Periódico Oficial de Morelos del 22/4/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial de Morelos

22 de abril de 2020

PERIÓDICO OFICIAL

Conviene mencionar que la CABE, en términos de lo establecido en el artículo 57 de la Ley General de Bienes del Estado de Morelos y 15 del Reglamento de la Comisión de Avalúos de Bienes Estatales, tiene una Secretaría Técnica que se encomienda a la actual Dirección General de Patrimonio adscrita a la Secretaría de Administración del Poder Ejecutivo Estatal, la cual es el área encargada de recibir las solicitudes de avalúo y quien, previa revisión, ordenará la realización del instrumento solicitado, cuando reúna los requisitos necesarios; o en su defecto, requerirá al solicitante que complete la base informativa para la elaboración del avalúo, y una vez que sea aprobado por la CABE, ésta regresará el dictamen correspondiente a dicha Dirección General Patrimonio, para continuar con el trámite de entrega al solicitante;
por ende, en el presente instrumento se ha considerado oportuno que sea dicha Unidad Administrativa la que informe a la Secretaría de Hacienda del listado de los expedientes con respecto a los cuales se haya aplicado el subsidio que en este instrumento se otorga.
Debe destacarse que la expedición del presente Acuerdo se rige por los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia, austeridad e imparcialidad; cumpliendo así, además, con lo dispuesto por el artículo 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos.
No se omite mencionar que el presente instrumento también guarda estrecha relación con el Plan Estatal de Desarrollo 2019-2024, en su Eje Rector número 5 denominado: Modernidad para los Morelenses, el cual señala como objetivo estratégico el número 5.41., consistente en fortalecer los ingresos del estado de Morelos, ello en relación con la estrategia número 5.15.1, enfocada en mecanismos de control, seguimiento y evaluación, como medidas de disciplina del gasto en el ejercicio presupuestal para administrar los recursos de manera óptima, la cual como línea de acción número 5.15.1.4, prevé regularizar el patrimonio inmobiliario y aprovechamiento de activos fijos del Poder Ejecutivo.
Por lo expuesto y fundado, tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE OTORGA UN
SUBSIDIO FISCAL EN EL PAGO DE DERECHOS
POR SERVICIOS DE EMISIÓN DE DICTÁMENES
VALUATORIOS DE BIENES INMUEBLES Y
MUEBLES, ASÍ COMO DE JUSTIPRECIACIÓN DE
RENTAS QUE PRESTA LA COMISIÓN DE AVALÚOS
DE BIENES ESTATALES A LAS SECRETARÍAS, DEPENDENCIAS
Y ENTIDADES
DE
LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL.

Página 3

ARTÍCULO PRIMERO. El presente Acuerdo tiene por objeto otorgar un subsidio fiscal a las Secretarías, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal que estén obligadas al pago de los derechos por servicios de avalúo de bienes inmuebles y muebles y justipreciación de rentas, generados en el ejercicio fiscal de 2020, previstos en el artículo 114 QUINTUS-1 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.
ARTÍCULO SEGUNDO. Los contribuyentes referidos en el artículo que antecede, previo cumplimiento de los requisitos respectivos, gozarán del subsidio fiscal que se otorga por virtud del presente Acuerdo, en los siguientes conceptos y porcentajes:
PRECEPTO DE
LA LEY
GENERAL DE

PORCENTAJE DE

CONCEPTO

HACIENDA DEL

SUBSIDIO

ESTADO DE
MORELOS
Por Artículo 114
QUINTUS-1, fracción I

los
dictámenes
valuatorios individuales
de
terrenos urbanos, con base
en
100%

superficie
valuada.
Por Artículo 114
QUINTUS-1, fracción II

los
dictámenes
valuatorios
por
justipreciación
de
rentas de terrenos o terrenos
100%

con
construcción propias.
Por
los
dictámenes
valuatorios
por
justipreciación
de
Artículo 114

rentas de terrenos o
QUINTUS-1,
terrenos
fracción III

construcción locales,
con
100%

de
oficinas
cualquier otro,
o
para
uso propio.
Por
los
dictámenes
valuatorios o
de
Artículo 114

terrenos
QUINTUS-1,
con construcción con
fracción IV

valor comercial para adquisición enajenación.

terrenos
o
100%

About this edition

Periódico Oficial de Morelos del 22/4/2020

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date22/04/2020

Page count132

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

Download this edition

Other editions

<<<Abril 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930