Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/04/2024 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

JUEVES 11 DE ABRIL DE 2024
AÑO CXI - TOMO DCCXII - Nº 73
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
REMATES
ORDEN: CAMARA DEL TRABAJO SECRETARÍA 1 Autos: TARTAGGIA, SERGIO JOSE
C/ TORRES, DANIEL OMAR ORDINARIO
DESPIDO EXPTE 2488897.Río Cuarto 07/03/2024 Sáquese a la venta a través del Portal de Subastas Judiciales Electrónicas, conforme el Reglamento probado por el anexo único del Acuerdo Reglamentario n 147,B, de fecha 09/05/2017; Reglamento aprobado por Anexo A del Acuerdo Reglamentario n 155
B de fecha 22/04/2018, Res. n 153 de fecha 19/06/2020, Acuerdo Reglamentario N 165 B
de fecha 24 de Junio de 2.022 modificatorio del A.R. N 155 B del 22/04/2.018 todos dictados por el Tribunal Superior de Justicia, con intervención de la martillera designada, CLAUDIA
MARICEL ROSSONE, M.P. 01-1353, el bien inmueble objeto de ejecución, embargado con fecha 14/02/2023, a saber: Inmueble Matrícula N 511312 D 24, Ped. 05, Pue. , C.5, S. 2, Mz. 78, P. 013, de propiedad del demandado, Daniel Omar Torres, DNI. 23.226.178. El acto de subasta tendrá una duración de cinco 5
días hábiles y se iniciará el día 15 de Abril del corriente a las ocho horas, momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día 23 de Abril a las doce horas del corriente a las doce horas. Los usuarios registrados en el portal podrán participar como postores. Atento a la modalidad virtual, no se admite la compra en comisión. Hágase saber al ejecutante que en el caso de solicitar eximición de consignar hasta el importe de su crédito y sin perjuicio de aquellos de mayor privilegio, deberá inscribirse como postor art. 21, 2 párrafo. El bien saldrá a subasta con una base de pesos tres millones sesenta y seis mil novecientos cincuenta y nueve $3.066.959,00.- al mejor postor y con el monto mínimo de incremento de las posturas de pesos trescientos mil $300.000, conforme lo dispuesto por el art.
579 del C. de P.C.C. La oferta de quien resulte mejor postor deberá efectivizarse a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo el comprador abonar en el
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a SECCION

plazo de 24 hs. de finalizado el remate el 100%
correspondiente a su compra en efectivo, con más la comisión del Martillero y el aporte del 4% sobre el precio de subasta Fondo para la Prevención de la Violencia Familiar, art. 24
Ley 9505, modif. por dec. n 480/14, y además comisiones e impuestos que resulten a su cargo. El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta, conforme al Reglamento de Subastas Electrónicas referenciado.
Una vez concluido el acto de subasta, y determinado el ganador, este será notificado en su panel de usuario del Portal y -supletoriamente a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción. El Tribunal agregará al expediente, a requerimiento del martillero, la constancia -como acta provisoria de subasta del resultado del remate. El adjudicatario deberá ratificar su compra compareciendo personalmente o mediante escrito firmado conjuntamente con su letrado patrocinante, o por vía de apoderado con facultad de representación, en un plazo máximo perentorio de tres 3 días hábiles de concluida la subasta, lo que será asentado en el acta definitiva de subasta, la cual se pondrá en la oficina en el plazo y por los términos de ley. Efectuado el pago y en caso de residir en extraña provincia, el postor podrá solicitar por vía electrónica la prórroga de este plazo por un nuevo período, que en su caso será computado en forma correlativa. Verificado el pago por el Tribunal en su panel de control, se procederá conforme a la legislación procesal correspondiente. No constando en el Portal el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 hs, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago. En su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor, a iguales fines. En el caso de que ninguno de ellos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta. En orden a las constataciones practicadas en autos de las que resulta que el bien se encuentra ocupado por el demandado y por inquilinos, el bien será puesto en posesión del adquirente en los términos de los arts. 598 y cc. del CPCC. Publíquese edictos por el térmi-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

SUMARIO
Remates Pág. 1
Concursos y Quiebras Pág. 2
Declaratorias de Herederos Pág. 4
Citaciones Pág. 10
Notificaciones Pág. 31
Presunciones de Fallecimiento Pág. 31
Sentencias Pág. 31
Sumarias Pág. 32
Usucapiones Pág. 32

no de dos días, debiendo efectuarse la misma textualmente bajo apercibimiento de cargar con las costas de los notables y agrupados el que así lo efectúe, en el Boletín Oficial, Diario Puntal y la existencia de remate en el Portal de Subastas del Poder Judicial TSJ, Ac. Reg.
133, Serie B, 03/11/2015. Hágase saber a la Martillera que deberá: A Publicar en el Portal una descripción detallada del bien, en especial su estado de ocupación conforme a las reiteradas constataciones realizadas, fotografías y video, fotografía de los informes de dominio, datos profesionales y de contacto de la Martillera y todo otro dato que pueda resultar de interés y que surja de las constancia de autos.
B Responder adecuadamente las consultas de los interesados en el plazo de 2 días de realizada la consulta en el Portal, de manera que los interesados tengan real dimensión de las características del bien objeto de la venta. C
Presentar una cuenta de gastos antes de los 3 días de la subasta Art. 53 inc. A de la citada Ley. D Rendir cuentas en el plazo de diez días, en los términos y bajo apercibimiento fijado en el art. 13 inc. K de la Ley 7191. E Remitir en el término de 3 días hábiles, por correo electrónico, a la casilla de correo subastas@
justiciacordoba.gob.ar, la planilla mencionada en el punto II de los Considerandos de dicho acuerdo como archivo adjunto con el asunto Informe AFIP. Luego deberá incorporar al expediente una constancia de esa remisión Ac.
Reg. 124 Serie B 07/10/2014. F Acreditar en el plazo de 5 días de realizada la subasta, el diligenciamiento del oficio de comunicación del remate al Registro de Propiedad, haciéndolo responsable en los términos del art. 58 y conc.
de Ley 7191 y modif. G Acreditar, el pago del impuesto. Si correspondiera, además, el pago
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/04/2024 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date11/04/2024

Page count59

Edition count3597

First edition01/02/2006

Last issue30/04/2024

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