Diario Oficial El Peruano del 11/1/2024

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Source: Diario Oficial El Peruano

BOLETÍN OFICIAL

Lima, jueves 11 de enero de 2024 I EL PERUANO

Analítico de Personal - PAP vigente de la EPS. Asimismo, en la adquisición de vestuario para el personal de los proyectos de inversión, deberán contar con la disponibilidad presupuestal dentro del proyecto.

Los gastos de publicidad e impresiones se efectúan estrictamente de acuerdo a lo establecido en el Presupuesto Anual de la EPS. La Oficina de Imagen Institucional coordina con las áreas pertinentes para la emisión de avisos e impresiones necesarias que requiera la EPS.

Solamente se atenderán las celebraciones institucionales, festivas y recreacionales que hayan sido previstas y aprobadas en el Presupuesto de la EPS, siempre y cuando se cuente con la disponibilidad económica para tal fin. La Gerencia Administrativa Financiera a través del Departamento de Recursos Humanos formula un Programa de Actividades Institucionales que serán aprobadas por el Titular.

La Gerencia Administrativa Financiera y la Gerencia de Operaciones y Mantenimiento, fomentan y supervisan en la EPS el cumplimiento obligatorio de las medidas de Ecoeficiencia, para garantizar el uso eficiente de la energía eléctrica, agua potable, papel, combustible y gestión de los residuos sólidos con la finalidad de contribuir con la conservación del ambiente y generar ahorro en la EPS.

El Departamento de Logística, deberá cumplir estrictamente con los montos para la determinación de procesos de selección indicados en artículo 14 de la Ley de Presupuesto, lo dispuesto por el OSCE y demás disposiciones legales vigentes sobre esta materia.
OTRAS DISPOSICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL GASTO

La EPS debe adoptar las acciones necesarias para la óptima utilización de los recursos de los activos fijos y de los materiales disponibles, que permitan una efectiva reducción de sus costos.

La EPS debe dar prioridad a las inversiones aprobadas en el Estudio Tarifario vigente, a fin de mantener o aumentar la eficiencia de la actual capacidad productiva, en el marco de las disposiciones establecidas en el TUO del Decreto Legislativo Nº 1252, Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, su Reglamento y normatividad presupuestal aplicable.

Se debe guiar por el criterio de racionalidad de gastos, el cual debe dirigirse hacia fines preferentemente productivos. La reducción de gastos no debe generar una disminución de la calidad y operatividad de los servicios.

Los ingresos de ventas, deben procurar obtener resultados económicos y flujos de caja positivos durante el ejercicio 2023.

Debe analizarse permanentemente las posibilidades de sustitución de insumos en los procesos productivos, con el fin de disminuir costos sin perjuicio de la calidad de la operatividad del servicio.

Al término de cada trimestre la Entidad debe efectuar una evaluación de su situación económica financiera y formular los planteamientos que se consideran necesarios para su óptima utilización, para ello las Gerencias, Jefaturas de Oficina y Jefaturas Zonales, deben presentar un informe de resultados de la gestión realizada.

7.3

Los arbitrajes en materia laboral se sujetan a las limitaciones legales establecidas por la Ley Nº 31953 y disposiciones legales vigentes.
EN MATERIA DE BIENES Y SERVICIOS

La contratación de bienes y servicios se debe realizar de conformidad a los dispuesto en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024; el Decreto Supremo N 082-2019-EF, TUO de la Ley N 30225 Ley de Contrataciones del Estado; y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modificatorias; y demás normativas legales aplicables en materia de contratación pública.

Quedan prohibidos los viajes al exterior de funcionarios y personal de la EPS con cargo a recursos directamente recaudados, salvo que se cuente con la autorización del Directorio previo informe legal en concordancia con normativa sobre la materia.

Los viajes al interior del país se limitarán a lo estrictamente necesario para el desarrollo de las actividades de operación de los servicios y de gestión de la empresa; y deberán ser aprobados por el Gerente General conforme a lo establecido en la directiva interna de viáticos. La Gerencia Administrativa Financiera debe verificar que los viáticos y pasajes no hayan sido cubiertos por el ente organizador del evento.

Los servicios de terceros quedan limitados a la realización de actividades eventuales, específicas, complementarias o suplementarias, distintas a las establecidas en los documentos de gestión de la EPS; y deben contar con la autorización del Gerente General, previo informe presupuestal favorable de la Oficina de Planeamiento y el informe sustentatorio del área que requiere la contratación
Solo se podrán efectuar gastos por concepto de refrigerio y/o movilidad, aquellos que se deriven de trabajo que se realice en la atención de emergencias, trabajos específicos autorizados, talleres, capacitaciones y otros fuera del horario laboral con plazos de presentación del informe correspondientes y que cuente con la disponibilidad presupuestal. El Gerente o Jefe de Oficina correspondiente es el responsable del cumplimiento de esta disposición.

La adquisición de vehículos automotores se realiza con cargo a los recursos del presupuesto institucional de la Entidad, exclusivamente para la implementación de las intervenciones a su cargo o para la renovación de los vehículos automotores que tengan una antigedad igual o superior a diez años, por cualquier fuente de financiamiento y conforme a la normativa vigente.
La adquisición sólo puede efectuarse previa autorización del Titular de la Entidad mediante resolución que se publica en el portal institucional, esta facultad es indelegable.

Para el uso, control y mantenimiento de los vehículos y maquinaria pesada, los órganos y unidades orgánicas deben cumplir con las disposiciones establecidas en la directiva interna vigente.

En ningún caso, el gasto mensual por servicios telefonía móvil, servicios de comunicaciones personales PCS y servicio de canales múltiples de selección automática troncalizado puede exceder al monto resultante de la multiplicación del número de equipos por S/ 180.00.
Se considera, dentro del referido monto, el costo por el alquiler del equipo, así como el valor agregado al servicio según sea el caso.

Debe promoverse obligatoriamente el uso del correo electrónico y Sistema de Trámite Documentario, así como la transmisión digital de documentos internos, normas legales, entre otros.

La contratación del número de puestos del servicio de vigilancia debe reducirse a lo estrictamente necesario. La Gerencia Administrativa Financiera y Gerencia de Operaciones y Mantenimiento, evalúan y determinan los requerimientos de la EPS.

Los gastos con Caja Chica deben ceñirse estrictamente a gastos urgentes o de emergencia y contar con la autorización del Gerente o Jefe. Para tal fin, la Gerencia Administrativa Financiera, velará por el correcto cumplimiento de la directiva interna de asignación y manejo de la caja chica de las diferentes dependencias al personal responsable autorizados a través de Resolución de Gerencia General.

Para el otorgamiento de anticipos, todas las áreas solicitantes deberán cumplir con los requisitos y demás disposiciones contenidas en la directiva interna vigente.

La adquisición de vestuario con cargo a la fuente de financiamiento recursos propios, solo se realiza para el personal que cuente con una plaza aprobada y presupuestada en el Presupuesto
3

7.4

VIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
8.1.

8.2

Los aspectos no previstos en la presente Directiva, será de aplicación las disposiciones contenidas en la Ley N 31953, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, Decreto Legislativo Nº 1440, disposiciones vigentes de la Ley Nº 28411, y la normatividad de índole presupuestal, en lo que sea aplicable.
Cualquier excepción a la presente Directiva debe ser solicitada y debidamente sustentada al Directorio, el mismo que evaluará el requerimiento y dispondrá, de ser el caso, la autorización correspondiente.
ELABORADO POR:

REVISADO POR:

APROBADO POR:

CÓDIGO: 220

CÓDIGO: 190, 220, 280

CÓDIGO: 100
030-2251245-1

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Diario Oficial El Peruano del 11/1/2024

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date11/01/2024

Page count32

Edition count2747

First edition01/01/2016

Last issue06/06/2024

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