Periódico Oficial de Aguascalientes del 15/10/2018 - Sección 3ra.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Pág. 4

Tercera Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Octubre 15 de 2018

desarrollo, asegurando un ambiente propicio y los recursos naturales que permitan satisfacer las necesidades futuras con base en el desarrollo sustentable;
XXV.
Contaminación: La presencia en el ambiente de uno o más contaminantes o de la combinación de ellos que cause desequilibrio ecológico, efectos negativos a la salud, fauna o flora e impacto negativo a la calidad del aire, agua o suelo;
XXVI.
Contaminación por energía lumínica: La originada por emisión de rayos de luz o destellos luminosos ya sea en forma continua, intermitente o esporádica, que cause molestias no tolerables o efectos negativos en la salud de las personas;
XXVII. Contaminación por energía térmica: La emisión no natural excesiva de calor susceptible de alterar o modificar la temperatura del ambiente o de los espacios, muros o pisos de las edificaciones colindantes a la fuente fija que la genera, causando molestias o efectos negativos en la salud de las personas;
XXVIII. Contaminación por olor: La sensación desagradable producida en el sentido del olfato originado por la emisión de partículas de un cuerpo sólido, líquido o gaseoso, que se perciban al exterior de los inmuebles, establecimientos o áreas y que no sean toleradas por los vecinos colindantes por causarles malestar o efectos negativos en la salud de las personas;
XXIX.
Contaminación por ruido: La provocada por sonidos indeseables continuos o intermitentes, emitidos por cuerpos fijos o móviles, susceptibles de causar problemas de salud o ambientales, riesgos, molestias o perjuicios a las personas y que sobrepasen los límites máximos permitidos en las normas oficiales mexicanas correspondientes;
XXX.
Contaminación por vibración: Todo movimiento o sacudimiento oscilatorio o trepidatorio, generado por fuentes fijas o móviles que se perciban por las personas en muros o pisos colindantes o en el límite de propiedad del establecimiento;
XXXI.
Contaminación visual: La alteración de las cualidades de la imagen de un paisaje natural o urbano, causada por cualquier elemento funcional o simbólico, que tenga carácter comercial, propagandístico o cualquier situación que provoque mal aspecto en relación con su entorno;
XXXII. Contingencia ambiental: La situación de riesgo derivada de actividades humanas o fenómenos naturales, que puede poner en peligro la integridad de las personas y modificar temporal o permanentemente las características y condiciones del ambiente;
XXXIII. Control: El conjunto de acciones de inspección o verificación, vigilancia, orientación, educación y en su caso de ejecución de las medidas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones de este ordenamiento municipal o aquellos relacionados con la materia;
XXXIV. Corrección ambiental: La acción de ajustar y modificar de manera positiva los procesos causales de deterioro ambiental, de acuerdo a lo que se establezca por la autoridad y ordenamiento en la materia para cada caso en particular;
XXXV. Cubierta vegetal: El conjunto de elementos que en forma natural han desarrollado diferentes estados y procesos vegetativos que cubren determinada área de suelo;
XXXVI. Cuerpo receptor: Los sistemas de alcantarillado, río, cuenca, cauce o vaso de depósito de agua que sea susceptible de recibir las descargas de aguas residuales;
XXXVII. Dasonomía urbana: La disciplina que se relaciona con el estudio e inventario de la foresta urbana, enseñándonos a manejar y mantener el desarrollo de la misma;
XXXVIII. Derribo: Al corte total o tala de un árbol;
XXXIX. Desarrollo sustentable: El proceso evaluable mediante criterios e indicadores del carácter ambiental, económico y social que tiende a mejorar la calidad de vida y la productividad de la sociedad, que se funda en medidas apropiadas de preservación del equilibrio ecológico, protección del ambiente y aprovechamiento de recursos naturales, de manera que no se comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras;
XL.
Deterioro ambiental: La alteración de carácter negativo de la calidad del ambiente, en su conjunto o de los elementos que lo integren, cuyo impacto puede provocar afectación a la biodiversidad, a los procesos naturales en los ecosistemas, a la salud y a la calidad de vida de la población;
XLI.
Dirección:Dirección de Parques y Jardines adscrita a la Secretaría de Servicios Públicos;
XLII.
Disposición final: La acción de depositar o confinar permanentemente residuos en sitios e instalaciones cuyas características permitan prevenir su liberación al ambiente y las consecuentes afectaciones a la salud de la población y a los ecosistemas y sus elementos;
XLIII.
Ecosistema: La unidad funcional básica de interacción de los organismos vivos entre sí y de éstos con el ambiente en un espacio y tiempo determinado;

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 15/10/2018 - Sección 3ra.

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

CountryMexico

Date15/10/2018

Page count98

Edition count471

First edition30/10/2000

Last issue28/08/2023

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