.
Y firme que sea esta resolución y extendiéndose la oportuna certificación en los presentes autos, inclúsaye en el legajo de las de su clase.
Así lo propongo a su señoría, de lo que doy fe. Firmados y rubricados.
Y para que sirva de notificación en legal forma a los demandados, en situación procesal de rebeldía e ignorado paradero, don Felipe Yankowych Casermeiro y doña María José Zurita Martínez, expido y firmo el presente enMálaga, a 22 de febrero de 2001.
La Secretaria Judicial firma ilegible.
La Magistrada-Jueza firma ilegible.
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D

JUZGADO DE 1. INSTANCIA
NUM. 13 DE MALAGA
Edicto Don José Pablo Martínez Gómez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número trece de Málaga.
Hace saber: Que en este Juzgado de mi cargo se tramitan autos de juicio de menor cuantía, bajo el número 74/2001, seguidos a instancia de Inmobiliaria Palgui, Sociedad Anónima, representada por el señor Guzmán, contra don Antonio Aranda Arjona, con último domicilio conocido en calle Hilera, número 8, bloque 9, 2.º-A Edificio Escala 2000 de esta ciudad, de la entidad de Servicios Técnicos y Estudios Comerciales, Sociedad Anónima, entidad de la que aparece como administrador solidario, y actualmente en ignorado paradero, en cuyos autos por providencia del día de la fecha se ha acordado emplazar al demandado referenciado para que en el improrrogable término de diez días comparezca en autos personándose en forma, bajo apercibimiento que caso de no verificarlo será declarado en rebeldía y seguirá el pleito su curso sin más citarle ni oírle.
Y para que sirva de emplazamiento en legal forma la referido demandado que se encuentra en ignorado paradero, y para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente en Málaga, a 22 de marzo de 2001.
El Secretario firma ilegible.
El Magistrado-Juez firma ilegible.
5 0 7 7 /0 1
D

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 22/6/2001 (Suplemento 1)

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaísEspaña

Fecha22/06/2001

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4114

Primera edición20/02/2001

Ultima edición19/05/2024

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