Diario Oficial de la República de Chile del 3/4/2023 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 43.518

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Lunes 3 de Abril de 2023

Sección I - 3

Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
5. En su artículo 11:
a. Reemplázase en su numeral 2, literal b, inciso segundo, la frase no podrá ser mayor al 70% ni inferior al 60% del monto percibido durante el año anterior. por la frase de acuerdo con los literales a, b y c del artículo 10, no podrá aumentar en más de un 20% ni menos del 15% respecto del monto percibido durante el año anterior..

CVE 2294594
ESTABLECE CARGOS FUNCIONARIOS CONSIDERADOS SUJETOS
PASIVOS DE LOBBY CONFORME A LA LEY N 20.730, QUE REGULA
EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES
PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS PARA
LA SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES

RE
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N ES
O E
O N
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C C
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L N

6. En su artículo 12, en su inciso final, suprímase la frase La Dirección de Educación de Pública deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos sobre la utilización de estos recursos..
7. Elimínase su artículo 14, pasando a ser su artículo 15, su nuevo Artículo 14 y su Artículo 15 bis, el nuevo artículo 15.
8. En su actual artículo 15 bis, que pasa a ser el nuevo artículo 15, reemplázase el guarismo 2022 por 2023.
9. En artículo 16, sustitúyase el monto $21.224.167.000 por $33.415.648.000.
10. En artículo 17, agrégase el siguiente nuevo inciso cuarto y nuevo inciso final, del siguiente tenor:

SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES

Con cargo a estos recursos se podrán financiar acciones pedagógicas tendientes a disminuir brechas de aprendizaje, deserción escolar y ausentismo escolar provocadas por la pandemia que sean parte del Plan de Recuperación Educativa.
Los usos específicos en que se emplearán estos recursos, las formas y procedimientos de entrega y rendición de los mismos son los establecidos en el presente instrumento y en la resolución del Ministerio de Educación, distinta a la presente, que se dicte a propósito de la ejecución del Fondo para la Reactivación Educativa, la que deberá ser visada por la Dirección de Presupuestos.
Anótese, tómese razón y publíquese.- Marco Antonio Ávila Lavanal, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Gabriel Bosque Toro, Subsecretario de Educación.

Ministerio de Vivienda y Urbanismo
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN
Región del Biobío
CVE 2294586
DESIGNA SUJETOS PASIVOS DE LA LEY 20.730 QUE REGULA EL LOBBY
Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES
ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS
Extracto de resolución exenta del Servicio de Vivienda y Urbanización Región del Biobío Nº E1311 de 22 de marzo de 2023, que designa como sujetos pasivos de la ley Nº 20.730 a los siguientes funcionarios:
- Jefea Departamento Provincial Serviu Arauco.
- Jefea Departamento Provincial Serviu Biobío.
- Jefea Departamento Administración y Finanzas.
- Encargadoa Sección Logística.
- Jefea Departamento Jurídico.
- Jefea Departamento de Operaciones Habitacionales.
- Jefea Unidad Plataforma de Pagos y Ejecución Presupuestaria de Subsidios.
- Jefea Departamento de Programación Física y Control.
- Jefea Departamento Técnico de Construcciones y Urbanización.
- Jefea Área de Licitación y Contrato.
- Jefea Área de Proyectos y Obras Habitacionales.
- Jefea Área de Proyectos Urbanos y Ciudad.
- Jefea Área de Inspección Técnica de Obras.
- Jefea Unidad Entidad Patrocinante Serviu.
- Jefea Unidad de Gestión de Suelos.
- Encargadoa Unidad de Asentamientos Precarios.

El texto íntegro de esta resolución está publicado en la página web de Serviu Región del Biobío www.serviubiobio.cl.- Eduardo Seguel Arriagada, Director S Serviu Región del Biobío.

Resolución
Santiago, 24 de marzo de 2023.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 661 exenta.
Vistos:

1. La ley N 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios;
2. La ley N 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado;
3. El decreto supremo N 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el Reglamento de la ley N 20.730;
4. El decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
5. El decreto ley N 1.762 de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones;
6. El decreto N 76, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que designa Subsecretario de Telecomunicaciones;
7. La resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y, Considerando:

1. Que, el artículo 3 de la ley 20.730, dispone que son sujetos pasivos de lobby los Ministros, Subsecretarios, Jefes de Servicios, los Directores Regionales de los Servicios Públicos, los Delegados Presidenciales Regionales, los Delegados Presidenciales Provinciales, los Gobernadores Regionales, los Secretarios Regionales Ministeriales, los Embajadores, sus Jefes de Gabinete si los tuvieren cualquiera sea su forma de contratación, así como las personas que en razón de su función o cargo tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones y reciban por ello 2. Que, la misma norma señala que corresponde al Jefe Superior del Servicio, anualmente dictar una resolución individualizando a las personas que se encuentran en la calidad de sujeto pasivo de lobby, la que deberá estar publicada permanentemente en los sitios electrónicos indicados en el artículo 9 de la citada ley.
3. Que, en uso de mis facultades, Resuelvo:

1 Establézcanse como sujetos pasivos de la ley N 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representan intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, las personas que ejercen los siguientes cargos en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, sea en calidad de titulares, subrogantes o suplentes.
1. Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.
2. Guillermo Petersen Núñez, Jefe de Gabinete del Sr. Subsecretario de Telecomunicaciones.
3. Marcelo Rute Hernández, Jefe de la División Fondo Desarrollo de las Telecomunicaciones.
4. Raúl Domínguez Bastidas, Jefe de la División Fiscalización.
5. Virginia Reginatto Contreras, Jefa de la División Política Regulatoria y Estudios.
6. Carolina Lagos Aguirre, Jefa de la División Concesiones.
7. María Verónica Gorigoitía Montero, Jefa de la División Jurídica.
8. Brunilda Vergara Gálvez, Jefa de la División de Administración y Finanzas S.

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Diario Oficial de la República de Chile del 3/4/2023 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date03/04/2023

Page count32

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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