Periódico Oficial de Puebla del día 13/07/2018 - Segunda Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

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Segunda Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Viernes 13 de julio de 2018

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que admite el Recurso de Revocación interpuesto por el C. Blas Villegas Lara, Administrador General de la Comisión Estatal de Agua y Saneamiento de Puebla, en contra del similar de fecha 9 de noviembre de 2016, dictado dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades número P.A. 43/2012, y que se radicó con el número de expediente R.C. 03/2017.
Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso del Estado de Puebla.
JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:

EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en la Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, Vuestra Soberanía, ha tenido a bien discutir y aprobar el Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, respecto al escrito calzado con una firma a nombre del C. Blas Villegas Lara, Administrador General de la Comisión Estatal de Agua y Saneamiento de Puebla, por el Periodo Fiscalizado comprendido del uno de enero al veintiocho de julio de dos mil nueve; por el cual interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto que contiene la Resolución dictada por el Honorable Quincuagésimo Noveno Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, de fecha nueve de noviembre de dos mil dieciséis, dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades identificado con el número P.A. 43/2012, de los de la Dirección Jurídica Contenciosa de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, por lo que esta Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de Puebla; con la competencia que le otorgan los artículos 3 fracción I, 73 y 74, fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, segundo transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que deroga diversas disposiciones de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el viernes veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete; procede a analizar los mismos, a efecto de emitir el Dictamen correspondiente, y --------------------------------------------------------------------------------------------------------

CONSIDERANDO
I. Que el día veintidós de febrero de dos mil dieciséis, fue presentado ante la Oficialía de Partes del Honorable Congreso del Estado de Puebla, un escrito que consta de diecisiete fojas útiles en su anverso, de fecha veinte de febrero de dos mil diecisiete, con una firma a nombre del C. Blas Villegas Lara, Administrador General de la Comisión Estatal de Agua y Saneamiento de Puebla, periodo del uno de enero al veintiocho de julio de dos mil nueve, presentado en la Oficialía de Partes del H. Congreso del Estado el 22 de febrero de 2017; por el cual interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto que contiene la Resolución dictada por el Honorable Quincuagésimo Noveno Congreso Constitucional del Estado de Puebla, de fecha nueve de noviembre de dos mil dieciséis, dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades identificado con el número P.A. 43/2012, de los de la Dirección Jurídica Contenciosa de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, y que se refieren al periodo revisado, comprendido del uno de enero al veintiocho de julio de dos mil nueve, mediante el cual se le impone la sanción administrativa. Toda vez que no fueron desvirtuadas las irregularidades señaladas y que corresponden a DAÑO PATRIMONIAL, causado de la Comisión Estatal de Agua y Saneamiento de Puebla, que asciende a un importe de $1298,061.77 un millón doscientos noventa y ocho mil sesenta y un pesos 77/100 Moneda Nacional, con apego a las circunstancias establecidas en el artículo 59 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla y en términos de los artículos 58, fracción V y 60 de la citada Ley, se debe imponer sanción económica por la cantidad de $324,515.44 trescientos veinticuatro mil quinientos quince pesos 44/100 Moneda Nacional, equivalente a un cuarto de tanto del daño total causado al Erario

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Periódico Oficial de Puebla del día 13/07/2018 - Segunda Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

CountryMexico

Date13/07/2018

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First edition02/02/2015

Last issue06/02/2024

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