Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 24/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 15

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Granada, viernes, 24 de enero de 2020

El Tribunal Calificador no podrá valorar otros méritos que los aportados en este momento.
SEXTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión. Dicha resolución se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Atarfe, y en la sede electrónica: https atarfe.sedelectronica.es; otorgándose un plazo de diez días hábiles, al objeto de que se puedan presentar reclamaciones o subsanar la causa de exclusión.
Transcurrido dicho plazo se dictará nueva resolución por la que se aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, la composición concreta del Tribunal e indicación del día, lugar, y hora de realización del ejercicio/s de la Fase de Oposición.
Se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes de este procedimiento selectivo la exposición en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la sede electrónica:
https atarfe.sedelectronica.es.
SÉPTIMA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
El Tribunal de selección será designado por resolución del Alcalde Presidente y estará integrado por los siguientes miembros:
- Presidente/a: Un funcionario, que podrán serlo de cualquier otra Administración Pública.
- Vocales: Cuatro funcionarios que podrán serlo de cualquier otra Administración Pública.
- Secretario/a: Actuará como Secretario el de la Corporación o funcionario/a en quien delegue, con voz pero sin voto.
Su composición será predominantemente técnica y en ella se velará por los principios de especialidad, imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. Sus miembros deberán poseer un nivel de titulación o especialización iguales o superiores al exigido para el acceso al puesto.
La composición mínima del Tribunal no puede ser nunca inferior a tres miembros con voz y voto tanto en su constitución como en el desarrollo de las sesiones.
Serán de aplicación a los miembros del Tribunal las causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o documentación similar.
El Tribunal será competente para interpretar, cuántos recursos, normas, etc., puedan surgir en el proceso de selección y declarar la plaza desierta si ningún aspirante reuniese las condiciones suficientes para ocupar la plaza.
OCTAVA.- SISTEMAS DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DE LOS PROCESOS.
8.1. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
a Fase de Oposición.
b Fase de Concurso.

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8.2. La fase de oposición se llevará a cabo con carácter previo al concurso, no pudiendo optar al mismo quien no supere cada una de las pruebas de la fase de oposición.
8.3. La realización del ejercicio o ejercicios de la oposición se llevará a efecto en la fecha que indique la resolución de la Alcaldía a la que hace referencia la Base 6
de la presente convocatoria, en la que se expresará también lugar y hora de realización del mismo. Se publicará igualmente en la sede electrónica: atarfe.sedelectronica.es y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Atarfe, con una antelación mínima de 24 horas al inicio del ejercicio.
8.4. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
8.5. En todo momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
8.6. Los candidatos deberán acudir a lugar de celebración de las pruebas sin portar teléfonos móviles, provistos de D.N.I. o en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
8.7. Fase de Oposición: puntuación máxima 10 puntos La Fase de Oposición constará de un ejercicio compuesto por una prueba teórica y de una prueba práctica y se podrán desarrollar bien de forma oral y/o escrita y tendrán relación con el temario que las presentes Bases se adjuntan como Anexo I.
Cada prueba se puntuará de 0 a 5 puntos siendo preciso obtener una puntuación mínima de 2,5 puntos en cada una para superar la fase de oposición, quedando excluidos del proceso, por tanto, aquellos aspirantes que no alcancen los 2,5 puntos en la prueba teórica y los 2,5 puntos en la prueba práctica.
8.8. Fase de Concurso: puntuación máxima 5 puntos.
Esta fase será posterior a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la Fase de Oposición.
Serán objeto de puntuación por el tribunal los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes en la forma y baremo que a continuación se indica: Art. 4.c párrafo 3º del R.D. 896/1991.
El valor de la fase de concurso será de 5 puntos, que se sumarán a la puntuación obtenida en la Fase de Concurso.
Durante el plazo de presentación de instancias se adjuntará a las mismas justificantes de los méritos por parte de los solicitantes, sin que sean tenidos en cuenta ni valorados, aquellos, que aún alegados, fueran aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias. No obstante lo dispuesto anteriormente, se podrá acompañar a la instancia resguardo acreditativo de haber solicitado las certificaciones correspondientes o el informe de vida laboral de la Seguridad Social, siempre y cuando se presente dicha documentación antes del inicio de la Fase de Concurso.
Los justificantes de los méritos se aportarán mediante copia en la que se haga constar que es copia fiel al original. El candidato que resulte propuesto para su

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 24/1/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date24/01/2020

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