Diario Oficial de la República de Chile del 3/4/2023 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 4

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Lunes 3 de Abril de 2023

2 Asimismo, el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones y los Secretarios Regionales Ministeriales, reciben solicitudes de lobby en materia de telecomunicaciones, por lo que deben incluirse como sujetos pasivos de lobby las personas que ejercen los siguientes cargos, sea en calidad de titulares, subrogantes o suplentes, siendo estos los siguientes:

del Medio Ambiente y su Régimen de Remuneraciones; en el decreto N 70, de 28 de diciembre de 2022, del Ministerio del Medio Ambiente, que nombra a doña Marie Claude Plumer Bodin en el cargo de Superintendenta del Medio Ambiente;
y en la resolución N7 de 2019 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, a partir de las cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda.
Considerando:
1. Que, el artículo 31 del decreto con fuerza de ley N1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, dispone que corresponde a la Jefatura de servicio dirigir, organizar y administrar su servicio, controlarlo y velar por el cumplimiento de sus objetivos.
2. Que, por medio del artículo segundo de la Ley N20.417, se creó la Superintendencia del Medio Ambiente y fijó su ley orgánica, la que en su artículo 4 otorgó a el/la Superintendente/a la calidad de jefe de servicio, correspondiéndole -conforme a los literales a y f de dicho artículoplanificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento de la institución, así como encomendar las funciones que estime necesarias a las distintas unidades que conforman la orgánica interna del servicio.
3. Que, conforme a lo previsto en el artículo 9 de la citada ley orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, el/la superintendente/a, podrá establecer la organización interna y las denominaciones y funciones que correspondan a cada una de las unidades establecidas para el cumplimiento de las funciones que le sean asignadas, como asimismo el personal que estará adscrito a tales unidades, con sujeción a la planta y la dotación máxima de su personal.
4. Que, mediante la resolución exenta N2.124, de fecha 30 de septiembre de 2021, se fijó la organización interna de la Superintendencia del Medio Ambiente, estableciendo una nueva estructura interna de este Servicio, la que, debido a un nuevo sistema de funcionamiento, y consideración a las facultades de planificación, organización, dirección, coordinación y control del adecuado funcionamiento de la institución de la Jefatura del Servicio, se ha estimado necesario readecuar, a fin que el servicio cumpla debidamente, de manera efectiva y eficiente, cada una de sus funciones.
5. Que, en base a las razones y disposiciones legales citadas, resuelvo lo siguiente.

RE
PR
N ES
O E
O N
FI TA
C C
IA IÓ
L N

1. Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
2. Pablo Maturana Fuentes, Secretario Regional Ministerial Región de Arica y Parinacota.
3. Roderick Solis Furniel, Secretario Regional Ministerial Región de Tarapacá.
4. Romina Vera Butt, Secretaria Regional Ministerial Región de Antofagasta.
5. Carla Orrego Esquivel, Secretaria Regional Ministerial Región de Atacama.
6. Alejandra Maureira Flores, Secretaria Regional Ministerial Región de Coquimbo.
7. Benigno Retamal Rodríguez, Secretario Regional Ministerial Región de Valparaíso.
8. Roberto Santa Cruz González, Secretario Regional Ministerial Región Metropolitana.
9. Flavia González Urzúa, Secretaria Regional Ministerial Región del Libertador Bernardo OHiggins.
10. Ximena Oliva Aravena, Secretaria Regional Ministerial Región del Maule.
11. Javier Isla Figueroa, Secretario Regional Ministerial Región del Ñuble.
12. Héctor Silva Gormaz, Secretario Regional Ministerial Región del Biobío.
13. Mary Valdebenito Tapia, Secretaria Regional Ministerial Región de la Araucanía.
14. Jean Ugarte Ayala, Secretario Regional Ministerial Región de Los Ríos.
15. Pablo Joost Winkler, Secretario Regional Ministerial Región de Los Lagos.
16. Claudia Cantero Delgado, Secretaria Regional Ministerial Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.
17. Rodrigo Hernández Navarro, Secretario Regional Ministerial Región de Magallanes y la Antártica Chilena.

Nº 43.518

3 Regístrese a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial, en los registros de Agenda Pública, señalados en la Ley del Lobby, la información pertinente a los sujetos pasivos establecidos a través de la presente resolución.

Anótese, publíquese en el Diario Oficial y en la página web de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, y archívese.- Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Brunilda Vergara Gálvez, Jefa División Administración y Finanzas S.

Ministerio del Medio Ambiente
SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE

CVE 2294998
FIJA ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA SUPERINTENDENCIA DEL
MEDIO AMBIENTE Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN EXENTA QUE
INDICA
Resolución
Resolución:

1 Apruébase el siguiente Reglamento Orgánico de la Superintendencia del Medio Ambiente:
REGLAMENTO ORGÁNICO SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO
AMBIENTE
TÍTULO I
DE LA NATURALEZA Y FINES

Artículo 1º Corresponde a la Superintendencia del Medio Ambiente, ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y la fiscalización de las Resoluciones de Calificación Ambiental, de las medidas de los Planes de Prevención y/o de Descontaminación Ambiental, del contenido de las Normas de Calidad Ambiental y Normas de Emisión, y de los Planes de Manejo, cuando corresponda, y de todos aquellos otros instrumentos de carácter ambiental que establezca la ley, encontrándose facultada para imponer sanciones, de conformidad a lo señalado en su ley orgánica.

Núm. 564 exenta.- Santiago, 29 de marzo de 2023.

TÍTULO II
ESTRUCTURA ORGÁNICA

Vistos:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N29, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley N19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente;
en la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, fijada en el artículo segundo de la ley N20.417, de 2010, que crea el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; en el decreto con fuerza de ley N 3, de 11 de septiembre de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija la Planta del Personal de la Superintendencia
Artículo 2º La estructura orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, estará conformada por las siguientes unidades administrativas y sus respectivas secciones:
a Superintendente - Superintendente/a - Jefe/a de Gabinete b Fiscalía FIS
- Sección Jurídica - Sección de Control Sancionatorio - Sección de Litigios

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Diario Oficial de la República de Chile del 3/4/2023 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date03/04/2023

Page count32

Edition count1245

First edition17/08/2016

Last issue19/03/2024

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