Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 03/05/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

Nº 84

3 de mayo de 2018

ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
Número 1078/18

DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO
J efatura P rovincial
de
T ráfico
de
Á vila
RESOLUCIÓN de veinte de abril de dos mil dieciocho de la Jefatura Provincial de Tráfico de Ávila por la que se asume la competencia sancionadora en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, por las infracciones cometidas en las vías urbanas del Ayuntamiento enumerado en el Anexo I.
El artículo 7 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial atribuye a los Municipios la competencia para la denuncia y sanción de las infracciones que se cometan en sus vías urbanas.
Por su parte, el apartado 4.º del artículo 84 del citado texto legal establece que la sanción por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponderá a los respectivos Alcaldes, los cuales podrán delegar esta facultad de acuerdo con la legislación aplicable.
A continuación, el párrafo tercero del mismo apartado 4. del artículo 84, dispone que los Jefes Provinciales de Tráfico asumirán la competencia de los Alcaldes cuando, por razones justificadas o por insuficiencia de los servicios municipales, no pueda ser ejercida por éstos.
Al amparo de estas disposiciones el Alcalde del Ayuntamiento enumerado en el AnexoI
solicitó la asunción, por parte del Jefe Provincial de Tráfico de Ávila, de las competencias municipales en materia sancionadora por infracciones a las normas de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial en las vías urbanas de dicho municipio.
En su virtud, habiéndose encontrado justificados los motivos y alegaciones formulados por el Alcalde del Ayuntamiento enumerado en el Anexo I, para la cesión de la competencia que le otorga el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre.
RESUELVO
Asumir, desde la fecha de la presente Resolución, la competencia para sancionar las infracciones en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial cometidas en las vías urbanas del Ayuntamiento enumerado en el Anexo I, con las siguientes observaciones:
1 La asunción de la competencia sancionadora será de carácter temporal, mientras subsistan las razones expuestas por el Alcalde y los servicios sean insuficientes.
Ávila, veinte de abril de dos mil dieciocho.
El Jefe Provincial de Tráfico de Ávila, Arturo Barral Santiago.
ANEXO I
1.Solosancho.
3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 03/05/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha03/05/2018

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones3599

Primera edición04/01/2010

Ultima edición11/05/2024

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