Periódico Oficial de Puebla del día 30/10/2023 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Lunes 30 de octubre de 2023

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
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Que la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial para el Estado de Puebla en su artículo 40 SEXIES dispone que la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial debe emprender esfuerzos y elaborar políticas públicas para incorporar a los establecimientos y empresas correspondientes, sobre la base de la generación de un compromiso ambiental a los esfuerzos de eliminación en el uso de plásticos y para ello implementar en coordinación con las instancias competentes, sistemas de estímulos e incentivos fiscales y económicos que deberán dirigirse principalmente a los sistemas operadores del servicio de limpia de los municipios y a la iniciativa privada que participa en el presente rubro.

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en su Capítulo II Política Social, dentro del apartado Desarrollo Sostenible, establece que el gobierno de México está comprometido a impulsar el desarrollo sostenible, que en la época presente se ha evidenciado como un factor indispensable del bienestar, definiéndolo como la satisfacción de las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades.
Que el Plan Estatal de Desarrollo 2019-2024 dentro del Enfoque Transversal de Cuidado Ambiental y Cambio Climático, busca que el aseguramiento del desarrollo del Estado recaiga en un ambiente sostenible en donde se encuentre un equilibrio en la interacción entre la sociedad y el medio natural, propiciando la conservación de espacios y la resiliencia del Estado de Puebla. Así mismo, dispone en la Estrategia Transversal Cuidado Ambiental y Atención al Cambio Climático, la búsqueda de la implementación de mecanismos de coordinación donde se procure el acceso a un ambiente sano para el presente y las poblaciones futuras, donde en la medida que los residuos de manejo especial y los residuos sólidos urbanos sean manejados y aprovechados antes de su disposición final, se logre una gestión integral con beneficios al medio ambiente y por consecuencia el combate al cambio climático.
El 16 de diciembre de 2022, se publicó en el Periódico Oficial del Estado, la Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal 2023, que en su artículo 124 señala que las personas físicas y jurídicas que implementen acciones para la eliminación de insumos de plásticos en los procesos productivos, serán sujetos del otorgamiento del estímulo del 100% del pago de los derechos establecidos en el artículo 49, primer párrafo, Apartado A, fracciones XVII y XVIII de la misma Ley, relativos a la evaluación del Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial y la renovación anual de la evaluación del Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial, respectivamente.

Por otro lado, el artículo 129 de la Ley en cita, señala que serán sujetos del otorgamiento de los estímulos fiscales a que se refiere el Capítulo IV del Título Octavo, las personas físicas y jurídicas que así lo soliciten, siempre que cumplan con los requisitos y criterios establecidos en las Reglas de Carácter General que para tal efecto emita la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial.
En este sentido, resulta necesaria la emisión de Reglas de Carácter General que regulen el otorgamiento del estímulo del 100% del pago de los derechos relativo a la evaluación del Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial, a las personas físicas y jurídicas que así lo soliciten.
Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4 párrafo quinto, 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 82 párrafo primero, 83 y 121 párrafo primero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 7 fracciones II y VI de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 8 fracciones I y XVII y 9 fracciones I, III y XVII de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; 9 fracciones I, II, VII, XI y 40 SEXIES de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial para el Estado de Puebla; 129 de la Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal 2023; 3, 13 párrafo primero, 24, 31 fracción XVI y 47
fracciones I, XVI, XXI y LIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 2, 5 fracción I
y 11 fracción XXXIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial; he tenido a bien expedir el siguiente:

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Periódico Oficial de Puebla del día 30/10/2023 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date30/10/2023

Page count7

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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