Periódico Oficial del Estado de México del día 16/02/2016 (Sección Tercera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

16 de febrero de 2016

Página 55

México, acaten esta medida. Asimismo las autoridades municipales deberán informar a los propietarios, representantes legales, gerentes y operadores de las Industrias manufactureras asentadas en su municipio, para que den cumplimiento a la reducción excepcional de emisiones de manera inmediata a la declaratoria de la Fase I de Contingencia Ambiental Atmosférica Combinada.
La industria manufacturera de jurisdicción Federal y Local del Estado de México, a través de los propietarios, representantes legales, gerentes y operadores, quedan obligadas a reducir sus emisiones entre el 30% y 40% a partir de su línea base de emisiones de manera inmediata a la declaratoria de la Fase I de Contingencia Ambiental Atmosférica Combinada y hasta el momento en que se declare su conclusión. Esta reducción excepcional de emisiones se determinará a partir de la línea base establecida en la licencia de funcionamiento registro de emisiones a la atmósfera expedida por la autoridad competente, de cada una de las fuentes fijas en cuestión.
Reducirán el 50% de su operación las termoeléctricas ubicadas en la Zona Metropolitana del Valle de Méxic o ZMVM.
La Comisión Ambiental de la Megalópolis CAMe a través de su Coordinación Ejecutiva, dará aviso a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno Federal SEMARNAT quien a través de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes DGGCARETC, notificará a la Dirección General de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Medio Ambiente DGIDTMA de la Secretaría de Energía SENER, a la Gerencia de Protección Ambiental GPA de la Comisión Federal de Electricidad CFE y a la Subdelegación de Inspección y Vigilancia de la delegación de la Zona Metropolitana del Valle de México SIVD-ZMVM de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente PROFEPA, para que realice visitas de inspección y se verifique que las termoeléctricas ubicadas en la ZMVM, reduzcan el 50% de su operación, a partir de la declaratoria de la FASE I de Contingencia Ambiental Atmosférica Combinada y hasta el momento en que se declare la terminación de la misma.
Suspenderán de las labores de mantenimiento, reparación y trasvasado que impliquen liberación de hidrocarburos a la atmósfera de las plantas industriales de distribución y almacenamiento de gas licuado de petróleo.
La Comisión Ambiental de la Megalópolis CAMe a través de su Coordinación Ejecutiva, dará aviso a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno Federal SEMARNAT quien a través de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes DGGCARETC, notificará a la Dirección General de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Medio Ambiente DGIDTMA de la Secretaría de Energía SENER, a la Asociación Mexicana de Distribuidores de Gas L.P y a la Subdelegación de Inspección y Vigilancia de la delegación de la Zona Metropolitana del Valle de México SIVD-ZMVM de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente PROFEPA, para que realice visitas de inspección a efecto que se lleve a cabo la suspensión de las actividades a que se refiere este punto, a partir de la declaratoria de la FASE I de Contingencia Ambiental Atmosférica Combinada. La SENER será la encargada de notificar esta medida a las plantas industriales Las plantas industriales de distribución y almacenamiento de Gas L.P; suspenderán las labores de mantenimiento, reparación y trasvasado, así como purgas y desfogues que impliquen liberación de hidrocarburos a la atmósfera con excepción de las realizadas en caso de emergencia o accidente. Esta medida entrará en vigor de las 05:00 y hasta las 22:00
horas, del día siguiente en que se notifique la activación de la FASE I de Contingencia Ambiental Atmosférica Combinada y permanecerá durante el tiempo en que esta se prolongue.
Es responsabilidad de los propietarios de las industrias, conocer el comportamiento de la calidad del aire y en caso de declararse la FASE I de Contingencia Ambiental Atmosférica Combinada, deberán acatar las medidas correspondientes.
10. LISTADO DE ACRÓNIMOS
ASEA. Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente, órgano administrativo desconcentrado dependiente de la SEMARNAT.
CAMe. Comisión Ambiental de la Megalópolis.
CAPUFE. Caminos y Puentes Federales.
CATGEM. Centro de Atención Telefónica del Gobierno del Estado de México.
CEPANAF. Comisión Estatal de Parques Naturales y de la Fauna.
CES. Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana del Gobierno del Estado de México.
CFE. Comisión Federal de Electricidad.
CGCE. Coordinación General de Conservación Ecológica de la SMAGEM.
CGE. Coordinación General de Ecología del Gobierno de Tlaxcala.
COFEPRIS. Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
CONAFOR. Comisión Nacional Forestal.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 16/02/2016 (Sección Tercera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

CountryMexico

Date16/02/2016

Page count56

Edition count3228

First edition05/01/2000

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