Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 20/7/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 137

Lunes, 20 de julio de 2020

Pág. 8717

contra el mismo cabrá interponer recurso de reposición en el plazo de tres días, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, todo ello en los términos previstos en el art. 239.4 de la LRJS.
PARTE DISPOSITIVA

S.S. Iltma. dijo: Procede y así por este Auto se dicta orden general de ejecución, que se despacha en los siguientes términos:
1. A favor de ESTELA EXTREMERA CAMPOS contra BIOSOLAR BIOSISTEMAS ENERGETICOS S.L..
2. Se despacha ejecución por la vía de incidente de no readmisión, y procédase por el Sr.
Letrado de la Administración de Justicia a citar a las partes a la comparecencia prevista en el art. 280 de la Ley de Jurisdicción Social.
3. Las cantidades por las que se despacha ejecución y conceptos son las siguientes:
Principal a cubrir 7.948,34 euros, más la de 1.291,61 euros calculadas provisionalmente para intereses y gastos; sin perjuicio de que una vez se dicte, en su caso, el auto de extinción de la relación laboral, se continúe la vía de apremio por las cantidades fijadas en el mismo, más los intereses y costas que procedan.
4. Realícense por la Sra. Letrada de la Administración de Justicia las medidas ejecutivas que resulten procedentes.
5. Cítese, además, al FONDO DE GARANTIA SALARIAL para que en el plazo de QUINCE DIAS
HABILES siguientes a la notificación del presente proveído, inste la práctica de las diligencias que a su derecho convengan, de conformidad con el art. 276 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días, en el que, además podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada en la forma y plazo a que se refiere el fundamento quinto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. MARIA
MOLINA PALMA, JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE MALAGA. Doy fe.
EL/LA JUEZ

VIRTUDES

EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN DEL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR./A. D./D.
FRANCISCO JOSÉ MARTÍNEZ GÓMEZ

En MALAGA, a veintidós de junio de dos mil veinte Visto el estado de las presentes actuaciones, presentado por el/los trabajador/es ESTELA
EXTREMERA CAMPOS escrito exigiendo el cumplimiento por el empresario BIOSOLAR
BIOSISTEMAS ENERGETICOS S.L. de la obligación de readmisión, al no haber ejercido ninguna

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Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 20/7/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

CountrySpain

Date20/07/2020

Page count36

Edition count5615

First edition02/01/2003

Last issue21/05/2024

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