Periódico Oficial del Estado de México del día 31/08/2010 (Sección Quinta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

GACETA

Página 4

DEL GOBIERNO
111 ERNI0

31 de agosto de 2010

XIII. A vivir esta etapa de su vida con calidad y creatividad, impregnada de valores que contribuyan a su desarrollo social y económico con el fin de potencializar sus capacidades y lograr una calidad de vida digna y sustentable.
SECCIÓN II
DERECHOS SOCIALES
Artículo 9.- Los jóvenes tienen derecho a:
La prevención, protección y atención de su salud, a gozar de un bienestar físico y psicológico; a tener acceso a las instituciones y programas encaminados a la prevención, tratamiento, atención y rehabilitación de discapacidades, adicciones y enfermedades;
Ejercer su libre pensamiento y albedrío en lo relacionado a sus creencias, ideología política y proyecto de vida;
Estar informados debidamente acerca de los efectos y daños irreversibles a la salud que producen el alcohol, el tabaco, las drogas, enervantes y fármacos, y sobre todo, qué hacer para evitar su consumo;
Contar con una educación de calidad, suficiente y adecuada al mercado laboral, que fomente los valores, las artes, la ciencia y la tecnología, basada en el respeto a la democracia, las instituciones, los derechos humanos, la paz, la diversidad, la solidaridad, la tolerancia y la equidad de género; con carácter intercultural para jóvenes de las comunidades indígenas; especial para jóvenes que padezcan una disminución de sus facultades físicas o mentales.
Acceder directamente a la educación media superior y/o superior de las instituciones públicas del Estado, cumpliendo con el aprovechamiento académico y requisitos establecidos en el Reglamento de la presente Ley, cuando se trate de jóvenes que viven en los albergues del Estado de México;
Recibir educación sexual en todos los niveles educativos, que fomente una conducta responsable en el ejercicio de la sexualidad, orientada a su plena aceptación e identidad, así como a la prevención de las enfermedades de transmisión sexual, los embarazos no deseados y el abuso o violencia sexual;
Disfrutar y ejercer plenamente su sexualidad, para mantener una conducta sexual, una maternidad o paternidad responsables, sanas, voluntarias y deseadas;
Disfrutar de un medio ambiente sano y equilibrado, con conciencia, responsabilidad, solidaridad y participación en el aprovechamiento racional y sustentable de los recursos naturales;
Acceder al conocimiento y a la tecnología para su educación, información, diversión, esparcimiento y comunicación; y IX. Recibir, acceder, analizar, sistematizar y difundir información objetiva y oportuna que les sea de importancia para sus proyectos de vida, sus intereses colectivos y para el bien de la entidad.

SECCIÓN III
DERECHOS ECONÓMICOS
Artículo 10.- Los jóvenes tienen derecho a un empleo digno con un salario justo, con igualdad de oportunidades y de trato para mujeres y hombres; a la capacitación e inserción de jóvenes con discapacidad, jóvenes embarazadas o en etapa de lactancia;
a que se les facilite el acceso, en su caso, a su primer empleo; a generar e innovar mecanismos para auto emplearse.

SECCIÓN IV
DERECHOS CULTURALES
Artículo 1 I.- Los jóvenes tienen derecho a:
El acceso a espacios culturales, a la libre creación y expresión de sus manifestaciones artísticas de acuerdo a sus intereses y expectativas, respetando la diversidad de idiosincrasia, lenguas y etnias indígenas; y La educación física y a practicar cualquier deporte basado en el respeto, la superación personal y colectiva, el trabajo en equipo y la solidaridad; a disfrutar de actividades de recreación y al acceso a espacios recreativos para el aprovechamiento positivo y productivo de su tiempo libre.
CAPÍTULO II

OBLIGACIONES DE LOS JÓVENES
Artículo 12.- Los jóvenes tienen la obligación de:
1.
Cumplir lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales, las Leyes Federales, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, las Leyes Locales, lo establecido en la presente Ley y otros ordenamientos, para fomentar en ellos una cultura de respeto y legalidad;

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Periódico Oficial del Estado de México del día 31/08/2010 (Sección Quinta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CountryMexico

Date31/08/2010

Page count32

Edition count918

First edition05/01/2000

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