Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/04/2024 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CXI - TOMO DCCXII - Nº 67
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 3 DE ABRIL DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE SEGURIDAD

DIRECCIÓN CONTROL Y GESTIÓN OPERATIVA
EN SEGURIDAD PRIVADA
Resolución N 32
Córdoba, 26 de marzo de 2024

Por ello, actuaciones cumplidas, la normativa citada, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio Seguridad bajo el N 202/2024 y en uso de sus atribuciones, conforme al Decreto N 2457/2023;

VISTO: el Expediente Digital N 0531-066303/2024.
Y CONSIDERANDO:

Que, por las presentes actuaciones, se tramita la habilitación para funcionar como Prestadora de Servicios de Seguridad Privada de la empresa GRUPO SECURETOR S.A.S. como así también la designación en el cargo de Director Técnico Responsable del señor Martín Eduardo Atampi.
Que obra la presentación efectuada por la empresa GRUPO SECURETOR S.A.S., solicitando la habilitación como Prestadora de Servicios de Seguridad Privada, y la designación de su Director Técnico Responsable.

Que del análisis de la documental incorporada en autos, se desprende que se han cumplimentado los requisitos exigidos por los Artículos 8, 9, 12, 13, 18, 29 inc. a, y concordantes de la Ley N 10.571; como así, en relación a la designación del Director Técnico Responsable propuesto, se acompaña la totalidad de la documentación exigida en los Artículos 10, 13, y 18 de la referida Ley 10.571.
Que toma intervención la Dirección de Jurisdicción de Control y Gestión Operativa en Seguridad Privada del Ministerio de Seguridad incorporando Informe Técnico favorable, en el que considera que se cumplimentan los requisitos establecidos en la normativa que rige la materia para la procedencia de la solicitud de autos.
Que cabe referir que, los representantes de la empresa precitada se encuentran obligados a realizar la registración en el Ciudadano Digital C.I.D.I. Nivel N 2, en razón de que, todas las notificaciones que se cursen en consecuencia de la presente habilitación, se efectuarán al Domicilio Electrónico previamente constituido, de conformidad a lo previsto en los artículos 25 y 55 de la Ley 5.350, por el artículo 7 del Decreto N 1280/14
y por el artículo 6 de la Ley 10.618 y su Decreto reglamentario N 750/19, sin perjuicio de lo anterior, la empresa deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones previstas en los Artículos 9 inc. d, 14, 15 y 16 de la Ley 10.571, en el plazo de sesenta 60 días corridos, a partir de la fecha del presente acto.

EL INTERVENTOR DE LA DIRECCIÓN DE CONTROL
Y GESTIÓN OPERATIVA
EN SEGURIDAD PRIVADA DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
Artículo 1.- DISPÓNESE la habilitación de la empresa GRUPO
SECURETOR S.A.S. CUIT 30-71814931-9, con domicilio de la sede social en calle 27 de Abril, N 4290, 1 Piso, Depto. 12, Barrio Las Palmas, Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, para funcionar como Prestadora de Servicios de Seguridad Privada, sin la autorización para el uso de armas y PROCÉDASE a la designación como Director Técnico Responsable de la empresa del señor Martín Eduardo ATAMPI
D.N.I. N 20.381.260, a quien se le extenderá credencial habilitante, sin autorización para el uso de armas.
Artículo 2.- Los responsables de la empresa GRUPO SECURETOR
S.A.S. CUIT 30-71814931-9, en el plazo de sesenta 60 días corridos, a partir de la fecha del presente acto, deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones previstas en los Artículos 9 inc. d, 14, 15 y 16 de la Ley 10.571,; como así, deberán realizar la registración en el Ciudadano Digital C.I.D.I. Nivel N2, en razón de que, todas las notificaciones derivadas del presente, se efectuarán al Domicilio Electrónico previamente constituido, de conformidad a lo previsto en los artículos 25 y 55 de la Ley 5.350, por el artículo 7 del Decreto N 1280/14 y por el artículo 6 de la Ley 10.618
y su Decreto reglamentario N 750/19.
Artículo 3. - PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: SANTACROCE LEANDRO MARIANO, DIRECTOR DE JURISDICCION, MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución N 33
Córdoba, 26 de marzo de 2024

Y CONSIDERANDO:

Que del análisis de la documental incorporada en autos, se desprende que se han cumplimentado los requisitos exigidos por los Artículos 8, 9, 10, 13, 18, 29 inc. b, y concordantes de la Ley N 10.571; como así, en relación a la renovación en el cargo del Director Técnico Responsable propuesto, se acompaña la totalidad de la documentación exigida en los Artículos 10, 13,

Que, por las presentes actuaciones, se tramita la renovación de la habilitación para funcionar como Prestadora de Servicios de Seguridad Privada de la empresa PASSWORD S.A., como así también la renovación de la habilitación como Director Técnico Responsable del señor Enrique Pascual.

Que obra la presentación efectuada por la empresa PASSWORD S.A., solicitando la renovación de la habilitación como Prestadora de Servicios de Seguridad Privada, y la de su Director Técnico Responsable.

y 18 de la referida Ley 10.571.
Que toma intervención la Dirección de Jurisdicción de Control y Gestión Operativa en Seguridad Privada del Ministerio de Seguridad incorporando Informe Técnico favorable, en el que considera que se cumplimentan los requisitos establecidos en la normativa que rige la materia para la procedencia de la solicitud de autos.
Que cabe referir que, los representantes de la empresa precitada se
VISTO: el Expediente Digital N 0531-066181/2024.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/04/2024 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date03/04/2024

Page count12

Edition count4152

First edition01/02/2006

Last issue31/05/2024

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