Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 6/11/2019

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Fuente: Boletín Judicial de la Ciudad de México

Miércoles 6 de noviembre del 2019

BOLETÍN JUDICIAL No. 192

Ciudad de México, 29 de octubre de 2019.
6 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC/NTE/0387/2017 Of.
EJEC/NTE/65445/2019
UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC/NTE/1789/2019
EDICTO No. 1824
Sentenciados: LUIS EDUARDO HERNÁNDEZ PÉREZ Y
RICARDO NIETO JOSÉ
Delito: ROBO AGRAVADO
Le hago saber el contenido del auto de fecha 14 de octubre de 2019, emitido por Maestro Juan Antonio Martínez Velázquez, Juez Penal Especializado en Ejecución de Sanciones Penales de la Ciudad de México, derivado de la carpeta de ejecución al rubro citada, seguida en contra del sentenciado RICARDO NIETO JOSÉ, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, en el cual ORDENÓ NOTIFICAR
EL SIGUIENTE AUTO, mismo que en lo conducente dice:
AUTO.- Ciudad de México, 14 de octubre de 2019. Visto el contenido del oficio signado por el Licenciado J. NOÉ
GASPAR VALLE, Subdirector de la Coordinación de Control y Seguimiento a Externados, Monitoreo Electrónico y Presentaciones Personales de la Subsecretaría de Sistema Penitenciario de la Ciudad de México, se le tiene informando que respecto al sentenciado RICARDO NIETO JOSÉ a quien le fue concedido el beneficio de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, se dio de alta el 28 de junio de 2019, contando con un total de 2 presentaciones, siendo la última registrada en el mes de agosto de 2019; sin embargo, comunica que el justiciable se encuentra recluido en el Reclusorio Preventivo Varonil Oriente, desde el 9 de septiembre de 2019. Atendiendo a lo anterior, dado que se infiere el incumplimiento del beneficio concedido, en términos del numeral 91 del Código Penal vigente, este Juzgador considera que deberá ser en audiencia pública en la que se ventile las manifestaciones de las partes técnicas y sentenciado respecto a lo informado por parte de la autoridad penitenciaria, por tanto, se señalan las 09:30
HORAS DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DE 2019, EN LA SALA
DE AUDIENCIAS 015, ubicada en el edificio de Salas Orales, en calle Jaime Nunó número 205, colonia Cuautepec Barrio Bajo, delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07210, a efecto de que tenga verificativo la audiencia para revisión del beneficio penal de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, misma que será presidida por el Suscrito. En ese sentido y atendiendo a la fecha de audiencia señalada, en términos de los artículos 82, 83, 85, 90, 91 y 92 del Código Nacional de Procedimientos Penales, notifíquese el presente proveído que contiene la debida citación al Licenciado Jesús Alfonso Campos Torres, Agente del Ministerio Público; a la Defensa Pública, Licenciada Dania Vanesa Romero Álvarez, y al sentenciado RICARDO NIETO
JOSÉ debiendo por cuanto hace a éste agotarse todos los medios que señala el numeral 82 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a la celebración de la citada audiencia, quedando apercibidas las partes procesales técnicas, que para el caso de no comparecer el día y hora de la audiencia, se les impondrá una medida de apremio consistente en multa por el equivalente a 20 veces la unidad de medida actualizada vigente, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 fracción II inciso b del Código Nacional de Procedimientos Penales, procediendo a su remplazo.
Para lo anterior, envíese el oficio de estilo al Director General de Anales de Jurisprudencia y Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, para que sea publicado el edicto en una sola publicación, a partir del día siguiente en que reciba el mismo. Así las cosas, se hace saber a la defensa y al sentenciado RICARDO NIETO
JOSÉ que, dentro de la audiencia señalada podrán realizar las manifestaciones que estimen pertinentes en cuanto a lo pretendido por la Representación Social y de ser el caso justifiquen las inasistencias a las presentaciones mensuales.
Apercibido el sentenciado, que en caso de no presentarse el día y hora precisado sin causa justificada, previa petición del Ministerio Público, se librará orden de reaprehensión y se ordenará su reingreso a un Centro de Reclusión, para cumplir el resto de la pena que le falte por compurgar, lo
Edictos
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anterior con fundamento al artículo 91 del Código Penal para el Distrito Federal, así como en términos del numeral 23 fracción I de la Ley Nacional de Ejecución Penal. Por otra parte, respecto a las pruebas que oferten las partes, las mismas por cuanto hace a su admisión, exclusión e incorporación se desarrollará sujetándose a las reglas que marca el Código Nacional de Procedimientos Penales de aplicación supletoria. Ahora bien, dado que de constancias se advierte que el domicilio del sentenciado RICARDO NIETO
JOSÉ se encuentra fuera de esta jurisdicción, se ordena girar exhorto, con fundamento en los artículos 1, 20 y 21
Constitucionales, así como 75, 76, 77 y demás relativos y aplicables del Código Nacional de Procedimientos Penales de aplicación supletoria y en apoyo con el acuerdo celebrado entre el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y del Estado de México, con los insertos necesarios, al Juez de Ejecución de Sentencias del Sistema de Justicia Penal Acusatorio Adversarial y Oral del Distrito Judicial de Texcoco, Estado de México, para que en auxilio de las labores de esta autoridad judicial en materia de ejecución de sanciones penales y de estimarlo ajustado a Derecho, notifique íntegramente al sentenciado RICARDO NIETO JOSÉ
en el domicilio que se remita en sobre cerrado el contenido del presente auto. Hecho que sea, se sirva devolverlo por la misma vía a ésta Autoridad en materia de Ejecución de Sanciones Penales, por conducto de la Unidad de Gestión Judicial Especializada en Ejecución de Sanciones Penales, perteneciente al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, con sede en Reclusorio Norte, ubicada en: calle Jaime Nunó número 205, colonia Cuautepec Barrio Bajo, delegación Gustavo A. Madero, código postal 07200, Ciudad de México; seguro de la reciprocidad de esta Autoridad en casos análogos. Asimismo, se autoriza la devolución anticipada del exhorto, a través de los medios electrónicos, señalándose para tal efecto los correos institucionales ugj.
ejec.nte@tsjcdmx.gob.mx y alberto.rodriguez@tsjcdmx.gob.
mx o cualquier medio necesario para ello, lo anterior con fundamento en el artículo 51 y 76 del Código Nacional de Procedimientos Penales de aplicación supletoria.
6 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC/NTE/1789/2019 Of.
EJEC-NTE/63382/2019

SOLO CONSULTA
SOLO CONSULTA

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC/NTE/1056/2018
CARPETA JUDICIAL: 009/0403/2018
EDICTO No. 1825
Sentenciados: BRAYAN PÉREZ MARTÍNEZ O BRYAN PÉREZ
MARTÍNEZ y ÁNGEL JAIR LÓPEZ VÁZQUEZ
Delito: ROBO CALIFICADO
En la audiencia de revisión de beneficios y sustitutivos, penales celebrada el 29 de octubre de 2019, derivada de la carpeta EJEC-NTE/1056/2018, relacionada con los sentenciados BRAYAN PÉREZ MARTÍNEZ O BRYAN
PÉREZ MARTÍNEZ y ÁNGEL JAIR LÓPEZ VÁZQUEZ: Se les hace del conocimiento a los sentenciados BRAYAN PÉREZ
MARTÍNEZ o BRYAN PÉREZ MARTÍNEZ y ÁNGEL JAIR
LÓPEZ VÁZQUEZ, que ante su inasistencia a dicha diligencia la misma fue diferida y para su continuación se fijaron las 10:30 HORAS, DEL DÍA 9 DE DICIEMBRE DEL 2019, en la sala de audiencia 17, ubicada en calle Jaime Nunó número 205, Colonia Cuautepec Barrio Bajo, Código Postal 07000, Alcaldía Gustavo A. Madero, lo que se les informa, A EFECTO
DE QUE COMPAREZCAN EL DÍA Y HORA SEÑALADOS
de manera puntual, apercibidos que para el caso de no comparecer a la audiencia programada, previa vista al agente del Ministerio Público, se les revocará la libertad de la que vienen gozando, se ordenará su reaprehensión y tendrán que cumplir el resto de la pena en prisión, con fundamento en lo establecido por los artículos 141 párrafo cuarto del Código Nacional de Procedimientos Penales para el Distrito Federal y 87 del Código Penal para esta Ciudad.
Ciudad de México, 29 de octubre del 2019
LA JUEZA DE EJECUCIÓN DEL SISTEMA PENAL
ACUSATORIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
LIC. AIMÉ COLORADO PERALTA.
6 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC/NTE/1056/2018 Of.
EJEC-NTE/65334/2019

SOLO CONSULTA

Acerca de esta edición

Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 6/11/2019

TítuloBoletín Judicial de la Ciudad de México

PaísMéxico

Fecha06/11/2019

Nro. de páginas421

Nro. de ediciones975

Primera edición01/09/2016

Ultima edición07/06/2022

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