Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/04/2020 - 3º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
VIERNES 3 DE ABRIL DE 2020
AÑO CVII - TOMO DCLXIV - Nº 76
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
ASAMBLEAS
COOPERATIVA VILLA GIARDINO DE
SERVICIOS PÚBLICOS LTDA.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA:Se convoca a los señores asociados a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día 25 de Abril de 2020 a las 14.00 hs. en el Cine Teatro Alejandro Giardino, sito en calle Domingo Micono 246 de Villa Giardino, Departamento Punilla, Provincia de Córdoba, para tratar y resolver el siguiente:ORDEN DEL DIA:1º Designación de dos asambleístas asociados presentes para que firmen el acta de la Asamblea conjuntamente con el Presidente y Secretario.2º Tratamiento y consideración de la Memoria, Estados de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Anexos y Notas a los Estados Contables e Informes del Síndico y Auditor Externo, Proyecto de distribución de excedentes correspondiente al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2019.3º Consideración de prórroga por 1 un año calendario del aporte de capital por parte de los asociados que posean un servicio de la Cooperativa por valor de $ 100.- mensuales, con el objeto de continuar con la conservación del edificio de la Cooperativa y mantener el fondo de contingencia para soportar los desastres climáticos que sufran los servicios de la Cooperativa y poder afrontar los cambios tecnológicos en las comunicaciones. 4º Designación de tres asambleístas asociados presentes para que formen la Comisión de Poderes para controlar Credenciales y Comicios.5º Elección de 2 dos consejeros titulares por finalización de mandato de los Sres.
Olivera Néstor E. y Ochoa Ramón R. por 3 tres años. Elección de 1 uno consejero suplente por finalización de mandato de Farri Daniel por 3 tres años. Elección de 1 uno Síndico Titular y 1 uno Síndico Suplente por finalización del mandato por 3 tres años de los señores Heldner Alberto y Arce Luis.Nota: Se comunica que el número mínimo de avales requerido por el art.
12 del Reglamento de Elecciones de Consejeros y Síndicos es de 112 ciento doce asociados.Se recuerda la plena vigencia del art. 32 del Estatuto Social, que prevé que la Asamblea sesionará válidamente cualquiera sea el número de Aso-

3

a SECCION

ciados presentes una hora después de la fijada, si antes no se hubiese reunido la mitad más uno de los Asociados. La documentación a tratar se encontrará a disposición de los asociados en la sede social, dentro de los plazos de ley.Se recuerda que las decisiones de la Asamblea conforme con la Ley y el Estatuto son obligatorias para todos los Asociados.
2 días - Nº 255954 - $ 4199,20 - 03/04/2020 - BOE

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS
ECONÓMICAS
DISPOSICIÓN DE MESA DIRECTIVA Nº 06/2020 PROCEDIMIENTO DE EXCEPCIÓN
PARA LA LEGALIZACIÓN DE ACTUACIONES
PROFESIONALES VISTO: Que es función de este Consejo Profesional certificar la firma y legalizar los dictámenes expedidos por los profesionales matriculados cuando tal requisito sea exigido art. 21 inc. I ley 20.488. Que de manera concordante, el art. 7 de la Ley 7626 Aranceles de Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Córdoba preceptúa que los informes, certificaciones o dictámenes que el Consejo establezca como de emisión obligatoria no tendrán validez sin la autenticación de la firma y legalización por parte del mismo, la que se realizará una vez depositado a su orden el importe del honorario fijado por esta ley. Que dicha norma legal ha sido reglamentada entre otras - por Resolución 32/87, y por Resolución nº 17/15, ambos del Consejo Directivo; Y CONSIDERANDO: Que, como es de público conocimiento, con fecha 19 de marzo del cte. año el PEN dictó el DNU nº 297/2020, en virtud del cual se establece para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio en los términos indicados en el citado decreto, habiéndose dispuesto su prórroga hasta el días 12 de abril de 2020, en virtud de lo cual la Institución permanecerá cerrada durante todo el término del aislamiento en todas sus sedes; Que esta situación extraordinaria e inusual requiere de la implementación de procedimientos de excepción para la legalización de los trámites y actuaciones profesionales,
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS
JURÍDICAS - ASAMBLEAS Y OTRAS

SUMARIO
Asambleas Pag. 1
Notificaciones Pag. 5
Sociedades Comerciales Pag. 5

que permita a la matrícula cumplir con sus obligaciones profesionales aun con las limitaciones de movilidad que las disposiciones de emergencia sanitaria han impuesto a la sociedad en su conjunto; Que mediante Resolución 17/2015, el Consejo Directivo ha aprobado la plataforma de Presentación Web de Trámites que funciona a través de la página web institucional para la presentación, revisión y legalización de trámites relacionados con la Secretaria Técnica en los términos incluidos en el Reglamento que se incluyó como anexo adjunto a la misma; Que a través de la última resolución citada, se ha aprobado la forma de presentación y procedimiento para legalizar actuaciones a través de la utilización de la firma digital creada por Ley 25.506 y sus respectiva reglamentación; Que, a pesar de ello, no escapa al conocimiento de este Consejo que en su gran mayoría los profesionales en Ciencias Económicas no han realizado el trámite para obtener la registración de su firma digital ante la autoridad certificante correspondiente, lo que genera la necesidad de implementar nuevos mecanismos de legalización, aunque sean provisorios, ante la situación de aislamiento que impide llevar a cabo o culminar la tarea de los matriculados. Que conforme art. 4 de la Resolución nº 17/2015, el Consejo Directivo ha facultado a esta Mesa Directiva a introducir modificaciones a la plataforma de Presentación Web de Trámites, o a su reglamento adjunto, conducentes a una mejor prestación y seguridad del servicio a brindar, como así también a resolver cualquier controversia que pudiera presentarse en la instrumentación y utilización de la plataforma que se aprueba. Que, sin perjuicio de lo manifestado precedentemente, el art. 18 de la Ley 10.051
dispone que es resorte de esta Mesa Directiva, resolver todo asunto de carácter urgente debiendo informar al Consejo Directivo en la primera reunión que éste realice, y la situación de excepción que vive el país y las necesidades impostergables de nuestros matriculados, hace necesario implementar medidas que no ameri-

1

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/04/2020 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date03/04/2020

Page count8

Edition count3929

First edition01/02/2006

Last issue04/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Abril 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930