Periódico Oficial del Estado de México del día 14/09/2011 (Sección Séptima)

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G

14 de septiembre de 2011

ACETA

Página 3

Dirección General de Información y de Servicios a Medios de Comunicación.
Dirección General de Publicidad.
111.

Dirección General de Seguimiento de Medios e Investigación.
Dirección General de Mercadotecnia.
Dirección General de Comunicación Regional.
Dirección Regional Valle de México.
Dirección Regional Zona Oriente.

VIII.

Coordinación Administrativa.

La Coordinación General contará con las demás unidades administrativas que le sean autorizadas, cuyas funciones y líneas de autoridad se establecerán en su Manual General de Organización; asimismo, se auxiliará de los servidores públicos y órganos técnicos y administrativos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones, de acuerdo con el presupuesto, estructura orgánica y normatividad aplicables.
Articulo 4.- La Coordinación General, sus Direcciones Generales, Direcciones Regionales, Coordinación Administrativa y demás unidades administrativas que la integran, conducirán sus actividades en forma coordinada y programada, con base en lo señalado en e! Pian de Desarrollo del Estado de México, así como en los programas regionales, sectoriales, y especiales a su cargo o en los que participen, de acuerdo con la normatividad aplicable.
Sección Segunda De las atribuciones del Coordinador General
Artículo E.- E! estudio, planeación, trámite y resolución de los asuntos competencia de la Coordinación General, así corno su representación legal, corresponden originalmente al Coordinador General, quien para su mejor atención despacho, podrá delegar sus atribuciones en los servidores públicos subalternos, sin perder por ello la posibilidad de su ejercicio directo, excepto aquellas que por disposición de ley, deban ser ejercidas en forma directa por el.
Artículo 6.- El Coordinador General tendrá las atribuciones siguientes:
i.

Fijar dirigir y controlar la política general de la Coordinación General.

II.

Representar legalmentc a la Coordinación General con las facultades de un apoderado general para pleitos cobranzas, en actos de administración y para actos de dominio, con todas las facultades que requieran cláusula especial conforme a las disposiciones en la materia y sustituir y delegar esta representación en uno o más apoderados para que la ejerzan individualmente o conjuntamente. Para actos de dominio requerirá la autorización expresa de la Secretaría de Finanzas, de acuerdo con la legislación vigente.
Establecer las políticas y estrategias de comunicación de la sociedad.

que permitan captar las demanda s_ y necesidades
Autorizar las normas y políticas sobre la jmage.i instícuclonal del Gobierno del Estado.
Autorizar las publicaciones y materiales promocionaies para la difusión de las acciones gubernamentales.
Establecer normas, lineamientos y programas para p romover la realización de campañas de comunicaLión social.
Promover la coordinación y colaboración dei Poder Ejecutivo Estatal con los medios de comunicación.
Coordinar con el apoyo de las dependencias y organismos auxiliares de la Administración Pública Estatal, realización de programas o campañas específicas de comunicación social.
de ley Proponer al Gobernador del Estado, a través de la Secretaria General de Gobierno, decretos, así como proyectos de reglarnemos, acuerdos y convenios sobre los asuntos competencia de Coordinación General, cuando la normatividad así lo establezca.
Aprobar los programas anuales de actividades y los anteproyectos de presupueste de egresos do la Coordinación General y disponer las acciones neces.arias para su cumplimiento.
Validar la estructura de organización y los mauaies administrativos de la Coordinación Gercrai f someterlos a la autorización de la Secretaría de Finanzas.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 14/09/2011 (Sección Séptima)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

CountryMexico

Date14/09/2011

Page count8

Edition count218

First edition05/01/2000

Last issue16/12/2022

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