Periódico Oficial del Estado de México del día 16/08/2011 (Sección Quinta)

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GOBIERNO

16 de agosto de 2011

fecha treinta de diciembre de dos mil diez, que fuera entregado a las mesas directivas de casilla conforme a lo previsto en los artículos 131. 191 y 192 fracciones de la IV a la VI del Código Electoral del Estado de México.
Asimismo, este Órgano Superior de Dirección el treinta y uno de diciembre de dos mil diez, aprobó con fundamento en lo dispuesto por los artículos 95 fracción XIV, 184 y 189 del Código Electoral del Estado de México, el diseño de la documentación electoral que se utilizó en el presente proceso electoral, a través del Acuerdo I EEM/CG/66/20 I 0.
4.

Que en la etapa de preparación del proceso electoral ordinario para elegir al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de México, para el periodo constitucional 2011-2017, se realizaron, en atención a lo previsto en el Título Segundo del Libro Cuarto del Código Electoral del Estado de México, los actos siguientes relacionados al referido proceso comicial:
Mediante Acuerdo número IEEM/CG/03/201 I, aprobado el día diecinueve de enero del año dos mil once, este Consejo General designó, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 95, fracción V, del Código Electoral del Estado de México, a los Vocales de las cuarenta y cinco Juntas Distritales, a efecto de que quedaran integradas en los términos previstos por el artículo 11 I del mismo Código.
Tal designación, se realizó conforme al Estatuto del Servicio Electoral Profesional del Instituto Electoral del Estado de México, y en aplicación del Programa General del Servicio Electoral Profesional para el proceso electoral 2011 en Órganos Desconcentrados, aprobado mediante Acuerdo número IEEM/CG/14/2010, el 30 de abril de 2010, que permitió seleccionar y dotar a los Consejos Distritales del personal calificado necesario a que se refiere el artículo 82, párrafo segundo, del Código Electoral del Estado de México, de acuerdo a los programas de reclutamiento, capacitación, evaluación y selección incluidos en el Programa mencionado.
Asimismo, la designación a que se hace referencia fue realizada como resultado de las evaluaciones realizadas por la Dirección del Servicio Electoral Profesional, a la ponderación del perfil requerido de cada uno de los aspirantes en el correspondiente Catálogo de Cargos y Puestos, a sus antecedentes académicos y su experiencia laboral electoral.
Por Acuerdos I EEM/CG/15/201 I , 1EEM/CG/19/2011, I EEM/CG/30/2011, I EEM/CG/32/2011, IEEM/CG/34/201 1, IEEM/CG/56/201 1, lEEM/CG/71/201 I , IEEM/CG/88/201 1 e IEEM/CG/107/2011, de fechas treinta y uno de enero, dieciséis de febrero, doce, diecisiete y treinta y uno de marzo, diez y veintiséis de mayo, diez y treinta de junio, todos de dos mil once, respectivamente, este Órgano Superior de Dirección realizó diversas sustituciones de Vocales de diferentes Juntas Distritales.
A través del Acuerdo número IEEM/CG/06/201 I , expedido en fecha veintisiete de enero de dos mil once, el Consejo General de este Instituto realizó, con fundamento en el artículo 95, fracción VI, del Código Electoral del Estado de México, la designación de los Consejeros Electorales de los cuarenta y cinco Consejos Distritales, los cuales quedaron integrados en los términos previstos por el artículo 113, fracciones I y il, del ordenamiento electoral en cita. La designación se realizó en base a los "Lineamientos para la integración de la propuesta de Consejeros Electorales Distritales, para la Elección de Gobernador de 201 I", aprobados por este órgano superior de dirección mediante acuerdo número IEEM/CG/37/2010, de fecha primero de octubre de dos mil diez, considerando una valoración curricular y la experiencia laboral electoral de los aspirantes.
Los Consejos iniciaron sus sesiones dentro de los primeros diez días del mes de febrero del año en curso, atento a lo dispuesto por el artículo 115, párrafo primero, del mismo Código.
I EEM/CG/39/20 I I, 1EEM/CG/33/20 I 1, 1EEM/CG/38/2011, Mediante Acuerdos I EEM/CG/25/20 I I, 1EEM/CG/55/20 I 1, IEEMICG/89/20 i I , IEEM/CG/ I 00/2011, IEEM/CG/ I 10/2011 e IEEM/CG/ I 15/2011, de fechas veintiocho de febrero, diecisiete y treinta y uno de marzo este último día corresponde al segundo y tercero de los Acuerdos en cita, diez de mayo, diez y veinticuatro de junio, primero y cinco de julio, todos del presente año, respectivamente, el Órgano Superior de Dirección realizó la sustitución de diversos Consejeros Electorales de los Consejos Distritales.
c Por Acuerdo IEEM/CG/07/201 I, expedido el día treinta y uno de enero del año en curso, se aprobó por este Consejo General, el financiamiento público para, entre otros rubros, la obtención del voto y de organización de procesos internos para la selección de candidatos, en atención a las disposiciones y en aplicación de las reglas previstas en los artículos 12 párrafo noveno de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de

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Periódico Oficial del Estado de México del día 16/08/2011 (Sección Quinta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CountryMexico

Date16/08/2011

Page count8

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