Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 2/11/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 209
Martes, 02 de noviembre de 2021
Pág. 4


ADMINISTRACIÓN LOCAL
4244/21

AYUNTAMIENTO DE ADRA
ANUNCIO
Exp: 1332/2019
Proyecto de reparcelación UE 13.13.7-A
Don Manuel Cortes Pérez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Adra Almería.HACE SABER: Que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinara celebrada el día 9 de agosto de 2021
adoptó entre otros el siguiente acuerdo cuyo tenor literal dice:

Visto el Proyecto de Reparcelación para el desarrollo del Plan Especial de Reforma Interior de la Unidad de Ejecución U-E
13.13.7-A del Texto Refundido de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de este Término Municipal, redactado por el Ingeniero de Caminos Canales y Puertos y Abogado, Cesáreo Juan Arróniz Fernández, cuya finalidad es la regularización de las fincas existentes en la referida Unidad de Ejecución, la justa distribución de los beneficios y cargas derivadas de la ordenación urbanística establecida y de su ejecución, así como la adjudicación al Ayuntamiento de Adra de los terrenos de cesión obligatoria y gratuita, viales y espacios libres de la citada unidad de ejecución, en virtud del Título II apartado 2.7 del Texto Refundido de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de este término municipal.
El referido Proyecto de Reparcelación ha sido sometido a información pública, por plazo de veinte días para alegaciones, mediante publicación de edicto en el Boletín Oficial de la Provincia N.º 245 de fecha 22 de diciembre de 2020: en el diario La Voz de Almería del día 30 de octubre de 2020 y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento: así como se ha practicado notificación individualizada a los interesados: presentándose, durante el indicado plazo, escrito de alegaciones al mismo, por la sociedad Buildingcenter SAU según consta en la certificación expedida por el Secretario General en fecha 12 de mayo de 2021
que obra en el expediente.
En su escrito de alegaciones la sociedad alegante solicita la modificación del proyecto de reparcelación de la UE
13.13.7/A de modo que la cuota de participación en gastos de urbanización de la parcela B+C+D sea del 32,640% en lugar del 35,32%.
De la referida alegación se dio traslado al Presidente de la Junta de Compensación mediante oficio de esta Alcaldía de fecha 02/02/2021 con registro de salida N.º 2021/623. Pronunciándose ésta, según consta en el acta de la Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 9 de junio de 2021 con entrada en estas oficinas municipales el día 10/06/2021 bajo el N.º7920/2021, en los siguientes términos:
Decisión sobre las alegaciones y petición presentadas por BUILDINGCENTER, SAU en el trámite de audiencia pública del expediente de ratificación municipal del Proyecto de Reparcelación de la UE 13/13.7/A de las NNSS de Adra aprobado por esta Junta de Compensación, solicitando la modificación del mismo, de modo que la cuota de participación en gastos de urbanización de la parcela B+C+D sea del 32,640% en lugar del 35,32%.
Se procede a la votación de dicho punto:
DESESTIMAR la alegación y petición de BUILDINGCENTER, SAU.
Votos a favor: 61.33%
Votos en contra: 35.33%
Abstenciones: 00,00
Como a continuación se transcribe:
Que en relación con la cuota de participación en gastos de urbanización correspondientes a la mercantil BUILDICENTER, SAU, ésta parte de un error de concepto, pues el porcentaje final que la misma ha de asumir en los costes de urbanización es del 25,927% y no del 35,32% 62.442,84 € de un total de 240.845,36 €, en los cuales quedan incluidos los excesos correspondientes a la parcela J.
Este último porcentaje del 35,32% al que se refiere dicha mercantil, se corresponde con la cuota de participación inicial, previamente a ser rectificada por los defectos de aprovechamiento que se le han atribuido. La misma ha sido calculada originariamente en base a la superficie de suelo de sus fincas origen, habiendo sido posteriormente corregida teniendo en consideración:
10 Que el 10% del A.M. que se le atribuye al municipio, es libre de cargas de urbanización, las cuales han de ser asumidas por el resto de propietarios.
11 Las indemnizaciones que hay que abonar a los propietarios de las edificaciones existentes en el ámbito de actuación, las cuales las deben de sufragar el resto.
12 Los costes de urbanización extraordinarios que hay que abonar como consecuencia de que existe un propietario que no se ha adherido a la Junta de Compensación y en consecuencia, no colaborará en sufragar dichas cargas urbanísticas, por lo que el resto han de asumir los costes de urbanización correspondientes al mismo, siendo éstos compensados mediante la adjudicación de aprovechamiento urbanístico.


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
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RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS AL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DE LA U.E. 13.13.7/A

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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 2/11/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date02/11/2021

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First edition26/04/1999

Last issue23/05/2024

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