Periódico Oficial de Puebla del día 24/08/2022 - Tercera Sección
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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección
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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Miércoles 24 de agosto de 2022
Entre los derechos sociales reconocidos en nuestra Carta Magna y en la Ley General de Desarrollo Social, encontramos el derecho a la seguridad social, el trabajo, la formación de sindicatos, la educación gratuita, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica entre otros servicios sociales necesarios para la planeación del desarrollo social, la cual incluirá los programas municipales; planes y programas estatales;
programas institucionales, regionales y especiales; el Programa Nacional de Desarrollo Social; y el Plan Nacional de Desarrollo.
Por otro lado, con respecto a lo establecido en el artículo 14 de la Ley antes citada, el plan de desarrollo debe de incluir las siguientes vertientes:
Artículo 14. La Política Nacional de Desarrollo Social debe incluir, cuando menos, las siguientes vertientes:
I. Superación de la pobreza a través de la educación, la salud, de la alimentación nutritiva y de calidad, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación;
II. Seguridad social y programas asistenciales;
III. Desarrollo Regional;
IV. Infraestructura social básica, y V. Fomento del sector social de la economía.
Actualmente la Secretaría de Bienestar, antes denominada Secretaría de Desarrollo Social, en su reporte de Indicadores de Desarrollo Social, publicado en el año de 2012, señaló que el desarrollo social está asociado al bienestar de la población en distintas dimensiones, que incluyen el bienestar económico y las carencias sociales de las y los habitantes. La dimensión económica se mide con indicadores de ingreso, mientras que en la dimensión social se incluyen indicadores de educación, salud, vivienda, alimentación, entre otros.
Tan solo, en los años 2016, 2018 y 2020, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, ha demostrado que en México la pobreza ha incrementado un 3%.