Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 24/10/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 24 de Octubre de 2016

Nº 5505

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 13,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVII
EDICION DE 34 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 34

DECRETOS

DECRETO Nº 1635
Viedma, 11 de Octubre de 2016
Visto: el Expediente N 034.546-SP-2.016, del Registro del Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones, se tramita la ratificación del Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social y la asociación civil denominada Grupo Encuentro de la ciudad de San Carlos de Bariloche Personería Jurídica otorgada por Decreto N 310 de fecha 04 de Marzo de 1.991 CUIT N 30-67294648-0;
Que la mencionada Asociación tiene como objetivo participar en la promoción integral de los menores en situación de riesgo, su grupo familiar y comunidad, respaldar y garantizar los derechos de la infancia en relación a un sano desarrollo bio-psico social; generar fuentes productivas que tiendan a crear recursos económicos propios; gestionar convenios con agencias, fundaciones, organismos nacionales e internacionales, oficiales o privados con fines económicos-técnicos productivos; promover acciones conjuntas con otras instituciones oficiales y privadas salud, justicia, educación etc;
Que los recursos solicitados en el presente convenio son destinados especificamentes a cubrir los gastos de materiales y mano de obra que se detallan en el proyecto de ampliación de la sede previsata en el Anexo I;
Que el Ministerio de Desarrollo Social se compromete a aportar a la citada Asociación la suma de Pesos Doscientos Cuarenta Mil $ 240.000,00;
Que a fojas 25/26 obra Informe Técnico respaldatorio al otorgamiento de dicho aporte;
Que la presente tramitación se encuadra en lo normado por el Artículo 3
del Decreto N 134/10 y su modificatorio Decreto N 229/13;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Social, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 03415-16;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA
Artículo 1.-Ratifícase en todos sus términos el Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social, representado por el Señor Ministro Hector Fabián Galli DNI N 20.793.294 y la asociación civil denominada Grupo Encuentro CUIT N 30-67294648-0 de la ciudad de San Carlos de Bariloche, representada por su Presidente, Señor Luis Fernando Fernández CUIL N 20-13530635-6, el que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Apruébase el gasto por un monto total de Pesos Doscientos Cuarenta Mil $ 240.000,00.Art. 3.- Comprométase la suma total de Pesos Doscientos Cuarenta Mil $ 240.000,00, a los créditos del Programa 03, Actividad 02, Partida 517, Transferencias a Otras Instituciones Culturales y Sociales sin Fines de Lucro, Código de Recurso 34476, a cargo del Ministerio de Desarrollo Social.Art. 4.-El importe aprobado deberá abonarse por la Tesorería General de la Provincia correspondiente a la cuenta corriente N 11990010 y girado a la orden de la asociación civil denominada Grupo Encuentro CUIT N
30-67294648-0 de la ciudad de San Carlos de Bariloche, representada por su Presidente, Señor Luis Fernando Fernández CUIL N 20-13530635-6

responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas conforme a lo establecido en el Decreto N 134/10 y su modificatorio Decreto N 229/
13.Art. 5.-Autorízase al Ministerio de Desarrollo Social a efectivizar el pago del Convenio ratificado por el Artículo 1, adecuándose a las disposiciones en vigencia.Art. 6.-El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Desarrollo Social.Art. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.WERETILNECK - F. Galli.
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO Y LA ASOCIACIÓN CIVIL
GRUPO ENCUENTRO DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
AÑO 2016
Entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro, representado en este acto por el Sr. Ministro, Héctor Fabián Galli DNI N
20.793.294 en adelante EL MINISTERIO con domicilio en la calle Buenos Aires N 101 de la Ciudad de Viedma, por una parte y LA ASOCIACIÓN
CIVIL GRUPO ENCUENTRO de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, representada en este acto por su Presidente Sr. Luis Fernando Fernández, DNI N 13.530.635, en adelante LA ASOCIACIÓN, con domicilio en calle Alemania 669 de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, por la otra, acuerdan en celebrar el presente convenio sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA ASOCIACION de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, tiene como objetivo participar en la promoción integral de los menores en situación de riesgo, su grupo familiar y comunidad, respaldar y garantizar los derechos de la infancia en relación a un sano desarrollo bio-psico social;
generar fuentes productivas que tiendan a crear recursos económicos propios;
gestionar convenios con agencias, fundaciones, organismos nacionales e internacionales, oficiales o privados con fines económicos-técnicos
productivos; promover acciones conjuntas con otras instituciones oficiales y privadas salud, justicia, educación etc., invertirán los aporte percibido por el presente Convenio para cubrir sus gastos operativos y de funcionamiento, como así también el desarrollo de las actividades sociales y comunitarias que conforman el propósito de su estatuto.
SEGUNDA: EL MINISTERIO se compromete a otorgar a LA
ASOCIACIÓN un aporte económico no reintegrable de Pesos Doscientos Cuarenta Mil $ 240.000, pagaderos en Una l cuota, para cubrir las erogaciones previstas en la cláusula PRIMERA, más los gastos en materiales y mano de obra que se detallan en el proyecto de ampliación de la sede prevista en el Anexo I que se adjunta al presente.TERCERA: En aquellos casos que para la rendición de la totalidad de los fondos transferidos se prevea la superación del plazo establecido en el Decreto Provincial N 134/10, modificado por Decreto Provincial 229/13 Noventa 90 días corridos desde la percepción de cada cuota, LA ASOCIACIÓN
deberá solicitar a EL MINISTERIO mediante nota fehaciente la ampliación de los mismos, justificando debidamente la excepción. Analizados los fundamentos de tal petición, en su caso, sera autorizado mediante el acto administrativo correspondiente.CUARTA: El recurso humano con el que cuenta o cuente LA
ASOCIACIÓN, no tendrá relación laboral alguna o dependencia funcional con EL MINISTERIO, estando por lo tanto a cargo exclusivo de LA
ASOCIACIÓN la responsabilidad por las obligaciones emergentes de la

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 24/10/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date24/10/2016

Page count34

Edition count1913

First edition03/01/2002

Last issue13/05/2024

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