Diario Oficial de la Unión Europea del 20/10/2021 - Sección Legislación

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Source: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

20.10.2021

ES

Diario Oficial de la Unión Europea
L 372/27

DECISIÓN DE EJECUCIÓN UE 2021/1839 DE LA COMISIÓN
de 15 de octubre de 2021
por la que se retrasa la fecha de expiración de la aprobación de la creosota para su uso en biocidas del tipo 8
Texto pertinente a efectos del EEE

LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento UE n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas 1, y en particular su artículo 14, apartado 5, Previa consulta al Comité Permanente de Biocidas, Considerando lo siguiente:
1

La sustancia activa creosota se incluyó, para su uso en biocidas del tipo 8, en el anexo I de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo 2 y, con arreglo al artículo 86 del Reglamento UE n.o 528/2012, se considera aprobada en el marco de este Reglamento, con las especificaciones y condiciones establecidas en el anexo I de la Directiva mencionada.

2

El 27 de octubre de 2016, de conformidad con el artículo 13, apartado 1, del Reglamento UE n.o 528/2012, se presentó una solicitud de renovación de la aprobación de la creosota para su uso en biocidas del tipo 8.

3

El 16 de septiembre de 2019, la antigua autoridad competente evaluadora del Reino Unido presentó a la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas la Agencia una recomendación sobre la renovación. El 30 de enero de 2020, la autoridad competente de Polonia asumió la función de autoridad competente evaluadora en relación con la solicitud.

4

Dado que en julio de 2020 aún no se disponía del dictamen de la Agencia sobre la renovación de la aprobación de la sustancia activa, la fecha de expiración de la aprobación de la creosota se retrasó hasta el 31 de octubre de 2021
mediante la Decisión de Ejecución UE 2020/1038 de la Comisión 3, a fin de disponer de tiempo suficiente para completar el examen de la solicitud.

5

De conformidad con el artículo 14, apartado 3, del Reglamento UE n.o 528/2012, la Agencia adoptó su dictamen 4 el 4 de diciembre de 2020, teniendo en cuenta las conclusiones de la autoridad competente evaluadora.

6

Al ser un carcinógeno de categoría 1B de conformidad con el Reglamento CE n.o 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo 5 y cumplir los criterios para ser considerada sustancia persistente, bioacumulable y tóxica y sustancia muy persistente y muy bioacumulable con arreglo al anexo XIII del Reglamento CE n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo 6, la creosota reúne los criterios de exclusión del artículo 5, apartado 1, letras a
1 DO L 167 de 27.6.2012, p. 1.
2 Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 1998, relativa a la comercialización de biocidas DO
L 123 de 24.4.1998, p. 1.
3 Decisión de Ejecución UE 2020/1038 de la Comisión, de 15 de julio de 2020, por la que se retrasa la fecha de expiración de la aprobación de la creosota para su uso en biocidas del tipo de producto 8 DO L 227 de 16.7.2020, p. 74.
4 Biocidal Products Committee BPC opinion on the application for renewal of the approval of the active substance: creosote, Product type: 8
Dictamen del Comité Permanente de Biocidas sobre la solicitud de renovación de la aprobación de la sustancia activa creosota para los biocidas del tipo 8, ECHA/BPC/274/2020, adoptado el 4 de diciembre de 2020.
5 Reglamento CE n.o 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento CE n.o 1907/2006 DO L 353 de 31.12.2008, p. 1.
6 Reglamento CE n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas REACH, por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento CEE n.o 793/93 del Consejo y el Reglamento CE
n.o 1488/94 de la Comisión, así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE
y 2000/21/CE de la Comisión DO L 396 de 30.12.2006, p. 1.

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Diario Oficial de la Unión Europea del 20/10/2021 - Sección Legislación

TitleDiario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

CountryBelgium

Date20/10/2021

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Last issue29/09/2023

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