Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/10/2019 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 04 de octubre de 2019

su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, en un cargo del agrupamiento administrativo, categoría 9, administrativo auxiliar C, código 3-0003-IX-2, con un régimen de treinta 30 horas semanales de labor en el Patronato de Liberados bonaerense;
Que en sustento de su pretensión invoca la Disposición DPR N 37/07, por la cual el Director Provincial de Regiones le encomendó, en forma interina y sin derecho a remuneración adicional, el despacho y la firma de la Delegación Departamental Lomas de Zamora IV;
Que si bien el artículo 211 de la Ley N 12.256 prevé que el Presidente del Patronato de Liberados podrá disponer la creación de delegaciones departamentales y proponer la designación de personal, de ningún modo se lo faculta a crear nuevos cargos no contemplados en la estructura aprobada por decreto, ni en el presupuesto vigente;
Que asimismo el cargo de coordinadora invocado no tiene rango salarial alguno ni se equipara, en el caso, a una categoría determinada;
Que aunque mediante el Decreto N 2117/10 se crearon nuevos cargos de jefe de departamento de delegaciones departamentales -entre las que se encuentra la Delegación Departamental Lomas de Zamora Ino obran constancias o antecedentes que permitan inferir que se hubiera iniciado el trámite para la designación de GALLARDO como jefa de departamento, ni que autoridad alguna lo propiciara ni encomendara las tareas que dice haber cumplido;
Que la asignación de funciones interinas se rige por los artículos 10 y 161 de la Ley N 10.430 texto ordenado por Decreto N 1869/96 y su Decreto Reglamentario N 4161/96, y para que la misma dé derecho al cobro de las diferencias salariales respectivas, debe ser dispuesta por la autoridad competente;
Que el reconocimiento de los servicios y pago de diferencias salariales pretendidos, implicaría convalidar su aplicación subsidiaria como mecanismo paralelo para evadir el procedimiento reglado y específico que deben cumplir las autoridades competentes para designar al personal estatal, en abierta contradicción con lo establecido en los artículos 5 y 10 de la reglamentación de la Ley N 10.430, aprobada por Decreto Nº 4161/96;
Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia, Fiscalía de Estado y la Dirección Provincial de Relaciones Laborales;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1. Rechazar en la Jurisdicción 1.1.2.06 - SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS - PATRONATO DE
LIBERADOS BONAERENSE, el pedido de reconocimiento y pago de servicios efectuado por Lorena Beatriz GALLARDO
DNI N 24.468.938 - Clase 1975, por los motivos expuestos en la parte considerativa.
ARTÍCULO 2. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3. Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Federico Salvai, Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL, Gobernadora
DECRETO Nº 1287-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 23 de Septiembre de 2019
VISTO el expediente N 2900-64.419/07 del Ministerio de Salud, por el cual Néstor Horacio CASTRO solicita la rectificación de su régimen horario, y el reconocimiento de diferencias salariales desde el 1 de abril de 2007, y CONSIDERANDO:
Que Néstor Horacio CASTRO solicita la rectificación del régimen horario en el que fue designado por Decreto N 3919/06, en un cargo de técnico en mantenimiento, con un régimen de treinta 30 horas semanales de labor en la entonces Dirección Provincial de Saneamiento Ambiental y Fiscalización Sanitaria, Dirección de Saneamiento, y el reconocimiento de las diferencias salariales correspondientes, desde el 1 de abril de 2007;
Que en sustento de su petición invoca el carácter insalubre de las tareas desempeñadas, por encontrarse en contacto con plaguicidas fs. 1;
Que por Decreto N 786/91 se estableció, con carácter general, el régimen de treinta 30 horas semanales de labor para los servicios de la administración pública provincial y se fijó, entre otras excepciones, el régimen de cuarenta y ocho 48
horas semanales de labor para el Departamento de Medio Biológico, dependiente de la entonces Dirección Provincial de Saneamiento y Control del Medio;
Que por Decreto N 1844/94 se aprobó una nueva estructura orgánico-funcional para el Ministerio de Salud, y en lo que al caso concierne se determinó una Dirección Provincial de Saneamiento y Control Ambiental, de la cual dependían la Dirección de Saneamiento y la Dirección de Control Ambiental;
Que a su vez, por Resolución C.A.R.E.P.A. N 60/95 se aprobó la estructura desagregada de la Dirección de Saneamiento, con dos departamentos: Saneamiento y División Proyectos de Saneamiento, el primero de los cuales tenía entre sus acciones la desinsectación, desinfección, desratización, control y reducciónde vectores que produzcan riesgo para la salud de la población, de acuerdo a los programas elaborados por el Instituto Provincial del Medio Ambiente, lo cual permitiría inferir que reemplazó al entonces medio biológico y que, por tanto, se regiría por su régimen horario especial;
Que aún así, no surge de las actuaciones qué tareas realiza en concreto Néstor Horacio CASTRO, ni que se desempeñe efectivamente en dicho Departamento de Saneamiento;
Que por el contrario, la nota de toma de posesión del reclamante da cuenta que cumplía un horario de lunes a sábado de 7
a 12 fs. 6, lo cual coincide con las planillas de asistencia agregadas a fs. 11/27, desde abril de 2007 a julio de 2008, y que no suman cuarenta y ocho semanales, lo cual sella la suerte adversa de la pretensión;

SECCIÓN OFICIAL > página 4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/10/2019 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha04/10/2019

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones3390

Primera edición02/07/2010

Ultima edición10/06/2024

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