Periódico Oficial de Puebla del día 20/09/2018 - Segunda Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

Jueves 20 de septiembre de 2018

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Segunda Sección
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TERCERO.- La Auditoría Superior del Estado de Puebla, con fecha ocho de noviembre de dos mil trece, dictó acuerdo de radicación en el que se tuvo por recibido el Decreto antes señalado, ordenándose integrar y registrar el Expediente Administrativo, bajo el número P.A. 34/2012, de la Dirección Jurídica Contenciosa de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, iniciando Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades en contra del C. Armando Murrieta Díaz, Presidente Municipal Sustituto del Ayuntamiento de Xiutetelco, Puebla, administración 2008-2011; se ordenó citar al involucrado para que compareciera al desahogo de la audiencia de pruebas y alegatos, prevista por el artículo 68, fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla. ---------------------------------------------------------------------------------------CUARTO.- En cumplimiento a lo ordenado en el punto que antecede, mediante oficio número ASP/0712313/DGJ-DJC, de once de noviembre de dos mil trece, se citó al C. Armando Murrieta Díaz, Presidente Municipal Sustituto del Ayuntamiento de Xiutetelco, Puebla, administración 2008-2011, a efecto de que compareciera el veintisiete de noviembre de dos mil trece a las diez horas, para ofrecer pruebas y alegar lo que a su interés conviniera, por sí o por medio de un defensor o persona de su confianza que al efecto designara, oficio citatorio que le fue notificado conforme a derecho el catorce de noviembre de dos mil trece, tal y como consta en la cédula de notificación. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------QUINTO.- El veintisiete de noviembre de dos mil trece a las catorce horas con quince minutos, se desahogó la audiencia prevista por la fracción I del artículo 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, en la que se hizo constar la incomparecencia del C. Armando Murrieta Díaz, Presidente Municipal Sustituto del Ayuntamiento de Xiutetelco, Puebla, administración 2008-2011, así como la incomparecencia del representante del Ayuntamiento de Xiutetelco, Puebla, administración 2011-2014, por lo que se tuvo por desahogada la audiencia prevista dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades, y se hizo efectivo el apercibimiento contenido en el citatorio con número de oficio ASP/0712313/DGJ-DJC, de fecha once de noviembre de dos mil trece.-------------------------------------------------------------------Es de hacer mención que el veintiocho de noviembre de dos mil trece, el C. Armando Murrieta Díaz, Ex Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Xiutetelco, Puebla, presentó escrito recepcionado en la misma fecha con folio 201318152, mediante el cual informó que le fue imposible asistir a la audiencia a la que fue requerido a través del oficio citatorio número ASP/07/123-DGJ-DJC de once de noviembre de dos mil trece, para el día veintisiete de noviembre del dos mil trece, debido a que estaba enfermo, adjuntando justificante médico, expedido por el Dr. Julio Cesar Baltazar Matus y análisis clínicos, solicitando anuencia para comparecer a la audiencia el día seis de diciembre de dos mil trece; a lo que la Autoridad Fiscalizadora emitió acuerdo de tres de diciembre de dos mil trece determinando no favorable su petición en virtud de que el escrito signado por el involucrado fue exhibido de manera extemporánea; es decir, fue presentado el día posterior al señalado para el desahogo de la audiencia prevista en el artículo 68, fracción I, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, por lo que en consecuencia de la inasistencia del involucrado a dicha cita se desahogó la Audiencia de Pruebas y Alegatos, así mismo se hizo efectivo el apercibimiento contenido en el referido oficio citatorio, establecido en el artículo 35, fracción I, del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado de Puebla, precluyendo el término para ofrecer pruebas y manifestar alegatos; acuerdo que fue debidamente notificado conforme a Derecho el seis de diciembre de dos mil trece, tal y como consta en la cédula de notificación. -------------------------------------------SEXTO.- Mediante memorando número ASP/0568-13/D.J.C., de tres de diciembre de dos mil trece, la Dirección Jurídica Contenciosa remitió a la Auditoría Especial de Cumplimiento a la Gestión Financiera, las constancias que obran en el expediente en que se actúa, así como la audiencia del veintisiete de noviembre de dos mil trece, con el objeto de que dicha área realizara su valoración y análisis respectivo. -----------------------------------SÉPTIMO.- El dieciocho de diciembre de dos mil trece, con memorando número ASP/0422-13/DFPCAE., de trece de diciembre de dos mil trece, la Auditoría Especial de Cumplimiento a la Gestión Financiera, remitió a la Dirección Jurídica Contenciosa, a través de la Dirección General Jurídica, informe analítico respectivo, y -------------

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Periódico Oficial de Puebla del día 20/09/2018 - Segunda Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

CountryMexico

Date20/09/2018

Page count193

Edition count679

First edition02/02/2015

Last issue06/02/2024

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