Periódico Oficial de Puebla del día 21/12/2022 - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Miércoles 21 de diciembre de 2022

las tasas, cuotas y/o tarifas de dichas contribuciones municipales, las cuales deben ser vigentes y acordes con los principios de proporcionalidad y equidad tributaria, en cumplimiento al artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VII. Que, el Ayuntamiento que administra la Hacienda Pública y gobierna el Municipio de Puebla, está conformado por un Cuerpo Colegiado al que se le denomina Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, integrado por un Presidente Municipal Constitucional, dieciséis Regidores de Mayoría, siete Regidores acreditados conforme al principio de Representación Proporcional t y un Síndico Municipal; de conformidad con lo establecido en los artículos 102, fracción I, inciso a de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 46, fracción I y 47, fracción I de la Ley Orgánica Municipal; en relación con el artículo 20 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.
VIII. Que, es una atribución del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, conforme a lo establecido en el artículo 63, fracción IV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; así como el numeral 78, fracción VIII y 91, fracción LII de la Ley Orgánica Municipal; presentar al Congreso del Estado, a través del Ejecutivo del Estado, a más tardar el día quince de noviembre del año corriente, la iniciativa de Ley de Ingresos que deberá regir el año siguiente; en el que se propondrán las tasas, cuotas y/o tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y en su caso productos o aprovechamientos; previa autorización de cuando menos las dos terceras partes de los miembros que la integran.
IX. Que, los Regidores integrantes del Ayuntamiento, deliberan, analizan, resuelven, evalúan, controlan y vigilan que los actos de administración del Gobierno Municipal, además de ser los encargados de vigilar la correcta prestación de los servicios públicos, así como el adecuado funcionamiento de los diversos ramos de la Administración Pública Municipal; por lo que, para tal fin, la Ley prevé que se organicen en su interior en Comisiones, como es el caso de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Pública Municipal; la cual tiene encomendado el estudio, análisis y elaboración de dictámenes y7o propuestas al Ayuntamiento en pleno, de los problemas de los distintos ramos de la Administración Pública Municipal; de acuerdo con lo establecido en los artículos 92, fracciones III y V, 94 y 96, fracción II de la Ley Orgánica Municipal; 1, 12, fracciones VII y XVI, 92, 97, 114, fracciones III y IX del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.
X. Que, el artículo 145 de la Ley Orgánica Municipal, preceptúa que la Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal, el Presidente Municipal y demás comisiones que determine el Ayuntamiento, a más tardar en la primera quincena del mes de octubre de cada año, elaborarán el anteproyecto de Ley de Ingresos que regirá el año siguiente.
XI. Que, el Plan Municipal de Desarrollo 2021-2024 del Municipio de Puebla, señala los principales objetivos y acciones que se llevarán a cabo durante el periodo de gobierno, así como estrategias específicas para mejorar la calidad de vida de la población, el aprovechamiento eficiente de los recursos humanos, naturales, culturales, físicos, ambientales, administrativos y financieros de los cuales dispone el Municipio, en el entendido de que el ámbito local es el escenario inmediato, y por tanto imprescindible, en el que se perciben las decisiones que impactan a la población.
XII. Que, el Plan Municipal de Desarrollo 2021-2024 del Municipio de Puebla, dentro del Programa 21, denominado "Finanzas Sanas", tiene como objetivo conducir de forma responsable y eficiente la hacienda municipal, buscando cumplir los compromisos, las metas y alcanzar los resultados propuestos y en la Línea de acción 4, "Recaudar eficaz y eficientemente los recursos financieros del municipio, para coadyuvar en el logro de los objetivos y metas planteados por cada dependencia del ayuntamiento" y la Línea de acción 16, "Administrar eficiente y responsablemente los recursos financieros del municipio, para coadyuvar en el logro de los objetivos y metas planteados por cada dependencia del ayuntamiento", cuya estrategia ayudará a administrar eficientemente los recursos financieros del Honorable Ayuntamiento de Puebla, a través de las áreas que integran la Tesorería

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Periódico Oficial de Puebla del día 21/12/2022 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date21/12/2022

Page count111

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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