DECEPAL, S.A.

Convocatoria de Junta General Extraordinaria de Accionistas El Consejo de Administración ha acordado convocar Junta General Extraordinaria de Accionistas para el próximo día 20 de agosto de 2012, a las 12.00 horas en el domicilio social, sito en Madrid, calle Albasanz, 14 bis, bajo derecha, en primera convocatoria y para el inmediato siguiente, a la misma hora y lugar en segunda convocatoria, bajo el siguiente

Orden del día

Primero.- Aprobación, si procede, de la Fusión Especial por Absorción por parte de Decepal, S.A. (sociedad absorbente), de su filial íntegramente participada Gevasa, S.A. (sociedad absorbida), con disolución sin liquidación de las sociedad absorbida y traspaso en bloque, a título universal de la totalidad de su patrimonio a la sociedad absorbente, de conformidad con el Proyecto de Fusión, que comprende, entre otros los siguientes puntos: (a) La sociedad absorbente será Decepal, S.A., con NIF: A-28954196, domiciliada en calle Albasanz, número 14 bis, Madrid e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 6.026, folio 1, sección 8, hoja M-98514 y la sociedad absorbida será Gevasa, S.A., con NIF: A-46425427, con domicilio en calle Trenet, número 12, Polígono Industrial Rafelbuñol (46138) Rafelbuñol - Valencia e inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 3.722, libro 1.034, folio 166, hoja V-14.182. (b) Dado que la sociedad absorbente Decepal, S.A., es titular del cien por cien de las acciones de la sociedad absorbida Gevasa, S.A., no procederá ampliación del capital con motivo de esta fusión, ni tampoco canje de acciones, y se procederá a la amortización de las acciones de la compañía absorbida. (c) Los balances de referencia de la fusión serán los cerrados por ambas compañías a 31 de diciembre de 2011. (d) Las operaciones llevadas a cabo por la sociedad absorbida Gevasa, S.A., se considerarán realizadas a efectos contables por la absorbente Decepal, S.A., a partir del 1 de enero de 2012. (e) No ha sido necesario elaborar los Informes de los Administradores ni de los Expertos Independientes sobre el Proyecto de Fusión. (f) No se concederán ventajas ni derechos especiales a favor de administradores ni a expertos independientes con motivo de la fusión. (g) La fusión no tendrá consecuencia alguna en el empleo. (h) La operación de fusión se acogerá al régimen especial de neutralidad fiscal previsto en el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades.

Segundo.- Aprobación del Balance de Fusión.

Tercero.- Sometimiento de la Fusión al régimen fiscal especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores, regulado en el Capítulo VIII del Título VII del Real Decreto Legislativo 4/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Cuarto.- Delegación de facultades.

Quinto.- Ruegos y preguntas.

Sexto.- Redacción, lectura y aprobación del Acta de la propia Junta.

Madrid, 9 de julio de 2012.- La Secretario no Consejero del Consejo de Administración, D.ª Beatriz Gil Méndez.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 134 del Lunes 16 de Julio de 2012. Avisos y Anuncios Legales, Convocatorias De Juntas.

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