Periódico Oficial del Estado de México del día 30/03/2012 (Sección Quinta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

GAC E TA

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TE E I

Ei I E Ft
30 de marzo de 2012

Por ello, el Gobierno a mi cargo asume e implementa, como una política permanente, la búsqueda de mecanismos que permitan aumentar los recursos destinados a inversión pública, siempre cuidando que se de en ern-iarco de una administración eficiente, donde se fortalezcan los ingresos propios y se disminuya el gasto corriente.
No obstante ello, el Estado de México requiere expandir su capacidad productiva y desplegar infraestructura, razón por la cual en ocasiones resulta conveniente la aplicación de recursos a la economía de los entes gubernamentales, mediante la obtención de financiamientos y/o empréstitos que permitan satisfacer sus expectativas de crecimiento, a través de diversos mecanismos ágiles y a un costo reducido.
Por otro lado, el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 201 I, prevé la creación del Fondo de Apoyo para Infraestructura y Seguridad, en su Artículo Transitorio Vigésimo Sexto.
Este Fondo, como su nombre lo indica, tiene por objeto apoyar operaciones asociadas a infraestructura y seguridad pública en las entidades federativas incluyendo en éstas al Distrito Federal.
Al igual que sucedió en el Fondo de Reconstrucción para Entidades Federativas, creado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011, el apoyo consiste en que el Fondo aporte los recursos que servirán como fuente de pago al componente de capital de financiamientos, debiendo las entidades federativas cubrir los intereses correspondientes.
Por todo lo anterior, y en estricto apego a las disposiciones legales y normativas correspondientes, acudimos a esa H. Soberanía con el propósito de solicitar se autorice al Gobierno del Estado de México, a contratar uno o varios financiamientos hasta por la cantidad de Tres Mil Veinte Millones de Pesos, los cuales deberán ser destinados para Inversiones Públicas Productivas, con la Garantía y/o Fuente de Pago y con el mecanismo, que en el propio Decreto se establecen.
En estricta observancia a lo previsto en los artículos 80 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, la presente iniciativa se encuentra debidamente refrendada por el Licenciado Ernesto Javier Nemer Álvarez, Secretario General de Gobierno.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la alta consideración de esa H. Legislatura, por el digno conducto de ustedes, la presente Iniciativa de Decreto a fin de que si lo estiman procedente se apruebe en sus términos.

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO

DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
RUBRICA.

SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

LIC. ERNESTO JAVIER NEMER ÁLVAREZ
RUBRICA.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 30/03/2012 (Sección Quinta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CountryMexico

Date30/03/2012

Page count4

Edition count918

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

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