Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 16/2/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 32
Miércoles, 16 de febrero de 2022
Pág. 3


5.3.- Fases del proceso.
5.3.1- Con carácter general, comprenderá la comprobación realizada por el Tribunal de Evaluación de que cada uno de los aspirantes está en posesión de la titulación requerida al efecto, sin la cual no será admitido.

5.3.2.- A continuación, se realizará una entrevista personal realizada por los miembros del Tribunal de Evaluación, que ha de valorar los conocimientos teóricos y prácticos sobre la materia descrita en el apartado c del área 1, a la que se convocará a todos los aspirantes con una antelación mínima de 5 días. Estará relacionada con las funciones de los posibles puestos a ocupar. Se puntuará entre 0 y 5 puntos, siendo necesario obtener al menos 3 puntos para superar esta fase y formar parte de la bolsa.
5.3.2.1.- Experiencia: Máximo de 5 puntos. Se valorará la prestación de servicios en puestos cuyas funciones estén relacionadas con las de los posibles destinos a ocupar según el perfil fijado en la convocatoria, mediante relación contractual laboral o administrativa, a razón de 010 puntos por mes de servicio. No se valorarán los períodos de tiempo inferiores a 1 mes.
5.3.2.2.- Formación: Máximo 5 puntos. Se valorarán los cursos de formación no reglada, recibidos o impartidos debidamente acreditados, por Centros u Organismos Oficiales, cuyo contenido esté relacionado con los posibles destinos a ocupar según el perfil fijado en la convocatoria, a razón de 0,01 puntos por hora de duración. En el caso de cursos que constan de diversos módulos y siempre que estuviera acreditado el número de horas por módulo, se valorarán aquellos módulos con relación directa con el trabajo a desarrollar. Se valorará el periodo de formación desarrollado mediante desempeño de becas obtenidas mediante convocatorias públicas y relacionadas con los perfiles del puesto, a razón de 001 puntos por mes.
5.3.2.3.- Valoración de méritos. El Tribunal de Evaluación puntuará los méritos alegados y acreditados por cada uno de los aspirantes, de acuerdo con el baremo establecido en la convocatoria.
5.3.2.4.- Resolución.
Finalizado el proceso descrito en el párrafo anterior, se publicará la relación del personal que formará la Bolsa de Trabajo, ordenada de forma descendente por la puntuación total obtenida por cada candidato en las dos fases, siempre que se hubiera alcanzado el mínimo descrito para la prueba. En caso de empate se dará preferencia al resultado obtenido en la entrevista personal. Empezará el llamamiento de candidatos por el primero de la relación.
Artículo 6.- Funcionamiento de las Bolsas de Trabajo.
6.1.- Llamamiento.
Cuando surja una necesidad, el Servicio de Gestión de Personal determinará la duración y el tipo de contrato o nombramiento a realizar, que será el que corresponda con arreglo a la legislación y al convenio colectivo vigente.
Cada contrato o nombramiento que haya de realizarse se ofrecerá a la persona que, estando en disposición de aceptarlo y pudiendo hacérsele el contrato con arreglo a la normativa vigente, ocupe en la Bolsa la posición de mayor preferencia, siguiendo rigurosamente el orden de la misma.
6.2- El llamamiento se realizará por vía telefónica. En caso de no poder contactar con la persona a la que le corresponda la oferta, se le enviará notificación escrita, quedando constancia de su recepción, y se le concederá un plazo de 3 días a partir de la citada recepción para que manifieste su aceptación o rechazo.
Artículo 7.- Rechazo de la oferta.
7.1.- La persona que injustificadamente rechace la oferta de trabajo causará baja en la Bolsa de Trabajo, debiéndosele informar previamente de tal consecuencia y siendo efectiva cuando conste la misma por escrito.
7.2.- Se considerarán motivos justificados de rechazo de la oferta, por lo que no darán lugar a baja en la Bolsa, las circunstancias siguientes, que deberán ser acreditadas por el interesado:
a Estar trabajando cuando se realice la oferta, para lo que se deberá presentar informe de vida laboral.
b Padecer enfermedad o estar en proceso de recuperación de enfermedad o accidente, justificándose mediante la presentación del oportuno informe médico.
c Estar en alguna situación de las que, por embarazo, parto o adopción, acogimiento o enfermedad grave de un familiar están contempladas por la normativa en vigor a los efectos de permisos o licencias.
d Tratarse de un contrato a tiempo parcial con jornada semanal inferior a 30 horas.
e Que el puesto de trabajo se encuentre fuera de Municipio de Almócita.
f Cualquier otro motivo, debidamente acreditado, y siempre que la Comisión de seguimiento de bolsas lo acepte por unanimidad.
7.3.- En caso de renuncia por una de las causas recogidas en el apartado anterior, deberá justificarse, también, que la causa ha dejado de darse para poder ser sujeto de nueva oferta de empleo, que se producirá, en todo caso, cuando corresponda según el funcionamiento de la Bolsa de Trabajo recogido en esta normativa.
Artículo 8.- Causas de exclusión definitiva de las bolsas de trabajo o de empleo.
- Ser Funcionario de Carrera de cualquier Administración Pública.
- Tener concertado un contrato laboral indefinido con cualquier Administración Pública o empresa pública o privada.
- Serán excluidos temporalmente de las bolsas de empleo, aquéllas personas a quienes durante la relación laboral con el Ayuntamiento se les haya incoado expediente disciplinario por falta grave o muy grave.
En los supuestos de propuesta de Resolución sancionadora del expediente disciplinario, la persona afectada será excluida con carácter definitiva de la bolsa de empleo y en tanto no se formula la misma, se encontrará en situación de indisponibilidad.
Artículo 9.- Modalidades de contrato temporal a utilizar.
En la contratación de personal en Ayuntamiento de Almócita se podrán utilizar los tipos de contrato descritos en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.


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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 16/2/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date16/02/2022

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Last issue23/05/2024

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