Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/03/2024 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CXI - TOMO DCCXI - Nº 59
CORDOBA, R.A. MARTES 19 DE MARZO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

lución N 506/2023 de la Secretaría General de la Gobernación.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por los artículos 18 de la Ley N 8575,14 y concordantes de la Ley N 7233, 21 y 22 de la Ley N 9361, lo dictaminado por la Subdirección de Jurisdicción Legales y Despacho de la Agencia C6rdoba Cultura S.E. con el N 2023/
DC-00000174, por Fiscalía de Estado bajo el N 1207/2023 y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 144, incisos 1 y 10, de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- DESIGNASE a la señora Gisela ZANON ARGENTI, D.N.I.
N 27.361.032, en el cargo de Jefa de Área Relaciones Institucionales, dependiente de la Subdirección de Jurisdicción de Comunicación y Difusión de la Agencia Córdoba Cultura S.E., por haber obtenido el primer lugar en el Orden de Mérito correspondiente al concurso de títulos, antecedentes y oposición, convocado por Resolución N 2022/RC-00000069 de la citada Agencia, en los términos del artículo 14, punto 11 8, de la Ley N 9361.

Artículo 2.- INSTRUYESE a la sectorial de Recursos Humanos de la Agencia actuante para que verifique el efectivo y oportuno cumplimiento, por parte de la señora ZANON ARGENTI, de la capacitación obligatoria para cargos de conducción, conforme a la Resolución N 506/2023 de la Secretaría General de la Gobernación.
Artículo 3: El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Coordinación y el señor Fiscal de Estado, y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 4.- PROTOCOLICESE, comuníquese, dese a la Secretaría de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: MANUEL FERNANDO CALVO, VICEGOBERNADOR A/C PODER EJECUTIVO - JULIO CÉSAR COMELLO, SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
A/C MINISTERIO DE COORDINACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL
DE ESTADO

Decreto N 1889
Córdoba, 27 de noviembre 2023
VISTO: el Expediente Digital N 0385-003643/2022 del registro de la Agencia Córdoba Cultura S.E.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N 39/2023 de la Agencia Córdoba Cultura S.E., se declararon desiertos diversos concursos de títulos, antecedentes y oposición, cuyo llamado fue oportunamente efectuado a través de su similar N
2022/RC-00000069, disponiendo una nueva convocatoria, en los términos del artículo 14, punto 11 A, de la Ley N 9361, para cubrir cargos vacantes de Jefes de Sección, División y Departamento de su órbita.
Que en el Anexo I a la citada Resolución, se llamó a cubrir el cargo vacante de la Jefatura de División Ausentismo, dependiente de la Jefatura de Área Sueldo y Control de Ausentismo de la Subdirección de Jurisdicción Coordinación y Despacho RR.HH., en la órbita de la Dirección de Jurisdicción RR.HH. de la Dirección General de Administración de la citada Agencia; lo que fue debidamente publicado en la página web oficial del Gobierno de la Provincia.
Que de conformidad a lo previsto en los artículos 16 y 18 de la Ley N 9361, se constituyó la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, la que aprobó, mediante Resoluciones Nros. 2022/CL-00000001, 2022/CL-00000002
y 2023/CL-00000001, las bases y condiciones generales del concurso de que se trata, con los alcances, requisitos, designación de los integrantes del Tribunal del Concurso y demás aspectos de la convocatoria.
Que en virtud del cronograma establecido, se receptaron las inscripciones de los postulantes desde el día 13 hasta el 17 de marzo de 2023.
Que entre los días 27 y 29 de marzo de 2023, se fijó el plazo para las excusaciones y recusaciones de miembros de los Tribunales de Concursos; las que, en su caso, fueron debidamente resueltas por parte de la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, procediéndose a la conformación definitiva de los Tribunales de Concurso, por Resolución N 2023/CL-00000002
de la citada Comisión.
Que se publicó en la página web oficial la conformación definitiva de los Tribunales de Concurso y la fecha para la prueba de oposición, prevista BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

para el día 22 de abril de 2023.
Que así las cosas, luego de producida la prueba de oposición y notificado su resultado, continuó el proceso con la recepción de las Entrevistas Personales y la evaluación de los antecedentes de los concursantes que aprobaron dichas instancias; culminando la etapa evaluativa con la confección del Orden de Mérito Provisorio, que fue notificado a los participantes.
Que durante los tres días hábiles siguientes a la finalización del período de vistas del expediente, se habilitó la recepción de observaciones al orden de mérito provisorio en cuestión.
Que el Tribunal del Concurso o, en su caso, la Comisión Laboral de Concurso y Promoción receptaron, consideraron y respondieron, cuando las hubo, las presentaciones, requerimientos de información y reclamos efectuados por los concursantes, en los términos de las bases concursales y del artículo 78 de la Ley N 5350 T.O. Ley N 6658, tras lo cual se elaboró el Orden de Mérito Definitivo; también debidamente notificado.
Que el primer lugar en dicho Orden de Mérito Definitivo, habiendo superado las puntuaciones mínimas exigidas por la ley para acceder al cargo vacante de la Jefatura de División Ausentismo, dependiente de la Jefatura de Área Sueldo y Control de Ausentismo de la Subdirecci6n de Jurisdicción Coordinación y Despacho RR.HH., en la órbita de la Dirección de Jurisdicción RR.HH. de la Dirección General de Administración de la Agencia Córdoba Cultura S.E., corresponde al señor Pablo Andrés MANSILLA.
Que obra el Visto Bueno del señor Presidente de la Agencia Córdoba Cultura S.E. a la designación propiciada.
Que resulta necesario encomendar a la sectorial de Recursos Humanos de la Agencia actuante, la verificación del efectivo y oportuno cumplimiento de los requisitos de los artículos 12,13 y concordantes de la Ley N 7233 y su Reglamentación, en caso de corresponder.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por los artículos 18 de la Ley N 8575,14 y concordantes de la Ley N 7233, 21 y 22 de la Ley N 9361, lo dictaminado por la Subdirección de Jurisdicción Legales y Despacho de la Agencia Córdoba Cultura S.E. con el N 2023/
DC-00000187, por Fiscalía de Estado bajo el N 1009/2023 y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 144, incisos 1 y 10, de la Constitución Provincial;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/03/2024 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date19/03/2024

Page count10

Edition count4143

First edition01/02/2006

Last issue18/05/2024

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