Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/03/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5858

Viedma, 16 de Marzo de 2020

3. Que es compromiso de UNICEF acompañar a los gobiernos y a la sociedad civil en el plena cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño, promoviendo el mejoramiento de las condiciones de vida de niños, niñas y adolescentes, en un contexto de bienestar familiar y de garantía plena de todos los derechos para todos los niños, y contribuyendo a la implementación la Convención sobre la Eliminación de Toda Forma de Discriminación Contra las Mujeres y la Convención sobre los Derechos de Personas con Discapacidad, así como al logro de los Objetivos de Desarrolio Sostenible.
4. Que en la República Argentina la cooperación de UNICEF se inscribe en Programas plurianuales de Cooperación acordados con su Gobierno Nacional y aprobados por la Junta Ejecutiva Mundial de UNICEF de la cual Argentina participa y que, con efecto para el periodo referentó al presente Acuerdo Marco, existe Programa aprobado para el periodo 2016-2020.
5. Que entre las prioridades del trabajo de UNICEF en Argentina, acordadas en el Programa de Cooperación correspondiente al periodo transcurrido entre los años 2016 a 2020, se encuentra la protección de niños, niñas y adolescentes frente a todo tipo de violencia, el mejoramiento de la información sobre la situación de la niñez, la mejora de la primera infancia y de las políticas públicas de cuidado y de protección social así también como la inversión social, en particular aquella dirigida a la infancia en el marco de sus derechos.
6. Que es interés del Gobierno de la Provincia de Río Negro trabajar para el pleno cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes de la Argentina y de la Provincia de Río Negro en particular.
7. Que en el marco de los acuerdos alcanzados entre UNICEF, el gobierno nacional y el Gobierno de la Provincia de Río Negro, se ha decidido la implementación del Registro Único Nominal RUN de Niños, Niñas y Adolescentes en al sistema de protección, como una herramienta central para la restitución de los niñas, niñas y adolescentes con derechos vulnerados.

3. Las demandas o controversias que surjan de este Convenio Marco de Cooperación, o de su incumplimiento, se solucionarán de acuerdo con el Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Uridas para el Derecho Mercantil Internacional actualmente en vigor. Las partes convienen aceptar el laudo arbitral dictado de acuerdo a este párrafo como solución definitiva de la demanda o controversia.
4, Este Convenio Marco de Cooperación no implica un compromiso de parte de UNICEF para una futura colaboración.
5. El Gobierno de la Provincia de Río Negro puede utilizar el nombre de UNICEF, logo y emblema sólo con el consentimiento escrito previo de UNICEF. El nombre de UNICEF, logo y emblema sólo pueden ser reproducidos en las formas establecidas en el Manual de Estándares de Identificación de UNICEF.
6. UNICEF y el El Gobierno de la Provincia de Río Negro son cada uno responsables de sus respectivos actos u omisiones y de aquellos de su personal, contratistas, empleados, o cualquier otro personal contratado por ellos. Cada parte es responsable de sus acciones no inténcionales o intencionales que ocasionen daños de cualquier índole.

ACUERDAN
Primero: Vincularse por medio de este Convenio Marco de Cooperación en el contexto de los fundamentos expresados en los considerandos precedentes.
Segundo: Continuar el trabajo conjunto para el mejoramiento de la niñez y adolescencia de la provincia de Río Negro a partir de la implementación de herramientas como el RUN, encuentros de capacitación y sensibilización que permitan fortalecer las políticas públicas y la normativa dirigida a niños, niñas y adolescentes.
Tercero: Este Convenio Marco de Cooperación posibilitará la interconsulta por parte de ambas instituciones para la realización de actividades consensuadas.
Cuarto: UNICEF y el Gobierno de la Provincia de Río Negro se comprometen a cooperar a partir de la fecha del presente acuerdo durante el período 2018-2019 en la puesta en práctica de políticas de estado de infancia, adolescencia y mujer que sean acordes a los predicamentos de la Convención sobre los Derechos del Niño que serán priorizadas por el Gobierno Provincial.
Quinto: Las partes definirán, de común acuerdo, planes de acción periódicos en donde se describirán de manera específica las actividades e insumos, así como el presupuesto requerido para la realización de las acciones pertinentes, conforme al ámbito de competencia de cada una de ellas. Las responsabilidades y la participación específicas de cada institución relacionadas a los recursos humanos y financieros requeridos también se definirán en estos planes de acción, acordados de manera previa por ambas partes.
Sexto: El presente acuerdo tendrá vigencia desde su fecha de suscripción hasta el 31 de Diciembre de 2019, pudiendo ser prorrogada de común acuerdo o interrumpida si cualquiera de las partes lo solicita con una antelación de treinta 30 días corridos, sin que ello genere responsabilidad de ningún tipo.

ANEXO II
Convenio Específico de Cooperación y Asistencia Técnica entre Unicef y el Gobierno de la Provincia de Río Negro En la Ciudad de Viedma, provincia de Río Negro, a los 10 días del mes de Octubre de 2019, entre el Gobierno de la Provincia de Río Negro, representado por Sr. Gobernador Alberto Edgardo Weretilneck,PROVINCIA DE RIO
NEGRO, en adelante la PROVINCIA, con domicilio legal en Laprida 212 de la Ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro y el fondo de las Naciones Unidas para la Infancia en adelante UNICEF representado por la Sra. Luisa Brumana, con domicilio legal en Paraguay 733, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se suscribe el presente Convenio Específico de Colaboración y Asistencia Técnica en adelante, el CONVENIO ESPECÍFICO y expresan:
Que con fecha 19 de julio de 2018 las PARTES suscribieron un ACUERDO
MARCO de cooperación en el que se comprometen a cooperar durante el período 2018-2020 en la puesta en práctica de Políticas de Estado de infancia, adolescencia y mujer que sean acordes a los predicamentos de la Convención sobre los Derechos del Niño que serán priorizadas por el Gobierno Provincial.
Que el ACUERDO MARCO citado, prevé que UNICEF le prestará a la PROVINCIA colaboración en la implementación del Registro Único Nominal RUN, un Sistema informático de niños, niñas y adolescentes. En la provincia será denominado RUN-RN, Registro Único Nominal de Río Negro, en adelante denominado SISTEMA INFORMÁTICO.
Que con fecha 10 de julio de 2019 y Nro RE-2019. -54972741- -APN-DNDAMJ se ha inscripto el software a transferir, Registro Único Nominal RUN, con titularidad de UNICEF en la Dirección Nacional de Derecho de Autor, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Por las consideraciones expuestas, las partes acuerdan celebrar el presente CONVENIO ESPECÍFICO, cuya ejecución se ajustará a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El presente CONVENIO ESPECÍFICO tiene por objeto la implementación del Sistema Informático RUN-RN, en adelante el SISTEMA
INFORMÁTICO. Para ello, UNICEF otorga a la PROVINCIA el derecho de uso del SISTEMA INFORMÁTICO, bajo los términos y condiciones definidos en el presente y en las Actas Operativas que las partes celebren.
SEGUNDA: La cesión de uso del SISTEMA INFORMÁTICO y su código fuente es amplia, gratuita, irrevocable, intransferible y no-exclusiva, en los términos y condiciones definidos en el presente y en las actas Operativas que las PARTES celebren, las que se incorporarán como ANEXOS.
La PROVINCIA realizará todos los actos necesarios o convenientes para facilitar a UNICEF la defensa y protección de todos sus derechos e intereses actual o potencialmente involucrados en el CONVENIO ESPECÍFICO, las Actas Operativas que las PARTES celebren y/o su ejecución.

CLAUSULAS MANDATORIAS DE UNICEF
1. Nada de lo dispuesto en este Convenio Marco de Cooperación, o ningún otro derivado de éste, podrá interpretarse como una renuncia expresa o tácita a las inmunidades contra demandas, juicios, confiscaciones o impuestos o cualquier otra inmunidad que pueda disfrutar UNICEF en la República Argentina, ya sea en relación con la Convención sobre los Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas o con otra Convención, Ley, Ordenanza o Decreto de carácter internacional o nacional o de cualquier otro tipo.
2. Cualquier inconveniente material o físico que se produjera durante la validez del presente Convenio y/u otro, no forma parte de las responsabilidades de UNICEF.

GENERAL
1. Este Convenio Marco de Cooperación sólo puede ser modificado por el acuerdo escrito entre las partes.
2. Ninguna de las partes tiene la autoridad para tomar decisiones por la otra, o para entrar en obligaciones en nombre de la otra.
Leido que fue por las partes y en prueba de conformidad se firma dos 2
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en Viedma, República Argentina, a los 19 días del mes de julio de 2018.
Dn. Alberto Weretilneck. Gobernador Provincia de Río Negro.- Sebastián Waisgrais. Represetante Adjunto UNICEF Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.

Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5858.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/03/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date16/03/2020

Page count28

Edition count1910

First edition03/01/2002

Last issue25/04/2024

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