Gaceta Oficial de Venezuela del 05/01/2022 - Ordinaria

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Source: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria

455.592

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Artículo
4.

YULISMAR

Queda
JOSEFINA

plenamente CASTILLO

facultada
ciudadana
la
GARBAN,
cédula
de
identidad V.-7.047.568, como DIRECTORA MINISTERIAL
ESTADO

CARABOBO

DEL

MINISTERIO

DEL

PODER

POPULAR PARA HÁBITAT Y VIVIENDA, la competencia para la
Artículo 2. Imprímase íntegramente a continuación el texto de la Resolución Nº 106 de fecha 29 de Diciembre de 2021, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 42.286 de fecha 29 de Diciembre de 2021, con las modificaciones incluidas, y en el correspondiente texto único sustitúyase, por las de la presente, la fecha, firma y demás datos a que haya lugar.

firma de documentos de protocolización de inmuebles, ubicados en el Estado
Miércoles 5 de enero de 2022

Comuníquese y Publíquese,
CARABOBO DEL MINISTERIO DEL PODER

POPULAR PARA HÁBITAT Y VIVIENDA, para realizar todos los procedimientos previos necesarios, a fin de proceder a ocupar de
ILDEMARO MOISES VILLARROEL ARISMENDI

forma temporal o urgente un inmueble en el Estado CARABOBO,
Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda
todo ello en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela y en lo
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA HÁBITAT Y
VIVIENDA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA HÁBITAT Y
VIVIENDA
DESPACHO DEL MINISTRO

dispuesto en la Ley que rige la materia.
Artículo 7. La ciudadana YULISMAR JOSEFINA CASTILLO
GARBAN, cédula de identidad V.-7.047.568, deberá rendir cuenta al Ministro de todos los actos y documentos que haya
Fecha: 29 de Diciembre de 2021

Nº 106

firmado en ejercicio de la delegación prevista en la presente Resolución.

El Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda, designado
Debe decir:

publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
mediante Decreto Nº 3.177 de fecha 26 de noviembre de 2017,
Artículo 1. Designar a la ciudadana YULISMAR JOSEFINA

Venezuela N 6.343 extraordinario de fecha 26 de noviembre de 2017; en ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos
CASTILLO GARBAN, cédula de identidad V.-17.149.786, como
34, 65 y 78, numeral 3 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza
DIRECTORA MINISTERIAL ESTADO CARABOBO DEL
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA HÁBITAT Y

de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con
VIVIENDA.

aparte, de la Ley del Estatuto de la Función Pública;

Artículo 3. Delegar en la ciudadana YULISMAR JOSEFINA
CASTILLO GARBAN, cédula de identidad V.- 17.149.786, como DIRECTORA

MINISTERIAL

ESTADO

CARABOBO

DEL

lo previsto en el artículo 5 numeral 2 y el artículo 19 en su último
RESUELVE
Artículo 1. Designar a la ciudadana YULISMAR JOSEFINA
CASTILLO GARBAN, cédula de identidad V.- 17.149.786, como DIRECTORA

MINISTERIAL

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA HÁBITAT Y

MINISTERIO

DEL

VIVIENDA, la competencia para la firma de documentos de
VIVIENDA.

protocolización de inmuebles, ubicados en el Estado CARABOBO

Artículo 2. En virtud de la presente designación, el ciudadano
con el carácter de Miembro de Pleno Derecho del Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat, debidamente
mencionado
YULISMAR

JOSEFINA

plenamente CASTILLO

facultada
GARBAN,
cédula
CARABOBO

DEL

MINISTERIO

DEL

firma de documentos de protocolización de inmuebles, ubicados en el Estado
CARABOBO DEL MINISTERIO DEL PODER

Autorizar y tramitar los viáticos del personal a su cargo, necesarios para el desarrollo de las funciones propias de la Oficina a su cargo.

4.

Certificar copias de documentos cuyos originales reposan en el archivo de la Oficina a su cargo.

5.

Elaborar el Plan Anual de Construcción de Viviendas y Equipamiento Urbano y demás instrumentos de planificación estratégica de los asentamientos humanos en su estado, en coordinación con el Despacho del Viceministro o Viceministra en Vivienda y Desarrollo Urbano y con las vocerías del Consejo Presidencial para las Comunas en su entidad federal, de acuerdo a los lineamientos emanados por el Ministro o la Ministra.

6.

Mantener actualizada la base de datos de estadísticas e indicadores para la elaboración de los instrumentos de Planificación de Vivienda y Ordenación Urbana, en estricta vinculación con el Despacho del Viceministro o Viceministra en Vivienda y Desarrollo Urbano.

7.

Mantener actualizado el Sistema de Información Geográfica para la elaboración de los instrumentos de Planificación de Vivienda y Ordenación Urbana, en estricta vinculación con el Despacho del Viceministro o Viceministra en Vivienda y Desarrollo Urbano.

POPULAR PARA HÁBITAT Y VIVIENDA, para realizar todos los procedimientos previos necesarios, a fin de proceder a ocupar de forma temporal o urgente un inmueble en el Estado CARABOBO, todo ello en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela y en lo dispuesto en la Ley que rige la materia.
Artículo 7. La ciudadana YULISMAR JOSEFINA CASTILLO
GARBAN, cédula de identidad V.- 17.149.786, deberá rendir cuenta al Ministro de todos los actos y documentos que haya firmado en ejercicio de la delegación prevista en la presente Resolución.

se
3.

PODER

POPULAR PARA HÁBITAT Y VIVIENDA, la competencia para la
continuación
Firmar la correspondencia externa, postal, telegráfica, radiotelegráfica y telefacsímil, en contestación a las peticiones dirigidas por particulares sobre asuntos cuya atención sea competencia de la Oficina a su cargo.

de
identidad V.- 17.149.786, como DIRECTORA MINISTERIAL
ESTADO

a
Y

2.

ciudadana
la
que
DEL

HÁBITAT

Firmar la correspondencia destinada a las demás Direcciones y oficinas de los demás Ministerios, sobre actuaciones de carácter técnico-administrativo, cuya tramitación deba iniciar, continuar y/o concluir, conforme a sus competencias.

para Hábitat y Vivienda.
Queda
atribuciones
CARABOBO
PARA

1.

firmado y autorizado por el ciudadano Ministro del Poder Popular
4.

las
ESTADO
POPULAR

especifican:

autorizados mediante oficio sello dorado y/o punto de cuenta
Artículo
tendrá
PODER

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Gaceta Oficial de Venezuela del 05/01/2022 - Ordinaria

TitleGaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria

CountryVenezuela, Bolivarian Republic of

Date05/01/2022

Page count8

Edition count317

First edition02/01/2013

Last issue22/05/2023

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