Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 2/11/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 209
Martes, 02 de noviembre de 2021
Pág. 3


ADMINISTRACIÓN LOCAL
4406/21

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA
DELEGACIÓN ESPECIAL EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA, INICIATIVAS EUROPEAS, COMERCIO Y EMPRESA

ANUNCIO
Extracto del Decreto de Presidencia núm. 2.825/2021, de fecha 25 de octubre de 2021 por el que se aprueba la MODIFICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA EXCMA.
DIPUTACIÓN DE ALMERÍA PARA PROMOVER EL EMPRENDIMIENTO EN ECONOMÍA SOCIAL EN EL ÁMBITO DEL
PROYECTO ALMERÍA_P3: FOMENTO DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE SOLICITUD.
BDNSIdentif.:505452
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/505452

Segundo. Finalidad Incentivar y promover empresas de economía social cooperativas y Sociedades Laborales que aumenten el emprendimiento de las personas jóvenes que habiten o vayan a habitar en un municipio de la provincia de Almería inferior o igual a 5.000
habitantes, o una población comprendida entre los 5.001 y los 10.000 habitantes, siempre que estos últimos presenten un saldo demográfico negativo en la última década.
Tercero. Bases Reguladoras Publicación en el B.O.P. de Almería, en el Tablón de Anuncios y en el Portal de Transparencia de la página web de la Diputación Provincial de Almería www.dipalme.org Cuarto. Cuantía Presupuesto total de esta convocatoria de subvenciones serán doscientos cuarenta y tres mil euros 243.000,00 € este presupuesto está cofinanciado por el Programa operativo de Empleo Juvenil del Fondo Social Europeo Ayudas EMP-POEJ.
La cuantía de la subvención por establecimiento como socio trabajador de una Cooperativa o como socio laboral de una Sociedad Laboral, se corresponderá con el 75% del importe del Salario Mínimo Interprofesional SMI vigente por cada mes de permanencia de alta en el régimen de la seguridad Social que legalmente o estatutariamente corresponda.
Los importes mínimos y máximos de la subvención son los siguientes:
- Menos de 6 meses: 0,00 €
- Entre 6 y 12 meses: SMI vigente N.º de meses 0,75 €
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes de subvención contenidas en esta convocatoria será desde el día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia BOP hasta el 30 de septiembre de 2022.
Los participantes deben formalizar la solicitud dentro del periodo subvencionable mínimo 6 máximo 12 meses a contar a partir de la fecha de alta efectiva en el régimen de autónomos que corresponda. No obstante, cuando en el momento de presentar la solicitud acrediten el ejercicio efectivo del periodo máximo elegible, 12 meses, la solicitud se presentará dentro del mes siguiente de concluir dicho periodo.
Con anterioridad a la presentación de la solicitud se deberá haber cumplido con el trámite de Comunicación de inicio de actuaciones base 8 y adquirido la condición de participante en el proyecto Almería_P3: Fomento de la economía social.
Sexto. Otros datos de Tramitación:
La convocatoria será tramitada electrónicamente a través de la web www.dipalme.org.
En la Ciudad de Almería, a veintiséis de octubre de dos mil veintiuno.
LA DIPUTADA DELEGADA ESPECIAL DE EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA, INICIATIVAS EUROPEAS, COMERCIO Y
EMPRESA, María del Carmen Navarro Cruz.


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería B.O.P. nº 57 de 24/03/2009

Documento firmado electrónicamente. Verificable en https ov.dipalme.org/csv?id=gHVlqCZ6gZAOFyyDTzhQAYyKZXD8DwxC .

Primero. Beneficiarios Jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años, incluidas personas con discapacidad, no ocupados y no integrados en los sistemas de educación o formación, independientemente de su nivel formativo que estén inscritos como beneficiarios en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y que cumplan los requisitos recogidos en el Base 3 de las presentes Bases.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 2/11/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date02/11/2021

Page count15

Edition count6214

First edition26/04/1999

Last issue10/05/2024

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