Diario Oficial de la Federación del 18/03/2024

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DIARIO OFICIAL

Lunes 18 de marzo de 2024

que reciba los recursos por parte de la SHCP. Los recursos del FASSA, que se entreguen a EL FONSABI, deberán estar debidamente identificados en las cuentas o subcuentas específicas del mismo.
c EL GOBIERNO DEL ESTADO deberá entregar, en el plazo previsto en el Anexo 5, los recursos propios o de libre disposición que cubran el pago de servicios personales y de operación de atención a la salud señalados en el artículo 77 bis 13 y, en su caso, los contemplados en el artículo 77 bis 14 de la LGS a EL FONSABI en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 77 bis 16 A, segundo párrafo de la LGS, así como en la legislación aplicable y actos jurídicos que se celebren.
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Las obligaciones a cargo del IMSS-BIENESTAR surtirán sus efectos una vez que se informe por escrito a EL GOBIERNO DEL ESTADO los conceptos de gasto correspondientes y demás compromisos asumidos, por lo que hasta en tanto, EL GOBIERNO DEL ESTADO continuará garantizando en todo momento la continuidad de los servicios de atención a la salud y asumiendo en consecuencia los conceptos de gasto correspondientes.
SEGUNDA. RATIFICACIÓN DEL CONTENIDO DEL CONVENIO PRINCIPAL. LAS PARTES acuerdan que, salvo las modificaciones efectuadas al CONVENIO PRINCIPAL en virtud del presente instrumento, las demás disposiciones quedan vigentes con toda su fuerza y alcance legal formando éstas y el presente convenio modificatorio, una sola unidad contractual.
TERCERA. ENTRADA EN VIGOR DEL CONVENIO MODIFICATORIO. LAS PARTES convienen que las modificaciones efectuadas al CONVENIO PRINCIPAL, pactadas en el presente convenio modificatorio, entrarán en vigor a partir de la fecha de su firma.
Previa lectura y debidamente enteradas LAS PARTES del contenido, alcance y fuerza legal del presente Convenio Modificatorio al CONVENIO PRINCIPAL, en virtud de que se ajusta a la expresión de su libre voluntad y que su consentimiento no se encuentra afectado por dolo, error, mala fe, ni otros vicios de la voluntad, lo firman y rubrican, ratificando con ello todas sus partes, en la Ciudad de México, el 18 de enero de 2024, en cuatro ejemplares originales, conservando uno cada una de LAS PARTES.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador Constitucional del Estado de Sonora, Dr. Francisco Alfonso Durazo Montaño.Rúbrica.- Por el IMSS-BIENESTAR: Director General, Dr. Alejandro Antonio Calderón Alipi.- Rúbrica.Por el IMSS: Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, Mtro. Zoé Alejandro Robledo Aburto.- Rúbrica.- Por la SSA: Secretario de Salud, Dr. Jorge Carlos Alcocer Varela.- Rúbrica.- Con la asistencia por la SSA de: Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, Mtro. Marco Vinicio Gallardo Enríquez.- Rúbrica.- Con la asistencia por el Gobierno del Estado de: Secretario de Gobierno, Lic. Adolfo Salazar Razo.- Rúbrica.- Secretario de Salud Pública y Presidente Ejecutivo de los Servicios de Salud de Sonora, Dr. José Luis Alomía Zegarra.- Rúbrica.- Secretario de Hacienda, C.P. José Manuel Quijada Lamadrid.- Rúbrica.- Con la asistencia por IMSS-BIENESTAR de: Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, Lic. Aunard Agustín de la Rocha Waite.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Atención a la Salud, Dr. Víctor Hugo Borja Aburto.- Rúbrica.- Con la asistencia por el IMSS de: Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, Dra. Célida Duque Molina.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

ALEJANDRO LÓPEZ GONZÁLEZ, Director General Adjunto Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, Secretaría de Gobernación Tel. 55 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios Dirección electrónica: www.dof.gob.mx Esta edición consta de 22 páginas

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Diario Oficial de la Federación del 18/03/2024

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date18/03/2024

Page count22

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First edition01/01/2011

Last issue13/05/2024

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