Periódico Oficial de Tamaulipas del 8/6/2023 - Anexo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Página 4

Victoria, Tam., jueves 08 de junio de 2023

Periódico Oficial
c Centro: Conformada por los municipios de Abasolo, Gemez, Hidalgo, Jiménez, Llera, Mainero, Padilla, San Carlos, San Nicolás, Soto la Marina, Victoria, Casas, y Villagrán;
d Mante: Conformada por los municipios de Antiguo Morelos, Gómez Farías, El Mante, Nuevo Morelos, Ocampo, y Xicoténcatl;
e Sur: Conformada por los municipios de Aldama, Altamira, González, Ciudad Madero y Tampico; y f Valle de San Fernando: Conformada por los municipios de Burgos, Cruillas, Méndez y San Fernando;
XXIX.

Registro Estatal: Al Registro Estatal de Trámites y Servicios;

XXX.

Registro Estatal de Regulaciones: Compilación ordenada de las normas del Estado, de acceso público mediante una ficha informativa que identifique a cada norma;

XXXI.

Registro Municipal: Al Registro Municipal de Trámites y Servicios del municipio que corresponda;

XXXII.

Reglamento Interior: Al Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria del Estado de Tamaulipas;

XXXIII. Reglamento: Al Reglamento de esta Ley que expida la persona Titular del Ejecutivo Estatal, en el ámbito de su competencia;
XXXIV. Regulación o Regulaciones: Cualquier normativa de carácter general cuya denominación puede ser Acuerdo, Circular, Código, Criterio, Decreto, Directiva, Disposición de carácter general, Disposición Técnica, Estatuto, Formato, Instructivo, Ley, Lineamiento, Manual, Metodología, Regla, Reglamento, o cualquier otra denominación de naturaleza análoga que expida cualquier Sujeto Obligado. La regulación o regulaciones a las que hace referencia la presente fracción estarán sujetas al Análisis de Impacto Regulatorio en términos del artículo 81 de la presente Ley;
XXXV.

Servicio: Cualquier beneficio o actividad que los Sujetos Obligados, en el ámbito de su competencia, brinden a particulares, previa solicitud y cumplimiento de los requisitos aplicables;

XXXVI. Simplificación: Al procedimiento por medio del cual se propicia la transparencia y la capacidad de síntesis en la elaboración de las regulaciones y procesos administrativos, así como la reducción de plazos y requisitos o la digitalización o abrogación de los trámites que emanan de tales disposiciones de carácter general, que buscan eliminar cargas a la ciudadanía;
XXXVII. Sistema Estatal: Al Sistema Estatal de Mejora Regulatoria;
XXXVIII. Sistema Municipal: Al Sistema Municipal de Mejora Regulatoria;
XXXIX. Sistema Nacional: Al Sistema Nacional de Mejora Regulatoria;
XL.

Sujeto Obligado: La Administración Pública Estatal, sus dependencias y entidades, los municipios, además la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas. Los poderes legislativo, judicial, así como los organismos con autonomía constitucional y los organismos con jurisdicción contenciosa, que no formen parte de los poderes judiciales serán Sujetos Obligados para efectos de lo previsto en el Capítulo VI del Título Segundo de esta Ley; y
XLI.

Trámite: Cualquier solicitud o entrega de información que las personas físicas o morales del sector privado realicen ante la autoridad competente en el ámbito estatal o municipal, ya sea para cumplir una obligación o en general, a fin de que se emita una resolución.

Artículo 4. Cuando los plazos fijados por esta Ley y su Reglamento sean en días, estos se entenderán como días hábiles. Respecto de los establecidos en meses o años, el cómputo se hará de fecha a fecha, considerando incluso los días inhábiles. Cuando no se especifique el plazo, se entenderán cinco días para cualquier actuación.
Artículo 5. La Administración Pública Estatal y Municipal, impulsarán el uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y comunicaciones para facilitar la interacción con la ciudadanía a efecto de que estos puedan dirigir sus solicitudes, opiniones, comentarios, a través de los sistemas electrónicos de comunicación, así como obtener la atención o resolución de aquellas por los mismos canales. Lo anterior en medida de los recursos con los que cuente cada uno de los Sujetos Obligados.
Artículo 6. Las Regulaciones, para que produzcan efectos jurídicos, deberán ser publicadas por los Sujetos Obligados en el Medio de Difusión.
Capítulo II
De los Principios, Bases y Objetivos de la Mejora Regulatoria Artículo 7. Los Sujetos Obligados, en la expedición de las Regulaciones, Trámites y Servicios deberán respetar los principios de legalidad, reserva de ley, jerarquía normativa, principio de máximo beneficio, control regulatorio, competitividad, máxima publicidad, participación ciudadana y todos aquellos principios que tiendan al cumplimiento de los objetivos de esta Ley.

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 8/6/2023 - Anexo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

CountryMexico

Date08/06/2023

Page count26

Edition count1119

First edition27/01/1999

Last issue22/05/2024

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