Periódico Oficial de Tamaulipas del 2/2/2023 - Legislativo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Página 12

Victoria, Tam., jueves 02 de febrero de 2023

Periódico Oficial
Artículo 15. Para el ejercicio de sus atribuciones, el Comité estará a cargo de la coordinación intergubernamental para la planeación, gestión, ejecución y seguimiento de estudios, planes, evaluaciones, programas, proyectos, acciones y obras de infraestructura y su equipamiento, dirigidas a resolver de manera oportuna, eficaz, eficiente y estratégica, aspectos prioritarios para el desarrollo de la Capital del Estado.
Artículo 16. El Comité se integrará por las personas titulares de las siguientes dependencias:
A.

Secretaría de Finanzas, quien lo presidirá;

B.

Oficina del Gobernador como vicepresidente;

C.

Secretaría de Administración;

D.

Secretaría de Obras Públicas; y
E.

Presidencia del Municipio de Victoria.

Los integrantes del Comité tendrán derecho a participar con voz y voto; y podrán, designar mediante oficio a un representante que supla sus ausencias, quien tendrá las mismas facultades y obligaciones que el titular.
El Comité contará con una Secretaría Técnica, la cual estará a cargo del titular de la Unidad de Entidades y Fideicomisos de la Secretaría de Finanzas, la cual contará con derecho a voz pero sin voto.
Artículo 17. El Comité deberá sesionar de manera ordinaria cuatro veces al año a convocatoria de la Presidencia, para sesionar válidamente se requerirá un quórum de la mayoría de sus miembros y la asistencia de su Presidente; sus decisiones se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. Así mismo podrá sesionar de manera extraordinaria cuando así lo determine la presidencia.
Artículo 18. Son atribuciones de los miembros del Comité:
I.

Presentar por conducto de la Secretaría Técnica propuestas de estudios, planes, evaluaciones, programas, proyectos, acciones y obras de infraestructura y su equipamiento, dirigidas a resolver de manera oportuna, eficaz, eficiente y estratégica, aspectos prioritarios para el desarrollo de la Capital del Estado;

II.

Aprobar el destino de los recursos del Fideicomiso;

III.

Autorizar la entrega de recursos del Fideicomiso para la ejecución de proyectos;

IV.

Administrar los recursos del Fideicomiso, la cartera de estudios, planes, evaluaciones, programas, proyectos, acciones, obras de infraestructura y su equipamiento a ejecutar, así como definir su prioridad, conforme a las disposiciones aplicables;

V.

Dar seguimiento al avance financiero y físico de los estudios, planes, evaluaciones, programas, proyectos, acciones, obras de infraestructura y su equipamiento apoyado y definir las evaluaciones de sus resultados;

VI.

Cumplir con las reglas y demás disposiciones aplicables en materia de transparencia y rendición de cuentas en la aplicación de los recursos del Fideicomiso;

VII. Aprobar los estados financieros del Fideicomiso y, en su caso, realizar las observaciones a que haya lugar; y VIII. Aprobar las políticas de inversión del patrimonio del Fideicomiso y la aplicación que de dichos recursos realice.
Artículo 19. Son atribuciones de la Secretaría Técnica:
I.

Coordinar el desarrollo de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité;

II.

Coordinar las acciones que permitan el desarrollo de las sesiones y actividades del Comité;

III.

Apoyar en la elaboración y remisión de la convocatoria, orden del día y demás documentación relativa a las sesiones;

IV.

Elaborar y someter a consideración de las y los integrantes las actas de las sesiones;

V.

Dar seguimiento a los acuerdos adoptados en las reuniones del Comité;

VI.

Dar seguimiento a los proyectos aprobados por el Comité; y
VII. Resguardar el archivo documental de los trabajos realizados por el Comité.
Capítulo IV
Del informe del destino de los recursos Artículo 20. El Comité deberá informar trimestralmente a la Secretaría de Finanzas sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos de los recursos transferidos a más tardar en los 20 días hábiles posteriores a la terminación de cada trimestre, en los que se precise la aplicación, destino y resultados obtenidos con los recursos del Fideicomiso erogados en los estudios, planes, evaluaciones, programas, proyectos, acciones, obras de infraestructura y su equipamiento que sean objeto del apoyo, incluyendo la información programática y financiera, de conformidad con las disposiciones aplicables.

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 2/2/2023 - Legislativo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

CountryMexico

Date02/02/2023

Page count14

Edition count4064

First edition02/01/1999

Last issue22/05/2024

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