Periódico Oficial del Estado de México del día 18/06/2018 (Sección Quinta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

Página 2

18 de junio de 2018

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
ACUERDO por el que se reforma y adiciona el Clasificador por Rubros de Ingresos.
El Consejo Nacional de Armonización Contable con fundamento en los artículos 6, 7, 9 y 14 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, aprobó el siguiente:
Acuerdo por el que se reforma y adiciona el Clasificador por Rubros de Ingresos CONSIDERANDO
Que el 31 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Contabilidad Gubernamental LGCG, que tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la Contabilidad Gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización.
Que la LGCG es de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación; Entidades Federativas; los ayuntamientos de los Municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales, y los órganos autónomos federales y estatales.
Que el Consejo Nacional de Armonización Contable CONAC aprobó el Clasificador por Rubros de Ingresos CRI, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2009 y su mejora el 2 de enero de 2013, el cual permite una clasificación de los ingresos presupuestarios de los entes públicos acorde con disposiciones legales, así como a las normas y criterios contables aplicables, que posibilita un adecuado registro y presentación de las operaciones, y facilita la interrelación con las cuentas patrimoniales.
Que la adecuada clasificación de los recursos resulta trascendente en materia de obtención de las cuentas públicas, en especial en lo referente al análisis de la generación, distribución y redistribución del ingreso.
Por lo expuesto, el Consejo Nacional de Armonización Contable aprobó el siguiente:
Acuerdo por el que se reforma y adiciona el Clasificador por Rubros de Ingresos Se reemplaza en el documento el texto Ley de Contabilidad por abreviatura LGCG, se reforma el párrafo catorce del inciso A. ASPECTOS GENERALES; asimismo, se realizan reformas y adiciones al inciso D.
RELACIÓN DE RUBROS Y TIPOS del Clasificador por Rubros de Ingresos para quedar como sigue:
ANTECEDENTES
El 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad Gubernamental LGCG, que tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la Contabilidad Gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización, para facilitar a los entes públicos el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingreso público.
La LGCG es de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales y los órganos autónomos federales y estatales.

Por lo anterior, el CONAC, en el marco de la LGCG está obligado a contar con un mecanismo de seguimiento que informe el grado de avance en el cumplimiento de las decisiones de dicho cuerpo colegiado. El Secretario Técnico del CONAC realizará el registro de los actos que los gobiernos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal ejecuten para adoptar e implementar las decisiones tomadas por el CONAC en sus respectivos ámbitos de competencia.
El Secretario Técnico será el encargado de publicar dicha información, asegurándose que cualquier persona pueda tener fácil acceso a la misma. Lo anterior cumple con la finalidad de proporcionar a la población una herramienta de seguimiento, mediante la cual se dé cuenta sobre el grado de cumplimiento de las entidades federativas y municipios. No se omite mencionar que la propia LGCG establece que las entidades federativas

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Periódico Oficial del Estado de México del día 18/06/2018 (Sección Quinta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CountryMexico

Date18/06/2018

Page count16

Edition count918

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

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