Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/6/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 1 de junio de 2020

BOLETIN OFICIAL

de Planeamiento, Infraestructura y Servicios los fondos dispuestos por el presente decreto, de acuerdo al avance de obra estipulado en la cláusula cuarta del convenio oportunamente aprobado, debiendo ese organismo efectivizar la entrega a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, mediante cheque que será librado a nombre del Sr. Presidente Municipal de la localidad de Santa Anita, Departamento Uruguay, efectuando luego las rendiciones por medio del recibo debidamente conformado, cumpliendo de esta manera su obligación en el aspecto renditivo.La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones procederá, dentro de los treinta días corridos de recibido el cheque, a la remisión del recibo debidamente conformado y con la certificación de las firmas por el Funcionario que efectúa la entrega, a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto N 6440/94 SOySP.-

MINISTERIO DE PRODUCCION
DECRETO Nº 607 MP
ACEPTANDO RENUNCIA
Paraná, 28 de abril de 2020

VISTO:
La renuncia presentada por la Arquitecta Amalia Virginia Magdalena Peroni, D.N.I. N 17.876.463 como Coordinadora de Desarrollo Territorial y de Uso de Fuentes de Agua CO.R.U.F.A., dependiente del Ministerio de Producción; y CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Provincial N 93/20 M.P. se designó a cargo dela Coordinación de Desarrollo Territorial y de Uso de Fuentes de Agua del Ministerio de Producción a la Arquitecta Amalia Virginia Magdalena Peroni, D.N.I. N 17.876.463; y Que por razones de índole particular y siendo indeclinable su renuncia, corresponde aceptarla agradeciéndole los servicios prestados; y Que en esta instancia este Poder Ejecutivo ha decidido aceptar la renuncia al cargo de Coordinadora de Desarrollo Territorial y de Uso de Fuentes de Agua del Ministerio de Producción presentada por la misma, dando las gracias por los servicios prestados a la provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Aceptar la renuncia al cargo de Coordinadora de Desarrollo Territorial y de Uso de Fuentes de Agua del Ministerio de Producción a la A rq uite ct a A m alia V irg in ia M a gd alen a Per on i, D .N . I. N
17.876.463, con domicilio en calle Alberdi N 143 de la ciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos, de conformidad con los considerandos precedentes.Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Producción.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Juan J. Bahillo
DECRETO Nº 608 MP
AUTORIZANDO ACUERDO
Paraná, 28 de abril de 2020
VISTO:
Los Artículos 65 de la Constitución Provincial y 4 de la Ley N
7296 y el proceso judicial incoado por la Sra. Leda Lilia Biancolini, DNI N 13.182.134, por si e invocando la representación del Sr. César Augusto Biancolini, DNI N 8.399.812, en los autos caratulados Biancolini Leda L. y otro c/ Estado Provincial s/ Ordinario Expte. Nº 17559, en trámite por ante el Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 a cargo del Dr. Juan Carlos Coglionesse, Secretaría N1, cargo de la Dra. Lucila del Huerto Cerini, de la ciudad de Paraná, Entre Ríos, y;
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Leda Lilia Biancolini, y el Sr. César Augusto Biancolini, promovieron demanda por cobro de pesos contra el Estado de la Provincia de Entre Ríos, por la suma total de pesos cuatrocientos ochenta mil $ 480.000,00 en concepto de capital, más intereses y costas, por la ocupación de un inmueble de su propiedad sito en calle España Nº 33 de la ciudad de Paraná, por la Dirección de Fiscalización Agroalimentaria durante el período 1 de julio de 2015 hasta el 31 de octubre de 2016;
Que la demanda fue contestada rechazando la pretensión actoral;
Que en instancia de conciliación las partes han procurado acercar posiciones y a fin de arribar a un acuerdo la parte actora presento una propuesta;
Que, analizados los antecedentes y la propuesta de los apoderados de la actora, la Fiscalía de Estado ha emitido opinión favorable;
Que el Artículo 65 de la Constitución Provincial prevé la utiliza-

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ción, difusión y desarrollo de las instancias no adversariales de resolución de conflictos, especialmente a través de la mediación, negociación, conciliación, facilitación y arbitraje;
Que a los fines previstos y de conformidad con la normativa pertinente, resulta, necesario autorizar a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos a suscribir el convenio pertinente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Autorízase a la Fiscalía de Estado a arribar a un acuerdo transaccional conciliatorio en los autos caratulados Biancolini Leda L. y otro c/ Estado Provincial s/ Ordinario Expte. N 17559, en trámite por ante el Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial N 1, a cargo del Dr. Juan Carlos Coglionesse, Secretaría N 1
cargo de la Dra. Lucila del Huerto Cerini, de la ciudad de Paraná, Entre Ríos, conforme el modelo que se adjunta como Anexo y forma parte del presente.Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Producción.Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y pasen las de Estado a sus efectos.GUSTAVO E. BORDET
Juan J. Bahillo
DECRETO Nº 609 MP
ADSCRIBIENDO AGENTE
Paraná, 28 de abril de 2020
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales varios agentes pertenecientes a la planta permanente del Ministerio de Producción, solicitan que el adicional instituido por el Decreto Nº 4.771/03 SEPG y que perciben desde su entrada en vigencia, el 1º de abril de 2003, les sea liquidado adoptando como base de cálculo el Código de Cargo 36, por aplicación de las previsiones del Decreto N3.582/17
GOB, con más el pago de las diferencias retroactivas por el período no prescripto de dos 2 años desde la fecha del reclamo con más intereses; y CONSIDERANDO:
Que las actuaciones se inician con la presentación efectuada por los Señores Carlos Raúl Altamirano, D.N.I. Nº 7.705.789, Legajo Personal N 12.343; María Rosa Lorenzatto, D.N.I. Nº 17.296.847, Legajo Personal Nº 101.001; Adriana Noemí Cuesta, D.N.I. Nº 16.787.948, Legajo Personal Nº 125.841; Mabel Alejandra Lanzi, D.N.I. N 17.850.353, Legajo Personal Nº 100.861; Patricio Leonor Abud, D.N.I. Nº 17.722.646, Legajo Personal Nº 61.175; Elba Rosa Godoy, D.N.I. Nº 16.795.937, Legajo Personal Nº 109.656 y Nélida Cristina Sosa, D.N.I. Nº 17.962.827, Legajo Personal Nº 61.040, por derecho propio y con patrocinio letrado, reclamando que la bonificación especial de carácter remunerativo que se les otorgara por Decreto N 4.771/03 SEPG y que perciben desde la entrada de su vigencia el 1º de abril de 2003, les sea liquidado adoptando como base de cálculo, el Código de Cargo 36, por aplicación de las previsiones del Decreto Nº 3.582/17 GOB. y no el Código de Cargo 40 como se les viene liquidando; y Que toma intervención de competencia la Dirección General de Recursos Humanos, la que antes de expedirse solicita que el Contable Jurisdiccional informe sobre que cargo testigo se liquida el adicional y se de intervención al Área Legal Jurisdiccional; y Que la Dirección General de Administración Jurisdiccional informa que el Cargo Testigo por el que se calcula el adicional especial que se liquida bajo el Código 008, es el Código de Cargo 40 Director, a partir del 1 de julio de 2004, según lo dispuesto por el Decreto Nº 2.997 MGJOSP de fecha 15 de julio de 2004; y Que la Dirección de Asuntos Jurídicos Jurisdiccional, destaca que el Artículo 4º de la Ley N 5.977, ratificada por la Ley N 7.504.
faculta al Poder Ejecutivo a suprimir, mantener y/o establecer otros adicionales particulares que los mencionados expresamente en ese artículo, cuando fundadas razones de servicio lo justifiquen; y Que así continua y entiende que el Poder Ejecutivo dentro de su facultad discrecional puede evaluar la existencia de razones de mérito, oportunidad o conveniencia para la creación de adicionales y su forma de calcularlos; y Que los agentes Patricia Leonor Abud, Carlos Raúl Altamirano, María Rosa Lorenzatto, Mabel Alejandra Lanzi, Adriana Noemí Cuesta, Elba Rosa Godoy y Nélida Cristina Sosa gozan de una bonificación especial de carácter remunerativo otorgado por el Decreto Nº 4.771/03 SEPG, la que se liquida tomando como base de calculo el Código de Cargo 40, en lugar del Código de Cargo 36, según lo establecido por el Decreto Nº 6.154/03 GOB; y Que por último expresa, que resulta razonable, equitativo e igualitario que el Poder Ejecutivo le confiera un tratamiento similar a situaciones objetivamente afines, por lo que considera justo se haga

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/6/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date01/06/2020

Page count14

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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