Periódico Oficial de Morelos del 17/1/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial de Morelos

17 de enero de 2020

PERIÓDICO OFICIAL

OCTAVA.- DE LA APROBACIÓN DE EL
PROGRAMA. Una vez concluido el proceso de consulta pública, EL MUNICIPIO integrará las observaciones pertinentes, acordará y validará la versión de EL PROGRAMA, que en términos de las Leyes aplicables deberá ser aprobado y expedido por EL MUNICIPIO.
NOVENA.- DE LA DIFUSIÓN DE EL
PROGRAMA. EL EJECUTIVO ESTATAL, difundirá EL PROGRAMA, en coordinación con EL
MUNICIPIO, con el propósito de lograr la participación corresponsable de la sociedad en su cumplimiento.
DÉCIMA.- DE LAS MODIFICACIONES A EL
PROGRAMA. LAS PARTES de conformidad con la Legislación aplicable, podrán proponer modificaciones a EL PROGRAMA una vez que haya sido expedido, cuando:
I.- No cambie la delimitación entre áreas urbanizables y las no urbanizables y no se altere el límite del centro de población; y, II.- Se derive del interés por incrementar áreas aptas para el desarrollo urbano sustentable, éstas serán viables siempre que se haya ocupado el 50%
del área apta para el desarrollo urbano sustentable de la misma densidad, considerada en el programa vigente.
Una vez expedido EL PROGRAMA, cualquier modificación y/o actualización que se le pretenda realizar, deberá cumplirse en términos de las Leyes aplicables, siguiendo el mismo procedimiento que le dio origen.
DÉCIMA PRIMERA.- DE LA PUBLICACIÓN, REGISTRO Y SEGUIMIENTO DEL PROCESO DE
EL PROGRAMA. LAS PARTES acuerdan realizar dentro del ámbito de sus respectivas competencias, las acciones necesarias para llevar a cabo la publicación y registro de EL PROGRAMA, debiéndose sujetar a lo establecido en la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Morelos y del Reglamento de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Morelos en materia de Ordenamiento Territorial y demás ordenamientos legales y reglamentarios aplicables.
La evaluación y el seguimiento continuo y sistemático de EL PROGRAMA, quedará a cargo de EL MUNICIPIO; en caso de requerirse algunas modificaciones derivadas de aquellas, deberán de ser aprobadas por LAS PARTES.
DÉCIMA SEGUNDA.- DE LOS CONVENIOS
ESPECIFICOS, ANEXOS
TÉCNICOS
Y DE
EJECUCIÓN. LAS PARTES, podrán suscribir los convenios específicos, anexos técnicos y de ejecución que sean necesarios para el cumplimiento de los fines del presente Convenio, en los cuales deberán especificarse con toda precisión las acciones y metas a realizarse, la calendarización de las mismas, los responsables de su ejecución, la vigencia de los compromisos asumidos y, en su caso, los recursos financieros que se destinarán para los anexos respectivos.

Página 53

DÉCIMA TERCERA.- DE LA COORDINACIÓN
Y LA CONCERTACIÓN. Para la consecución del objeto de este Convenio, LAS PARTES en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán invitar a participar o suscribir Convenios de Coordinación o anexos de ejecución con otras Dependencias o Entidades de los Gobiernos Federal, Estatales y Municipales, o bien, Convenios de Concertación con los sectores social o privado, sin que, por virtud de los mismos, se modifique o altere la naturaleza jurídica u objeto del presente Convenio y conforme a la normativa aplicable.
Dichos instrumentos legales contendrán las acciones concretas a realizar, los recursos financieros, materiales y humanos que conforme a su disponibilidad presupuestal aporten LAS PARTES, y el origen de los mismos, los responsables ejecutores de las acciones, los tiempos, las formas en que se llevarán a cabo, la evaluación de resultados, las metas y beneficios que se persiguen.
DÉCIMA CUARTA.- RESPONSABLES DEL
SEGUIMIENTO. A fin de que exista coordinación entre LAS PARTES y se lleve a cabo el seguimiento de las obligaciones y acciones para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, LAS PARTES
convienen designar como responsables del seguimiento a los siguientes servidores públicos:
Por parte de EL EJECUTIVO ESTATAL, al Titular de la Secretaría de Desarrollo Sustentable y al Titular de la Dirección General de Ordenamiento Territorial.
Por parte de EL AYUNTAMIENTO, al Titular de la Dependencia encargada del ramo del desarrollo urbano.
DÉCIMA QUINTA.- DE LAS RELACIONES
LABORALES. LAS PARTES convienen que el personal que cada una designe, comisione o contrate con motivo de la ejecución de las actividades objeto de este Convenio y de los demás convenios y anexos que del mismo pudieran llegar a derivar, se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo designó, comisionó o contrató, quedando bajo su absoluta responsabilidad y dirección, sin que de ello se derive la adquisición de algún tipo de derecho u obligación para la otra parte.
Por lo anterior, no se crearán nexos de carácter laboral, civil, administrativos o de cualquier otra índole con personas dependientes o contratadas por las otras partes, a quienes en ningún caso se les considerará como patrón solidario o sustituto.
DÉCIMA SEXTA.- DEL ACCESO A LA
INFORMACIÓN Y DERECHOS DE AUTOR. LAS
PARTES, promoverán la participación social corresponsable y el acceso de la información en las distintas etapas del Convenio a través de los procedimientos o medios que al efecto se determine en Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos y en sus respectivos Reglamentos y Lineamientos.

About this edition

Periódico Oficial de Morelos del 17/1/2020

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date17/01/2020

Page count56

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

Download this edition

Other editions

<<<Enero 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031