Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/02/2013 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

a EDUCACIÓN INICIAL:
a.1. Jardines Maternales:
a.2. Jardines de Infantes:
b EDUCACIÓN PRIMARIA:
c EDUCACIÓN ESPECIAL:
ch EDUCACIÓN
ADULTOS Y F. PROF.:
d EDUCACIÓN SECUNDARIA
e EDUCACIÓN SUPERIOR:
f EDUCACIÓN ARTÍSTICA:
f.1. Esc. de Educ. Estética:
f.2. Nivel Terciario:
g EDUCACIÓN FÍSICA:
g.1: C.E.F.:
h PSICOLOGÍA COMÚN
Y PEDAGOGÍA SOCIAL.:
h.1: C.E.C.:

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 4 DE FEBRERO DE 2013

20 de Junio desde desde desde desde
el el el el
01-02
25-02
25-02
25-02

hasta hasta hasta hasta
el el el el
30-12-2013
17-12-2013
17-12-2013
17-12-2013

desde el 04-03 hasta el 17-12-2013
desde el 04-03 hasta el 17-12-2013
desde el 11-03 hasta el 29-11-2013

PÁGINA 1027

Jueves
Paso a la inmortalidad del General Manuel Belgrano.
21 de Junio Viernes Feriado Puente Turístico 9 de Julio Martes Día de la Independencia 8 de Diciembre Domingo Inmaculada Concepción de María 25 de Diciembre Miércoles Navidad Los feriados inamovibles se rigen por la LEY Nº 21.329. Excepto el 8 de diciembre incorporado por LEY Nº 24.445.
FERIADOS TRASLADABLES

desde el 25-02 hasta el 17-12-2013
desde el 11-03 hasta el 29-11-2013
desde el 25-02 hasta el 17-12-2013
desde el 25-02-2013 hasta el 28-02-2014.
desde el 25-02 hasta el 17-12-2013
desde el 25-02-2013 hasta el 28-02-2014

2.-RECESO ESCOLAR: Períodos que transcurren:
2.1.- De verano: Entre el día siguiente al de finalización del Ciclo Lectivo y el anterior al de iniciación del siguiente.
2.2.- De invierno: durante la suspensión de clases en época invernal del 15 de julio al 26 de julio Durante los períodos de receso escolar se desarrollan actividades complementarias para el logro de los objetivos educacionales.
2.3.- Los Jardines Maternales, los C.E.C. Centros Educativos Complementarios y los C.E.F. Centros de Educación Física no tienen receso escolar en la época invernal.
3.-CURSO ESCOLAR: EL CURSO ESCOLAR SE INICIARÁ CON LAS ACTIVIDADES
PREVIAS DE ORGANIZACIÓN DEL CICLO LECTIVO Y CONCLUIRÁ EL DÍA ANTERIOR
AL COMIENZO DEL SIGUIENTE CURSO ESCOLAR. ANUALMENTE EL CALENDARIO
ESCOLAR DETERMINARÁ LAS FECHAS CORRESPONDIENTES.
En el año 2013 el Curso Escolar comenzará el 25-02-2013 y finalizará el 28-022014.
4.-SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES: Se suspenderán las actividades en los siguientes casos:
4.1.- El día que se conmemora la fiesta patronal o el aniversario de fundación de la ciudad según lo determinen las autoridades municipales.
4.2.- El día que se cumplen los 25, 50, 75, o 100 años de fundación del establecimiento. En caso de más de 100 años, cada 25 años.
4.3.- El día del sepelio de personal docente, no docente, del establecimiento.
4.4.- El día del sepelio de un alumno del establecimiento.
4.5.- Cuando lo exijan factores climáticos, sanitarios, edilicios u otros que impliquen riesgos para el alumnado, personal docente y no docente o configuren una emergencia, a nivel local, distrital o regional. Tendrán facultades para disponer la misma:
a El Director/a cuando afecte sólo a su establecimiento.
b El Consejo Escolar y la Jefatura Distrital de Educación de Gestión Pública cuando afecte a establecimientos del distrito.
4.6.- En las Escuelas Idiomáticas Integrales adheridas al Consejo Central Israelita:
Decláranse días no laborables para todos los habitantes que profesen la religión judía los días de Año Nuevo Judío Rosh-Hashaná, dos 2 días y el Día del Perdón Ion Kipur un 1 día. LEY Nº 24.571- promulgada el 25-X-95 y las Pascuas Judías cuatro 4 días. LEY Nº 26.089 sancionada el 19-IV-07
4.7.- En los establecimientos educativos de gestión privada adheridos al Consejo de Educación Católica hasta un máximo de tres días para realizar el retiro espiritual anual destinado a los alumnos, siempre que se ajusten a la reglamentación que a ese efecto dictara la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada MEMORANDO nº 21.110 del 10-12-97 de DiPrEGeP..
4.8.- Declárese día no laborable para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión islámica, el día del Año Nuevo Islámico Hégira, el día posterior a la Culminación del Ayuno Id Al-Fitr; y el día de la Fiesta del Sacrificio Id Al-Adha, LEY Nº 24.757 - promulgada el 20-XII-96.
ACLARACIÓN: Excepto en la situación del ítem 4.1, en los casos de suspensión de actividades el Director/a del establecimiento dará cuenta inmediata de la decisión a sus superiores.
5.- SIN SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES: Cada establecimiento podrá realizar un acto homenaje a su patrono en el aniversario de su nacimiento, fallecimiento o día especialmente instituido al efecto, o conmemorativo de su fundación.
6.-FERIADOS NACIONALES: Cronograma de los feriados correspondientes al año 2011.

FECHA
17 de agosto
CONMEMORACIONES
Paso a la inmortalidad del General José de San Martín.
12 de octubre Lunes 14 de Octubre Día del Respeto a la Diversidad Cultural 20 de Noviembre Lunes 25 de Noviembre Día de la Soberanía Nacional Estos feriados se rigen por el Decreto 1584 y 1585/2010
NO LABORABLES INAMOVIBLES
FECHA
25, 26 y 27 de Marzo 31 de marzo al 2 de Abril 28 de Marzo 24 de Abril
Miércoles
4 de Septiembre
Miércoles
13 de Septiembre
Viernes
29 de Marzo 1º de Abril 2 de Abril
Viernes Lunes Martes
1º de Mayo 25 de Mayo
Miércoles Sábado
CONMEMORACIONES
Año Nuevo Carnaval Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia Viernes Santo Feriado Puente Turístico Día del Veterano y los Caídos en la Guerra de Malvinas Ley 26.110
Día del Trabajador Día de la Revolución de Mayo
CONMEMORACIONES
Pascuas Judías b Los dos primeros días y los dos últimos días de la Pascua Judíab Jueves Santo Festividad Cristiana Día de Acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos a Año Nuevo Judío c
Día del Perdón Dispuesto por LEY Nº 24.571
Dispuesto por LEY Nº 24.757
Fiesta del Sacrificio d Año Nuevo Islámico Culminación del Ayuno a Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a la comunidad. Se invita a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley.
b Solo para los habitantes que profesen la Religión Judía. Dispuesto por el Decreto 1584/2010.
Los dos primeros días del Pesaj Pascua comienzan el 6 de abril a las 18:20 horas y finaliza el 8 de abril a las 19:20 horas.
Los dos últimos días del Pesaj Pascua comienzan el 12 de abril a las 18:15 horas y finaliza el 14 de abril a las 19:15 horas.
c Los días de Rosh Hashana Año Nuevo comienzan el 16 de septiembre a las 18:15
horas y finaliza el 18 de septiembre a las 19:15 horas.
Los días de Iom Kipur Día del perdón comienzan el 25 de septiembre a las 18:30
horas y finaliza el 26 de septiembre a las 19:30 horas.
d Solo para los habitantes que profesen la Religión Islámica. Dispuesto por Decreto 1584/2010
Se rigen por calendario lunar.
Anexo 3
CONMEMORACIONES Y CELEBRACIONES
FORMA
1.- Actos Solemnes
2.- Actos Especiales.

3.- Actos Evocativos DÍA
Martes Lunes y Martes Domingo
DÍA
Lunes a Miércoles Domingo a Martes Jueves
FERIADOS INAMOVIBLES
FECHA
1º de Enero 11 y 12 de Febrero 24 de Marzo
TRASLADADOS AL DIA
Lunes 19 de Agosto
4.- Otras Actividades
TIPO
1.1.- En el día de la fecha se efectuará el acto solemne con apertura a la comunidad.
1.2.- Se celebrará o conmemorará en una 1 hora de clase, a criterio de la Planificación Institucional.
2.1.- Iniciación del Ciclo Lectivo En la primera hora de clase con la presencia del personal y alumnos de cada turno. Apertura comunitaria.
2.2.- Finalización Ciclo Lectivo En la modalidad que determinen las autoridades de cada servicio educativo.
Cuando por razones de fuerza mayor, las autoridades del establecimiento, se vean imposibilitadas de realizar el acto de clausura en la fecha prevista, el mismo, se concretará el día que éstos determinen, previa comunicación a la Inspección del Distrito.
3.1.- Actividades de cierre: en una hora de clase con la presencia del personal y alumnos de cada turno.
3.2.- Se conmemorará durante el inicio de cada turno con la presencia de todo el personal y alumnos, en la modalidad que determinen las autoridades de cada servicio educativo.
4.1.- Actividades curriculares alusivas a la fecha.

Observaciones: En el caso de conmemorarse o celebrarse fechas no previstas en el presente Calendario, el Nivel o Modalidad pertinente dispondrá las medidas necesarias que posibiliten la realización de la misma, encuadrándola bajo las Formas 3 ó 4.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/02/2013 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha04/02/2013

Nro. de páginas41

Nro. de ediciones3390

Primera edición02/07/2010

Ultima edición10/06/2024

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