Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/11/2023

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

28 de noviembre de 2023

B.O. P. DE CADIZ NUM. 226

Línea subterránea de media tensión S/C, con conductor RH5Z1 18/30 kV 3x1x240
mm2 Al XLPE, comprendido entre la arqueta A2 nº54 a instalar, empalme con la línea existente procedente de la celda de línea 37 del CD-22797 y la arqueta A2 nº55
a instalar, empalme con la línea existente procedente de la celda de línea 27 del CD82886 ,longitud 30 m.
Línea subterránea de media tensión S/C, con conductor RH5Z1 18/30 kV 3x1x240
mm2 Al XLPE, comprendido entre la arqueta A2 nº59 a instalar, empalme con la línea existente procedente de la celda de línea 37 del CD-22797 , y la arqueta A2
nº71 a instalar, empalme con la línea existente procedente de la celda de línea 27 del CD-82886 , longitud 665 m.
Línea subterránea de media tensión S/C, con conductor RH5Z1 18/30 kV 3x1x240
mm2 Al XLPE, comprendido entre la arqueta A2 nº72 a instalar, empalme con la línea existente procedente de la celda de línea 37 del CD-82886, y la arqueta A2 nº67
a instalar, empalme con la línea existente procedente de la celda de línea 37 del CD100132 , longitud 355 m.
Línea subterránea de media tensión S/C, con conductor RH5Z1 18/30 kV 3x1x240
mm Al XLPE, comprendido entre la arqueta A2 nº60 a instalar, empalme con la línea existente procedente de la celda de línea 17 del CD-100132 , y la arqueta A2
nº59 a instalar, empalme con la línea existente procedente de la celda de línea 17 del CD-84827 , longitud 10 m.
Línea subterránea de media tensión S/C, con conductor RH5Z1 18/30 kV 3x1x240
mm Al XLPE, comprendido entre la celda de línea 17 del CD-103722 existente y la arqueta A2 nº74 a instalar, empalme con la línea existente procedente de la celda de línea 37 del CD-84827 , longitud 940 m.
Línea subterránea de media tensión S/C, con conductor RH5Z1 18/30 kV 3x1x240
mm Al XLPE, comprendido entre la conversión aérea-subterránea a instalar en el apoyo A102379 existente y la conversión aérea-subterránea a instalar en el nuevo apoyo A102217, longitud 1.130 m.
Línea subterránea de media tensión S/C, con conductor RH5Z1 18/30 kV 3x1x240
mm2 Al XLPE, comprendido entre la conversión aérea-subterránea a instalar en el apoyo A102379 existente y la celda de línea 29 del CD-103722 ,longitud 225 m.
Línea subterránea de media tensión S/C, con conductor RH5Z1 18/30 kV 3x1x240
mm Al XLPE, comprendido entre la arqueta A2 nº9 a instalar, empalme con la línea existente procedente de la celda de línea 17 del CD-22099, y la arqueta A2 nº119
existente, empalme con la línea existente procedente de la celda de línea 37 del CD103373 ,longitud 2.410 m.
Línea subterránea de media tensión S/C, con conductor RH5Z1 18/30 kV 3x1x240
mm Al XLPE, comprendido entre la celda de línea 17 del CD-103373 existente y la arqueta A2 nº103 a instalar, empalme con la línea existente procedente de la celda de línea 37 del CD-82796 ,longitud 1.685 m.
Línea subterránea de media tensión S/C, con conductor RH5Z1 18/30 kV 3x1x240 mm Al XLPE, comprendido entre la nueva celda de línea 47 del CD-103373 existente y la conversión aérea-subterránea a instalar en el apoyo PT22835 existente, longitud 460 m.
CT

Reforma centro de transformación CD-103373 CALLEJ.PELIGRA, nueva celda aislamiento y corte en SF6 .

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

6. Esta Resolución podrá quedar sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al
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de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Veinte de septiembre de dos mil veintitrés. LA DELEGADATERRITORIAL
EN CÁDIZ. MARÍA INMACULADA OLIVERO CORRAL. FIRMADO. Nº 129.743

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE COOPERACION
GESTION DE FONDOS PROFEA

Francisco Javier Bello González, Diputado Delegado de Cooperación, en uso de las atribuciones conferidas por la Presidenta Decretos de fecha 17 de octubre y 28 de julio de 2023, al amparo de lo dispuesto en el artículo 34.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, he resuelto dictar con esta fecha el siguiente DECRETO

En relación a la aprobación de la convocatoria del procedimiento de selección del personal Encargados y Capataces la ejecución del Programa de Fomento del Empleo Agrario de 2023 PROFEA 2023 que ejecuta la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, CONSIDERANDO

I.- Que el Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, regula la afectación al Programa de Fomento de Empleo Agrario de proyectos de obras y servicios de interés general y social a ejecutar por las distintas Administraciones Públicas, subvencionándose la contratación de trabajadores desempleados, preferentemente eventuales agrarios, mediante créditos destinados a tal fin por el Servicio Público de Empleo Estatal.

Esta normativa que regula la selección de los trabajadores contratados por la Diputación Provincial de Cádiz para la ejecución de las obras afectas al Programa de Fomento de Empleo Agrario PROFEA, establece el procedimiento para su contratación, la modalidad de contratación a utilizar y su duración.

II.- Que además de en el RD 939/1197, este procedimiento también se encuentra recogido en el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo y la Resolución de 30 de marzo de 1999 del Instituto Nacional de Empleo BOE de 13 de abril de 1999.

III.- Que en relación con la selección de los trabajadores desempleados para su contratación en la ejecución de las obras afectas al Programa de Fomento de Empleo Agrario PROFEA, la Diputación Provincial de Cádiz solicita a la Oficina de Empleo los trabajadores mediante oferta genérica, debiéndose contratar a los trabajadores seleccionados por la Oficina de Empleo previa aplicación de los criterios prioritarios establecidos por la Comisión Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 939/1997, de 20 de junio y apartado II de la Resolución de 30 de marzo de 1999, del Instituto Nacional de Empleo BOE de 13 de abril de 1999.

IV.- Que una vez aplicado el baremo de selección entre los desempleados y preseleccionados los mismos, la Oficina de Empleo presenta ante la Diputación Provincial de Cádiz dos candidatos por puesto de trabajo ofertado, cuando éste requiera algún tipo de cualificación y uno en el caso de que no la requiera. La contratación se realizará de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 a 13 del R.D. 939/1997.

V.- Que con objeto de determinar la prioridad entre los candidatos preseleccionados por la Oficina de Empleo para la cobertura de puestos de trabajo cualificados de Encargados y Capataces de obras, es necesario el establecimiento de unos criterios de selección para su contratación en la ejecución de obras de interés general y social afectadas al Programa de Fomento de Empleo Agrario 2023, que van a ser ejecutadas por la Diputación Provincial de Cádiz.

VI.- Que con lo anterior, mediante Resolución de 4 de mayo de 2023, de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Cádiz, se anuncia convocatoria pública de subvenciones para la contratación de trabajadores/as desempleados/as preferentemente eventuales agrarios, para la ejecución de proyectos de interés general y social, de Garantía de Rentas o Generadores de Empleo Estable, con cargo a los fondos del programa de fomento de empleo agrario del ejercicio 2023.

Y conforme a la delegación efectuada por la Presidenta de la Excma.
Diputación Provincial de Cádiz, resuelvo dictar los siguientes:
ACUERDOS

PRIMERO.- Aprobar la convocatoria y procedimiento de selección para la determinación del candidato a contratar de entre los preseleccionados por la Oficina del Servicio Andaluz de Empleo para la cobertura de puestos de trabajo cualificados de Encargado y Capataz de obra, ofertados por la Diputación Provincial de Cádiz en el marco del Programa de Fomento de Empleo Agrario 2023, que se adjunta en el Anexo I del presente informe.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz, en el que permanecerá publicado durante la vigencia del Programa de Fomento de Empleo Agrario 2023.
ANEXO I

PRIMERA.- LEGISLACIÓN.

El proceso selectivo se regirá, además de por lo establecido en la presente resolución, por la siguiente normativa:
Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, por el que se regula la afectación al Programa de Fomento de Empleo Agrario de créditos para inversiones de las Administración Públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las zonas rurales deprimidas.
Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/11/2023

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date28/11/2023

Page count23

Edition count6017

First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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