Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 3/7/2019

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Miércoles 3 de julio de 2019

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 15235

2. Inspeccionadas por el Técnico Municipal las obras efectivamente realizada, objeto de la licencia solicitada, se podrá comprobar su adecuación a la base imponible estimada para la liquidación provisional, practicando, si procede, liquidación definitiva, con deducción de los ingresos efectuados hasta ese momento.
Artículo 15.Fianza para obras en las vías públicas.
La concesión de licencias de obras de canalización de servicios bajo el suelo de la vía pública se condiciona al depósito de una fianza que garantice la correcta reposición de la calzada. Su devolución se efectuará previo informe favorable del Técnico Municipal, transcurrido un año de la finalización de la obra.
Artículo 16.Fianza previa a la licencia de primera ocupación.
La concesión de las licencias de primera ocupación se condicionará a la comprobación del cumplimiento de la licencia de obra y del correcto grado de conservación y/o restauración de los bienes públicos afectados por la misma. Esta concesión podrá condicionarse, siempre a criterio de la Administración, a la constitución de una fianza que cubra el importe de la adecuación, terminación, remate y limpieza, de las obras de urbanización y conexión con los servicios públicos.
Artículo 17.Pago fraccionado.
El sujeto pasivo promotor de un proyecto Básico y de Ejecución de una única vivienda unifamiliar, podrá acogerse a alguna de las siguientes formas de fraccionamiento de pago de la cuota, según el importe de esta:
a Hasta 1.862,50 € , con un pago mínimo de 12,40 €/ mes.

a. 3 pagos iguales bimensuales.

b. 6 pagos iguales mensuales.
b Mas de 1.862,50 €.

a. 4 pagos iguales bimensuales.

b. 8 pagos iguales mensuales.
En todo caso el primer pago ha de hacerse durante el plazo de 15 días siguientes a la notificación de la correspondiente liquidación.
Artículo 18.Desistimiento.
En caso de desistimiento en la petición de las licencias reguladas en la tarifa 4, se practicará liquidación definitiva según el siguiente baremo:
a la solicitud de desistimiento se presenta con anterioridad a la emisión de informe técnico, el 10% del importe de la cuota Si mínima.
b la solicitud de desistimiento se presenta con posterioridad a la emisión de informe técnico, la totalidad del importe de la Si cuota mínima.
Artículo 19.Caducidad y revisión de licencias.
1. Las licencias se otorgarán por un plazo determinado tanto para iniciar como para terminar los actos amparados por ella. En caso de que no se determine expresamente, se entenderán otorgadas bajo la condición legal de la observancia de un 1 año para iniciar las obras y de tres 3 años para la terminación de éstas.
2. Los municipios podrán conceder prórrogas de los referidos plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado, previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos determinados, siempre que la licencia sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de la concesión de la prórroga.
3. El órgano competente para otorgar la licencia declarará, de oficio o a instancia de cualquier persona, la caducidad de la misma, previa audiencia del interesado, una vez transcurridos e incumplidos cualquiera de los plazos a que se refieren los apartados 1
y 2. La declaración de caducidad extinguirá la autorización, no pudiéndose iniciar ni proseguir los actos, si no se solicita y obtiene una nueva licencia. Transcurrido el plazo de dos meses desde la notificación de la declaración de caducidad sin que se haya solicitado la licencia o, en su caso, denegada la que haya sido deducida, procedería declarar la constitución de la parcela o solar correspondiente en la situación de venta forzosa para su ejecución por sustitución 4. Transcurrido un año desde la concesión se revisará la aplicación de la tarifa, sobre el presupuesto de la obra, actualizando éste a los costes reales y practicando una liquidación adicional que aumentará o disminuirá la inicialmente practicadaTodas las licencias urbanísticas prescriben a los seis meses de su comunicación al interesado. Este plazo podrá ser prorrogado previa solicitud motivada de su titular. Transcurrido un año desde la concesión se revisará la aplicación de la tarifa, sobre el presupuesto de la obra, actualizando éste a los costes reales y practicando una liquidación adicional que aumentará o disminuirá la inicialmente practicada.
Artículo 20.Infracciones y sanciones.
1. En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como a las sanciones que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria, Disposiciones Estatales o de la Comunidad Autónoma reguladoras de la materia, normas que las complementan y desarrollen, así como a lo previsto en la vigente legislación local.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, quienes desarrollen actividades o instalen elementos publicitarios, sin la obtención de la previa licencia municipal, serán sancionados con una multa del 300% del importe de la tasa que hubiera devengado la solicitud de la preceptiva licencia.
Disposición transitoria.
Las solicitudes de licencias y demás servicios urbanísticos recogidos en esta norma, presentadas antes de la vigencia de esta Ordenanza, se tramitarán y resolverán con arreglo a las disposiciones hasta ahora en vigor.
Disposiciones adicionales.
Primera.Interpretación y aplicación de esta Ordenanza.
Los conceptos utilizados en esta Ordenanza se interpretarán y aplicarán con el alcance y contenido previstos en las normas subsidiarias de Planeamiento Municipal.

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 3/7/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date03/07/2019

Page count36

Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

Download this edition

Other editions